Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2020 (13/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
Tiempo de permanencia en el SEHO

Jueves 13 de febrero de 2020 /
Documentos entregados por el SEHO

El Peruano

de las necesidades educativas de acuerdo a su condición de salud; así como, las características propias del estudiante, con énfasis en la atención de las necesidades educativas especiales. Para tal efecto, el SEHO coordina con el docente o tutor responsable del estudiante-paciente, de la institución o programa educativo, con el objetivo de conocer la situación educativa integral del estudiante-paciente. Artículo 12.- Portafolio del estudiante­paciente El portafolio es la carpeta personal del estudiante paciente y contiene las producciones que han sido elaboradas por estos durante su atención educativa en el SEHO. Artículo 13.- Evaluación y convalidación de aprendizajes del estudiante­paciente 13.1. La evaluación de aprendizajes durante la atención del SEHO la realiza el equipo interdisciplinario de acuerdo al plan educativo personalizado y al progreso del estudiante-paciente, conforme a lo establecido en la normativa específica vigente. Los aprendizajes del estudiante­paciente se evalúan, permanentemente, durante el proceso educativo; y las producciones que evidencian el aprendizaje se conservan en el portafolio de cada estudiante-paciente. 13.2. La evaluación continua permite realizar los ajustes necesarios a la planificación curricular, considerando la variabilidad en la condición de salud y las características propias del estudiante-paciente, poniendo énfasis en las potencialidades del estudiantepaciente. 13.3. La convalidación de aprendizajes se realiza en atención a los siguientes criterios: a) Oportunidad: asegura el reconocimiento, certificación y registro del aprendizaje del estudiantepaciente durante el periodo de ausencia en la IE o programa educativo de manera oportuna. b) Celeridad: la coordinación del equipo interdisciplinario del SEHO y la IE o programa educativo se realiza con el mayor dinamismo posible, garantizando la celeridad del proceso de convalidación de aprendizajes a través del uso del SAISA. c) Proporcionalidad: la convalidación de aprendizajes es proporcional a las competencias evaluadas y priorizadas del estudiante-paciente en función a sus necesidades educativas asociadas a su condición de salud. 13.4. Para efectos del SEHO, se considera la convalidación de aprendizajes como el reconocimiento, certificación y registro que la IE o programa educativo hace del progreso de las competencias desarrolladas por la o el estudiante-paciente durante la atención educativa en el SEHO, a partir de los documentos entregados por este a la IE o programa educativo. 13.5. El reconocimiento a los documentos entregados por el SEHO para su convalidación, varía en función al tiempo de atención médica requerido del estudiantepaciente en el servicio, según se indica:
Tiempo de permanencia en el SEHO Documentos entregados por el SEHO Del reconocimiento en la IE o programa educativo Los documentos del SEHO son el insumo que emplea el docente para la evaluación, adecuación curricular y nivelación del estudiante que se reincorpora. La atención educativa se centra en asegurar que la o el estudiante-paciente no se atrase en las áreas curriculares principales y continúe con el proceso de aprendizaje regular de la IE o programa educativo. Las áreas pendientes son evaluadas por la IE o programa educativo según la norma vigente, a partir de la adecuación curricular requerida. En el caso de que la atención brindada en el SEHO sea menor a 15 días, se entregará únicamente la constancia de asistencia y el portafolio del estudiante-paciente.

Del reconocimiento en la IE o programa educativo En los casos de 15 días a más se entregará los siguientes documentos: i) Constancia de asistencia y participación, ii) Portafolio del estudiante, iii) Informe de progreso del estudiante-paciente y el iv) Plan educativo personalizado. Cabe indicar, que dichos documentos son reconocidos, certificados y registrados por la IE o programa educativo como insumo que emplea el docente para su evaluación.

o o De 31 a 90 días o o

Constancia de asistencia y participación Portafolio del estudiante Informe de progreso del estudiante-paciente Plan educativo personalizado

Los documentos del SEHO son el insumo que emplea el docente para la evaluación, adecuación curricular y nivelación del estudiante- paciente que se reincorpora. Cuando el período de atención educativa en el SEHO alcance un bimestre o trimestre, el Informe de progreso contiene la calificación de las competencias evaluadas, las cuales deben ser reconocidas por la IE o programa, y registradas en el sistema de calificaciones. Las competencias pendientes serán evaluadas progresivamente por la IE o programa educativo realizando la adecuación curricular correspondiente, según la norma vigente. El informe de progreso contiene la calificación de las competencias evaluadas, las cuales son reconocidas y certificadas por la IE o programa educativo, y registradas en el SIAGIE. Las áreas pendientes son evaluadas por la IIEE o programa educativo según la norma vigente, a partir de la adecuación curricular requerida.

De 91 a más días

o Constancia de asistencia y participación o Portafolio del estudiante o Informe de progreso del estudiante-paciente o Plan educativo personalizado

13.6. El registro de información de la condición del estudiante-paciente al que se refiere el numeral 11.3 del artículo 11 del presente Reglamento, se consigna en el acta de cierre de año del periodo lectivo y se mantiene hasta la reincorporación del estudiante paciente a la institución o programa educativo. Artículo 14.- Reincorporación a la institución o programa educativo 14.1. Con el alta médica, la o el estudiante-paciente retorna a su institución o programa educativo; el equipo interdisciplinario del SEHO informa de manera verbal y escrita a la madre, padre, tutor(a) o apoderado(a) y al director de la institución o programa educativo en que se encuentra la matriculada o matriculado la o el estudiante-paciente, acerca de su situación educativa y socioemocional, brindando las recomendaciones pedagógicas para su proceso de reincorporación. 14.2. El director asegura la continuidad del apoyo educativo necesario para la plena reincorporación del estudiante, a través de acciones de soporte incluidas en el Plan de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar. Artículo 15.- Seguimiento a la reincorporación del estudiante-paciente El SEHO en coordinación con la UGEL, realiza el seguimiento al proceso de reincorporación del estudiantepaciente, para verificar que este proceso haya concluido de manera satisfactoria. En caso se identifiquen incidencias que afecten el proceso de reincorporación del estudiante-paciente a la institución o programa educativo, registran y brindan las orientaciones necesarias. CAPÍTULO II EQUIPO INTERDISCIPLINARIO, RECURSOS EDUCATIVOS, ESPACIOS DE APRENDIZAJE Y MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD DEL SEHO Artículo 16.- Equipo interdisciplinario del SEHO 16.1. El equipo interdisciplinario del SEHO está conformado por profesionales docentes y no docentes, con capacidad para brindar una atención educativa integral,

o o De 1 a 30 días o o

Constancia de asistencia y participación Portafolio del estudiante Informe de progreso del estudiante-paciente Plan educativo personalizado

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