Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2020 (13/01/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

12

NORMAS LEGALES

Lunes 13 de enero de 2020 /

El Peruano

Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 29230, aprobado por el Decreto Supremo Nº 295-2018-EF y demás normas conexas, las facultades siguientes: a) Monitorear las variaciones en la fase de ejecución y las modificaciones al monto total de inversión; así como solicitar a las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) el estado situacional de los proyectos, con la finalidad de realizar coordinaciones para la correcta aplicación del mecanismo de Obras por Impuestos. b) Elaborar y/o actualizar la lista priorizada de proyectos para ser ejecutados mediante el mecanismo de Obras por Impuestos, en coordinación con las áreas correspondientes. c) Suscribir la carta de compromiso de priorización de recursos en la fase de programación presupuestaria de los recursos necesarios para financiar el pago de los "Certificados Inversión Pública Gobierno Nacional ­ Tesoro Público" ­ CIPGN en los años fiscales inmediatos siguientes y por todo el periodo de ejecución del proyecto de inversión, así como su mantenimiento de ser el caso; y remitir dicho documento a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. d) Emitir opinión, de acuerdo a sus funciones, acerca de la propuesta de elaboración o actualización de proyecto de inversión contenido en la Carta de Intención presentada por la Empresa Privada, previa opinión técnica de las áreas competentes según el objeto del proyecto de inversión. e) Remitir a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas la información requerida para la emisión del CIPGN. f) Proponer modificaciones y/o ampliaciones en el contenido y diseño de la propuesta de proyecto de inversión presentada por la Empresa Privada, previa opinión técnica de las áreas competentes según el objeto del proyecto de inversión. g) Remitir a PROINVERSIÓN, en caso de encargo del proceso de selección de la Empresa Privada, los documentos exigidos por la Contraloría General de la República para la emisión del Informe Previo. h) Canalizar la formulación de consultas y las solicitudes de interpretaciones de carácter general referidas al mecanismo de Obras por Impuestos hacia la DGPPIP, así como remitir las copias de los Convenios de Inversión, los Contratos de Supervisión y sus respectivas adendas suscritas, acorde a lo señalado por el Reglamento. Artículo 10.- Delegación de facultades al/a la Directora/a General de la Oficina General de Tecnologías de la Información ­ OGTI Delegar durante el Año Fiscal 2020, al/a Director/a General de la Oficina General de la Información ­ OGTI del Ministerio de Salud, las siguientes facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Administración Central del Pliego 01: Ministerio de Salud: a) Gestionar la emisión y cancelación de Certificados Digitales para el uso de autenticación y firma digital en el marco del Contrato de Prestación de Servicios de Certificación Digital Certificado Clase III ­ Persona Jurídica. El ejercicio de la presente delegación supone el cumplimiento de las obligaciones conexas establecidas en el mencionado contrato y normativa vigente aplicable. Artículo 11.- Delegación de facultades a los/las Directores/as Generales de las Direcciones de Redes Integradas de Salud (DIRIS) de Lima Metropolitana, Institutos Nacionales Especializados y Hospitales del Ministerio de Salud 11.1. Delegar durante el Año Fiscal 2020 a los/las Directores/as Generales de las Direcciones de Redes Integradas de Salud (DIRIS) de Lima Metropolitana, Directores/as de Institutos Nacionales Especializados y Directores/as de Hospitales del Ministerio de Salud, la facultad de emitir actos resolutivos sobre las siguientes acciones de personal en sus respectivas instituciones:

a) Designación en cargo de confianza o de libre designación. b) Nombramiento, previa autorización de la Secretaría General. c) Encargo de funciones. d) Encargo de puesto. e) Conformación de comisiones de concurso. f) Designación temporal para el personal sujeto al régimen del Decreto Legislativo Nº 1057. g) Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal (PAP). h) Aprobar el Reglamento Interno de Servidores Civiles (RIS). 11.2. Delegar durante el Año Fiscal 2020, a las Oficinas de Recursos Humanos o las que hagan sus veces, de las Direcciones de Redes Integradas de Salud (DIRIS), Institutos Nacionales Especializados y Hospitales del Ministerio de Salud, de conformidad con la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, la facultad de formalizar las siguientes acciones de personal: a) Reincorporaciones. b) Asignación de funciones de cargo estructural. c) Contratos, renovaciones, prórrogas y resolución de contrato. d) Reasignaciones, rotaciones, permutas, destaques y comisiones de servicio dentro y fuera de su ámbito. e) Renuncia a la carrera administrativa y exoneración de plazo. f) Cese por límite de edad, incapacidad permanente física o mental. g) Rectificación de nombres y apellidos. h) Licencias y permisos. i) Subsidio por fallecimiento y gastos de sepelio. j) Reconocimiento de tiempo de servicios. k) Remuneración compensatoria por tiempo de servicios - CTS. l) Asignación de 25 y 30 años de servicios al Estado. m) Bonificación personal, familiar, diferencial y otras fijadas por ley. n) Reconocimiento de reintegros, créditos devengados y descuentos indebidos. ñ) Descuentos por inasistencias, tardanzas y permisos particulares. o) Otorgamiento y/o nivelación de pensiones. p) Aprobación de rol de vacaciones y sus modificaciones. q) Compensación horaria. Artículo 12.- Delegación de facultades al/la Coordinador/a General del Programa Nacional de Inversiones en Salud - PRONIS 12.1. Delegar durante el Año Fiscal 2020, al/a Coordinador/a General del Programa Nacional de Inversiones en Salud - PRONIS las siguientes facultades en materia de Obras por Impuestos, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29230, aprobado por Decreto Supremo Nº 294-2018-EF, el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 29230, aprobado por Decreto Supremo Nº 295-2018-EF, y demás normas conexas: a) Autorizar y aprobar la inclusión del nuevo monto de inversión registrado en el Banco de Inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones en fecha posterior a su declaratoria de viabilidad y priorización, en el Monto Total de Inversión Referencial en la convocatoria y en las Bases del proceso de selección. b) Emitir la conformidad respecto al contrato de cesión de posición contractual en el convenio de inversión a suscribirse entre la Empresa Privada cedente y la Empresa Privada cesionaria, en concordancia con lo establecido en los numerales 129.1 y 129.2 del artículo 129 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 29230. c) Evaluar y determinar el gasto a ser reembolsado por la elaboración de los estudios requeridos en el documento de trabajo, previamente acreditados de manera razonable por la empresa privada, de conformidad con lo señalado

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.