Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2020 (26/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Domingo 26 de enero de 2020 /

El Peruano

importe que comprende al 50% restante de la retribución económica que incluye IGV, para el Período a ser Auditado 2019, a fin de realizar la transferencia financiera restante, a más tardar en el mes de enero del presente año fiscal, de acuerdo a lo requerido mediante el Oficio Nº 0009582019-CG/SGE; Que, a través del Informe N° 00006-2020-SINEACE/ P-ST-OPP, la Oficina de Planificación y Presupuesto señala que en el presupuesto institucional del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, Unidad Ejecutora 0001: Administración General ­ Sineace, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuentan con recursos disponibles para financiar la transferencia financiera, a que se refieren los considerandos precedentes; asimismo, recomienda realizar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma requerida; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera, hasta por la suma de S/ 25,938.50 (VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 50/100 SOLES), a favor de Contraloría General de República, para financiar el pago del 50% restante de la retribución económica, que incluye el IGV, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, por el periodo auditado 2019; Con el visto bueno de Secretaría Técnica, Oficina de Planificación y Presupuesto, Oficina de Administración y Oficina de Asesoría Jurídica; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República modificado por Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto; Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 25,938.50 (VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 50/100 SOLES), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la transferencia que equivale al 50% restante de la retribución económica, que incluye el Impuesto General a las Ventas­IGV, por el periodo auditado 2019, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la Sociedad de Auditoría. Artículo 2.- La transferencia autorizada por la presente resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace, Unidad Ejecutora 001: Administración General ­ Sineace, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, actividad 5000003 Gestión Administrativa, específica de gasto 2.4.1.3.1.1 "Otras Unidades del Gobierno Nacional", por la suma de S/ 25,938.50 (VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 50/100 SOLES). Artículo 3.- Los recursos de la Transferencia Financiera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- La Oficina de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera.

Artículo 5.- Remitir copia de la presente resolución a la Oficina de Administración, para que efectúe las acciones que correspondan. Artículo 6.- Disponer que la presente resolución se publique en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal web institucional (www.sineace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1848537-1

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Autorizan ejecución de la Encuesta Mensual para la elaboración de los Índices Unificados de Precios de la Construcción, durante el año 2020
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 022-2020-INEI Lima, 21 de enero de 2020 Visto, el Oficio Nº 020-2020-INEI/DTIE, de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, solicitando autorización para la ejecución de la Encuesta Mensual para la elaboración de los Índices Unificados de Precios de la Construcción durante el año 2020. CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, establece que el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística, cuyo ámbito de competencia, es la realización de tareas técnicas y científicas con fines de cuantificar los hechos económicos y sociales para producir las estadísticas oficiales del país; Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), en cumplimiento del Decreto Ley Nº 25862, desde diciembre de 1992, ha asumido las funciones de elaboración de los Índices Unificados de Precios de la Construcción; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática, a través del documento del visto, solicita autorización para ejecutar la Encuesta Mensual para la elaboración de los Índices Unificados de Precios de la Construcción en el año 2020, dirigida a las empresas y establecimientos informantes ubicados en el territorio nacional, para cuyo efecto adjunta la Ficha Técnica y el Formulario a utilizarse en la mencionada Encuesta; Que, la mencionada encuesta está dirigida a las empresas y establecimientos de materiales de construcción y permitirá captar información de precios para la elaboración de los Índices Unificados de Precios de la Construcción (IUPC), que es un indicador económico que muestra la fluctuación promedio de precios, que experimentan en el mercado el conjunto de elementos que intervienen en el costo de las obras de Construcción Civil; Que, en ese contexto resulta pertinente autorizar la ejecución de la Encuesta Mensual para la elaboración de los Índices Unificados de Precios de la Construcción durante el año 2020, fijar el plazo para su entrega y, aprobar el formulario a utilizarse en la mencionada Investigación estadística, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo Nº 0432001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, y; Que, la Sub Jefatura de Estadística del INEI a través del Oficio Nº 009-2020-INEI/SJE, expresa opinión favorable para la ejecución de la Encuesta Mensual para

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