Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2020 (07/01/2020)


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NORMAS LEGALES

Martes 7 de enero de 2020 /

El Peruano

obtenidos por cada postulante en las siguientes etapas del concurso: Evaluación de Conocimientos (30 puntos como calificación máxima), Evaluación Curricular (30 puntos como calificación máxima) y Entrevista Personal (40 puntos como calificación máxima), lo que hace un total de 100 puntos; Que, siendo así, corresponde acumular los puntajes obtenidos por el postulante en las distintas etapas del presente concurso, según se indica en el siguiente cuadro resumen:
EVALUACIÓN DE CONOCIMIENTOS 30.00 EVALUACIÓN CURRICULAR 23.15 ENTREVISTA PERSONAL 35.00 PUNTAJE TOTAL 88.15

Nacional de Justicia, conforme a lo establecido en la Ley Nº 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, al haber ocupado el puesto Nº 2 en el Cuadro de Méritos y haber obtenido 88.15 como puntaje final, luego de concluir la segunda convocatoria del concurso público de méritos para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia; Artículo Segundo.- Disponer que la proclamación y juramentación del miembro elegido para la Junta Nacional de Justicia se realice en acto público el día 6 de enero de 2020; Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en la página web institucional de la Comisión Especial. Regístrese, notifíquese y publíquese. WALTER FRANCISCO GUTIÉRREZ CAMACHO Defensor del Pueblo Presidente de la Comisión Especial JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente del Poder Judicial Miembro ERNESTO BLUME FORTINI Presidente del Tribunal Constitucional Miembro NELSON EDUARDO SHACK YALTA Contralor General de la República Miembro JORGE ELÍAS ALVA HURTADO Rector de la Universidad Nacional de Ingeniería en representación de las universidades públicas Miembro ANTONIO ABRUÑA PUYOL Rector de la Universidad de Piura en representación de las universidades privadas Miembro 1843070-2

Que, luego de las deliberaciones finales, los miembros de la Comisión Especial determinaron que el postulante Henry José Ávila Herrera se ubicó en el puesto 2 en el Cuadro de Méritos con un puntaje total acumulado de 88.15 puntos, contando con el voto aprobatorio de seis de los miembros de la Comisión Especial; Que, en consecuencia, habiendo concluido todas las etapas del proceso de selección, el postulante Henry José Ávila Herrera ha alcanzado una vacante para ocupar el cargo de Miembro Titular de la Junta Nacional de Justicia; Que, por lo tanto, corresponde proclamar los resultados finales y tomar juramento en acto público a los miembros elegidos que ocuparon los siete (7) primeros lugares en el Cuadro de Méritos, quienes conformarán la Junta Nacional de Justicia, de acuerdo al artículo 5 de la Ley N. 30916; Por lo expuesto, y de conformidad con el artículo 155 de la Constitución Política del Perú; los artículos 5, 72, literales d y e, y 96 de la Ley Nº 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia; el artículo 22 del Reglamento Interno de la Comisión Especial a cargo del concurso público de méritos para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia, aprobado por Resolución Nº 002-2019-CE; y las bases del concurso, aprobadas por Resolución Nº 017-2019-CE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a Henry José Ávila Herrera en el cargo de Miembro Titular de la Junta

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

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