Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2020 (13/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Jueves 13 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES

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acuerdo al ámbito de atención del SEHO y al tiempo de atención médica requerido: 1. Tipo "A": referido al estudiante - paciente hospitalizado por un periodo corto, matriculado en Educación Básica, que implique la permanencia en el establecimiento de salud de 1 a 30 días, en un año escolar o periodo promocional. 2. Tipo "B": referido al estudiante - paciente hospitalizado por un periodo prolongado, matriculado en Educación Básica, que implique la permanencia en el establecimiento de salud de 31 días a más, en un año escolar o periodo promocional. 3. Tipo "C": referido al estudiante - paciente en tratamiento ambulatorio por un periodo extenso, matriculado en Educación Básica, que implique la permanencia en el domicilio de 31 días a más, en un año escolar o periodo promocional.
ESTUDIANTE-PACIENTE TIEMPO DE ATENCIÓN CORTA HOSPITALIZACIÓN TIPO A Hospitalización de corta duración (1 ­ 30 días) TIPO B: Hospitalización prolongada (De 31 días a más) TIPO C: tratamiento ambulatorio de periodo extenso (De 31 días a más) TRATAMIENTO AMBULATORIO

b) Ausente ­ sin SEHO hospitalario (estudiantepaciente que estando hospitalizado no recibe el SEHO). c) Ausente ­ con SEHO hospitalario (estudiantepaciente que reciben el SEHO en establecimiento de salud). d) Ausente ­ con SEHO domiciliario (estudiantepaciente que recibe el SEHO en domicilio). El registro en el campo adicional del SIAGIE para los casos a), y b) procede cuando no se cuente con SEHO implementado en la jurisdicción del establecimiento de salud o del domicilio declarado por la madre, padre, tutor(a) o apoderado(a) del estudiante paciente; o cuando estos no autoricen el ingreso del estudiante al SEHO. 10.4. Para el registro del estudiante-paciente en el campo adicional del SIAGIE, se presenta la documentación señalada en el artículo 8. Adicionalmente, para el registro del estudiante-paciente con la clasificación c) y d) señalada en el artículo 10.3., se requiere la comunicación oficial del SEHO que acredita el registro formal del estudiante-paciente. Artículo 11.- Atención del estudiante-paciente 11.1. La atención educativa brindada por el equipo interdisciplinario del SEHO se otorga de acuerdo a los siguientes criterios: a) Eficiencia: promueve la permanencia del estudiantepaciente en el sistema educativo, a través de la continuidad de los procesos de enseñanza y aprendizaje. b) Equidad: el Estado garantiza la igualdad de oportunidades del estudiante-paciente para acceder a una educación básica de calidad, así como promueve la permanencia y culminación oportuna de la escolaridad. c) Inclusión: enfatiza la atención del estudiantepaciente desde una atención integral, independientemente de las diferencias culturales, sociales, étnicas, religiosas, de género, condición económica, condición de salud, condición de discapacidad o estilo de aprendizaje, tomando en cuenta las diversas necesidades educativas asociadas a su estado de salud para brindar un servicio educativo pertinente, realizando los ajustes normativos necesarios para su permanencia en la educación básica, priorizando la asignación de recursos suficientes d) Oportunidad: garantiza el derecho a la educación del estudiante-paciente de manera oportuna, promoviendo su permanencia en la educación básica para la culminación oportuna de la escolaridad. e) Calidad: desarrolla el plan educativo personalizado que contiene las adecuaciones curriculares para asegurar condiciones adecuadas para brindar una educación integral, pertinente, flexible y permanente. f) Dignidad: respeta la dignidad del estudiantepaciente durante la atención en el SEHO y durante su reincorporación a la IE o programa educativo. 11.2. La atención educativa del SEHO es individualizada según las necesidades educativas, características y estado de salud de cada estudiantepaciente, y se brinda en el establecimiento de salud o en el domicilio. El SEHO hospitalario se brinda en los espacios de aprendizaje, los cuales albergan estudiantes-pacientes de distintas edades y modalidades educativas, lenguas y culturas, entre otros aspectos. El SEHO domiciliario se brinda en el aula hogar, las actividades involucran a los miembros de familia, tutor(a) o apoderado(a), según corresponda. En estos espacios, el equipo interdisciplinario del SEHO desarrolla actividades a través de sesiones de aprendizaje o proyectos educativos, lo que permite brindar una respuesta educativa pertinente, flexible y adaptada. 11.3. La atención educativa del SEHO se desarrolla a través de un plan educativo personalizado, el cual tiene como marco los componentes del Servicio Educativo Hospitalario. 11.4. La o el estudiante-paciente contará con un plan educativo personalizado que contiene adaptaciones curriculares y de evaluación, en función

EXTENSA O PROLONGADA

TÍTULO II FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO HOSPITALARIO CAPÍTULO I REGISTRO, ATENCIÓN, PORTAFOLIO, EVALUACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE APRENDIZAJES, REINCORPORACIÓN A LA INSTITUCIÓN O PROGRAMA EDUCATIVO Y SEGUIMIENTO Y REINCORPORACIÓN DEL ESTUDIANTE-PACIENTE Artículo 10.- Registro del estudiante­paciente 10.1 El equipo interdisciplinario del SEHO identifica a las y los potenciales estudiantes-pacientes en el ámbito hospitalario y domiciliario, a fin de orientar e informar de manera oportuna, pertinente y accesible, a la madre, padre, tutor(a) o apoderado(a), para su ingreso al SEHO, previa autorización por parte de estos; posteriormente, el/ la coordinador(a) educativo(a) efectúa el registro de la o el estudiante-paciente en el SAISA. El Registro tiene por objeto recopilar y sistematizar la información sobre las y los estudiantes-pacientes hospitalizados o con tratamiento ambulatorio, con la finalidad de hacer seguimiento al aprendizaje e historial académico del estudiante ­ paciente. El Registro, es de carácter informativo y contiene datos desagregados por sexo, edad, nivel y modalidad educativa, entre otros, es administrado por el Ministerio de Educación y no es constitutivo de derechos ni limitativo para el otorgamiento de títulos habilitantes. En los casos de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes que no se encuentran matriculados en el sistema educativo, el equipo interdisciplinario del SEHO orienta a la madre, padre, tutor(a) o apoderado(a) a fin de promover su matrícula para su inclusión en el sistema educativo. 10.2. La persona encargada de la Coordinación educativa del equipo interdisciplinario del SEHO consigna en el SAISA los datos necesarios para identificar y caracterizar al estudiante-paciente; lo cual permite asignar un plan educativo personalizado, realizar el seguimiento y evaluar su progreso. 10.3. El director(a) de la institución o el responsable del programa educativo donde la o el estudiante-paciente está matriculado, informa a la UGEL correspondiente, la necesidad del SEHO por parte del estudiante-paciente y registra en el campo adicional que se incorpora al SIAGIE el estado del estudiante-paciente, según la siguiente clasificación: a) Ausente ­ sin SEHO domiciliario (estudiantepaciente que estando en tratamiento ambulatorio, no recibe el SEHO).

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