Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2020 (07/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Martes 7 de enero de 2020

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 1º DE LA ORDENANZA Nº 556-MSB, QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE EDIFICACIONES Y NORMAS COMPLEMENTARIAS DE LA ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SAN BORJA Artículo Primero.- OBJETO La presente Ordenanza tiene por objeto modificar el artículo primero de la Ordenanza Nº 556-MSB, que aprueba la modificación del Reglamento de Edificaciones y Normas Complementarias de la Zonificación del Distrito de San Borja. Artículo Segundo.- Modifíquese la Primera Disposición Complementaria de la Ordenanza N° 491MSB, modificada por el artículo primero de la Ordenanza N° 556-MSB, que aprueba la modificación del Reglamento de Edificaciones y Normas Complementarias de la Zonificación del Distrito de San Borja, el cual quedará redactado con el siguiente texto: "PRIMERA.- Revisión de la Norma (...) Para tales efectos, la Comisión de revisión de Normas Urbanas de San Borja, está conformada por: 1. El/la Gerente(a) de Desarrollo Urbano y Catastro, como Presidente(a) 2. El/la Gerente de la Oficina de Innovación Urbana y Desarrollo Económico, como Secretario 3. El/la Gerente de la Oficina de Ética e Integridad, como miembro 4. El/la Gerente de la Oficina de Asesoría Jurídica, como miembro 5. El/la Jefe(a) de la Unidad de Fiscalización, quien actuará como miembro. (...) Artículo tercero.- VIGENCIA: La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial el Peruano. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS. Primera.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro, Oficina de Innovación Urbana y Desarrollo Económico, Oficina de Ética e Integridad, Oficina de Asesoría Jurídica y a la Unidad de Fiscalización, el cumplimiento de la presente Ordenanza, en lo que les corresponda. Segunda.- Facultar al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 1842115-1

Que, conforme al Artículo 194° de la Constitución Política del Perú y al Articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia, y esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativos de conformidad con lo previsto en el segundo párrafo del Artículo 39° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, señala en su Artículo 3° que el Ejecutor Coactivo es el titular del procedimiento y ejerce, a nombre de la Entidad, las acciones de coerción para el cumplimiento de la obligación, de acuerdo a lo establecido en la Ley; asimismo, en su Artículo 7° establece que la designación del Ejecutor Coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos, debiendo ingresar como funcionario de la Entidad, ejercer su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva; Que, la Ley N° 27204, Ley que precisa que "el cargo de Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo no es cargo de confianza", en su Artículo 1° dispone que el Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representa, y su designación, en los términos señalados en el Artículo 7° de la Ley N°26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de confianza; Que, Informe N° 002-2020-RRHH/MDSR de la Subgerencia de Recursos Humanos indica que, mediante Expediente CAS 006-2019-MDSR, señala que se declaró como ganadora, para cubrir las plazas de Ejecutor Coactivo a la Abog. ALVARADO MIÑANO DINA ESTHEFANY y como Auxiliar Coactivo a ALCARRAZ CADILLO LESLY JACKELINE, de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, remitiendo adjunto el Acta de Publicación de los Resultados finales del Proceso CAS N° 006-2019-MDSR Suscrito por los miembros de la comisión de selección; Que, estando a lo expuesto y conforme a las facultades otorgadas por el Artículo 20°, numeral 6, y el articulo 43°de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al Abg. ALVARADO MIÑANO DINA ESTHEFANY, identificado con DNI N° 47702253 en el cargo de EJECUTOR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, bajo el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios ­ CAS, quien ejercerá sus funciones de acuerdo a las facultades que le otorga la Ley específica de la materia. Artículo Segundo.- DESIGNAR a partir de la fecha, a la Srta. LESLY JACKELINE ALCARRAZ CADILLO, identificada con DNI N° 76830222 en el cargo de AUXILIAR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, bajo el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios ­ CAS, quien ejercerá sus funciones de acuerdo a las facultades que le otorga la Ley específica de la materia. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Recursos Humanos el cumplimiento de la presente Resolución en cuanto sea de su competencia, a la Secretaria General su publicación en el Diario Oficial El Peruano; y publíquese en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALAN CARRASCO BOBADILLA Alcalde 1842842-1

MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA
Designan Ejecutor Coactivo y auxiliar coactivo de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 031-2020-A/MDSR Santa Rosa, 2 de enero de 2020 VISTO: El Informe N° 002-2020-RRHH/MDSR Subgerencia de Recursos Humanos, y; de la

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