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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2020 (28/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Martes 28 de julio de 2020 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, el artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE y el artículo 41 Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE establecen que los CITE son órganos desconcentrados del ITP; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 150-2000-ITINCI, se crea el “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera - CITEmadera”, cuya denominación fue modi fi cada por el literal c) del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 038-2019-PRODUCE; Que, el tercer párrafo de artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE y el artículo 18 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, establecen que en cuanto el CITE tenga un alcance territorial de más de un departamento podrá crear Unidades Técnicas a nivel nacional mediante Resolución Ejecutiva del ITP; Que, en el caso del CITEmadera de acuerdo al artículo 3 de la Resolución Suprema N° 150-2000-ITINCI, norma de creación del mencionado CITE, se dispone que el CITEmadera tendrá su sede en Lima y podrá crear Unidades Técnicas en cualquier lugar del territorio nacional; Que, mediante Informe Técnico N° 06-2020-ITP/ CITEmadera del 19 de julio de 2020, la Directora del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera (en adelante CITEmadera), alcanza el sustento técnico para la creación de la Unidad Técnica Madera en Cajamarca - Cajamarca – Región Cajamarca; Que, mediante Informe N° 017-2020-ITP/DEDFO- cadriazola del 23 de julio de 2020, la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica concluye que la propuesta de creación de la Unidad Técnica Cajamarca presentada por el CITEmadera es técnicamente viable; Que, la disponibilidad presupuestal es sustentada por el Informe N° 157-2020- ITP/OPPM del 23 de julio de 2020, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; Que, mediante el Informe N°351-2020-ITP/OAJ del 24 de julio de 2020, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta jurídicamente viable la propuesta de creación de la Unidad Técnica Madera en Cajamarca - Cajamarca – Región Cajamarca, del CITEmadera; Que, por los fundamentos expuestos corresponde emitir el acto de administración creando la Unidad Técnica Madera en Cajamarca - Cajamarca – Región Cajamarca, del CITEmadera; Con la visación de la Secretaría General, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la creación de la Unidad Técnica Cajamarca del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera – CITEmadera, cuyo objetivo es promover la innovación y mejorar la calidad, productividad, e información para el desarrollo competitivo del sector forestal maderable de la región de Cajamarca. Artículo 2.- Disponer que el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera – CITEmadera en coordinación con la O fi cina de Administración determinen la infraestructura y el equipamiento que serán utilizados para la operatividad de la Unidad Técnica Cajamarca. Artículo 3.- Disponer que la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización consigne progresivamente en el Pliego 241 Instituto Tecnológico de la Producción – ITP, los recursos para el funcionamiento permanente de la Unidad Técnica Madera en Cajamarca - Cajamarca – Región Cajamarca en el marco de la asignación al CITEmadera. Artículo 4.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) publique la presente resolución en el portal institucional (https://www.gob.pe/produce/itp) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 5.- Publíquese la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO RODRÍGUEZ SORIA Director EjecutivoInstituto Tecnológico de la Producción 1873571-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Designan Director Ejecutivo del Programa Nuestras Ciudades RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 171 -2020-VIVIENDA Lima, 27 de julio de 2020CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a Ejecutivo/a del Programa Nuestras Ciudades del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único .- Designar al señor Joel Alfredo Castilla Mateo en el cargo de Director Ejecutivo del Programa Nuestras Ciudades del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1873749-1