Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2020 (10/06/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

Firmado Digitalmente por: EMPRESA PERUANA DE SERVICIOS EDITORIALES S.A. - EDITORA PERU Fecha: 10/06/2020 17:03:47

Gerente de Publicaciones Oficiales : Ricardo Montero Reyes

"AÑO DE LA UNIVERSALIZACIÓN DE LA SALUD"

NORMAS LEGALES
Año XXXVII - Nº 15475
MIÉRCOLES 10 DE JUNIO DE 2020

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EDICIÓN EXTRAORDINARIA
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
ECONOMIA Y FINANZAS R.M. N° 170-2020-EF/15.- Prorrogan plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial N° 144-2020-EF/15 1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL Res. Nº 0013-2020-APN-PD.- Aprueban la norma técnica: "Lineamientos para uso de pruebas rápidas para detección de anticuerpos contra SARS-COV-2/COVID-19 de manera aleatoria a los trabajadores portuarios a nivel nacional", y dictan otras disposiciones 2

PODER EJECUTIVO

ECONOMIA Y FINANZAS
Prorrogan plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 1442020-EF/15
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 170-2020-EF/15 Lima, 10 de junio del 2020 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 144-2020EF/15, se conformó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, con el objeto de formular la estrategia con las medidas para la reanudación progresiva de actividades económicas en el marco de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional dispuesta mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA y del Estado de Emergencia

Nacional dispuesto mediante Decreto Supremo Nº 0442020-PCM, y sus prórrogas; Que, el artículo 8 de la citada Resolución Ministerial establece que el Grupo de Trabajo tiene una vigencia de treinta (30) días hábiles contados a partir de su instalación; Que, conforme al acuerdo adoptado en la sesión del Grupo de Trabajo del día martes 9 de junio de 2020, la Secretaría Técnica del mencionado Grupo de Trabajo y por encargo del mismo, solicita la prórroga de su vigencia por treinta (30) días hábiles, que a efectos de culminar las tareas asignadas al citado Grupo; Que, en ese sentido, se estima conveniente prorrogar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 1442020-EF/15, por treinta (30) días hábiles; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; SE RESUELVE: Artículo 1. Prorrogar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 144-2020-EF/15, por treinta (30) días hábiles. Artículo 2. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en la Plataforma digital

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