Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2020 (13/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Lunes 13 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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Inversión Privada ­ PROINVERSION, bajo la modalidad de asesoría o encargo. 2.3 En Materia Presupuestaria del Pliego 011: Ministerio de Salud: a) Aprobar y/o formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular del Pliego 011: Ministerio de Salud, de acuerdo con el numeral 47.2 del artículo 47 del referido Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, previo informe favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización o quien haga sus veces. b) Aprobar las modificatorias al Plan Operativo Institucional del Ministerio de Salud, siguiendo los procedimientos establecidos para dicho fin. c) Suscribir los Estados Financieros y Presupuestarios requeridos para la elaboración de la Cuenta General de la República y remitirlos a la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas. 2.4 En materia de Contrataciones del Estado de la Unidad Ejecutora 001: Administración Central ­ Ministerio de Salud: a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones y sus modificatorias. b) Supervisar y efectuar el seguimiento al proceso de planificación, formulación, aprobación y ejecución oportuna del Plan Anual de Contrataciones, en el marco de las disposiciones que al respecto establezca el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE. c) Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Ley Nº 30225 y modificatorias. d) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales de obra, conforme a lo señalado en el numeral 8.2 del artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF y modificatorias. e) Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procedimientos de selección cuyo valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT, realizados en el marco de lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 082-2019-EF y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, y modificatorias. f) Aprobar la designación del árbitro por parte de la Entidad, tanto en el arbitraje institucional como en el ad hoc. g) Resolver los contratos de obras por las causales descritas en la normatividad vigente, previo informe favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica, Oficina General de Administración y Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. 2.5 En materia de Acciones Administrativas del Ministerio de Salud 2.5.1 En materia de Acciones Administrativas del Pliego 011: Ministerio de Salud: a) Aprobar, modificar y dejar sin efecto Directivas Administrativas en el marco de la normatividad vigente, así como los que regulen actos de administración interna, Clasificador de Cargos, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P), el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), así como otros documentos de gestión susceptibles de delegación, trámites internos, lineamientos técnico normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos y procesos administrativos de carácter interno, a cargo de los órganos de apoyo y asesoramiento del Ministerio de Salud; así como dejar sin efecto toda normativa interna o documento de gestión que se le oponga.

2.5.2 En materia de acciones administrativas de la Unidad Ejecutora 001: Administración Central ­ Ministerio de Salud: a) Suscribir la documentación concerniente al proceso para la contratación de consultores del Ministerio de Salud, a través del Fondo de Apoyo Gerencial ­ FAG, tales como términos de referencia, contrato de locación de servicios, adendas y todo lo que se encuentre indicado en el Decreto Ley Nº 25650; así como en los "Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público", aprobado por Resolución Ministerial Nº 416-2014-EF/10. b) Aprobar los actos de disposición de bienes inmuebles, previa opinión favorable de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), según los procedimientos establecidos en las normas legales vigentes. c) Solicitar el otorgamiento de la autorización previa para la publicidad estatal por radio o televisión y presentación del reporte posterior de publicidad. 2.6 En materia laboral del Pliego 011: Ministerio de Salud: a) Aprobar, modificar o dejar sin efecto, la conformación de las Comisiones Negociadoras del Pliego de Reclamos y Mesas de Diálogo. b) Designar a los representantes del Ministerio de Salud que participarán en la negociación colectiva del pliego de reclamos presentado por los trabajadores, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; quienes tendrán las facultades para participar en la negociación y conciliación, practicar todos los actos procesales propios de estas, suscribir cualquier acuerdo y llegado el caso, la convención colectiva de trabajo. 2.7 En materia de Recursos Humanos de la Unidad Ejecutora 001: Administración Central ­ Ministerio de Salud: a) Designar al árbitro por parte del Ministerio de Salud, respecto de los procesos arbitrales en materia de negociación colectiva en el marco de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, y demás normativa vigente. b) Expedir resoluciones sobre encargo de funciones y de puestos de responsabilidad directiva para el personal sujeto al régimen del Decreto Legislativo Nº 276, los mismos que no deben exceder el ejercicio fiscal, en los niveles F-4 y F-5; y resoluciones sobre designación temporal en puestos de responsabilidad directiva para el personal sujeto al régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, en los niveles F-4 y F-5. c) Designar a los representantes, titulares y suplentes de la entidad, que conforman el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, y el Sub Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo ­ SUB CAFAE del Ministerio de Salud. Artículo 3.- Delegación de facultades al/a la Director/a General de la Oficina General de Administración Delegar durante el Año Fiscal 2020, al/a la Director/a General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, las siguientes facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Administración Central del Pliego 011: Ministerio de Salud: 3.1 En materia de Contrataciones del Estado: a) Aprobar la estandarización de bienes y servicios, de conformidad con la normativa de contrataciones del Estado. b) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección, así como modificar su composición de acuerdo a las causales establecidas en la Ley de contrataciones del Estado y su Reglamento.

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