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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2020 (10/06/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de junio de 2020 El Peruano / NTP-ISO 4074:2020 Condones masculinos de látex de caucho natural. Requisitos y métodos de ensayo. 2ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 4074:2014 NTP-ISO 12614-12:2020 Vehículos de carretera. Componentes del sistema de combustible de gas natural licuado (GNL). Parte 12: Línea rígida de cobre y sus aleaciones para combustible. 1ª Edición NTP-ISO 12614-13:2020 Vehículos de carretera. Componentes del sistema de combustible de gas natural licuado (GNL). Parte 13: Regulador de control de presión del cilindro (tanque – recipiente). 1ª Edición NTP-ISO 12614-14:2020 Vehículos de carretera. Componentes del sistema de combustible de gas natural licuado (GNL). Parte 14: Medidor de presión diferencial de contenido de combustible. 1ª Edición NTP-ISO 15197:2020 Sistemas de ensayo para diagnostico in vitro. Requisitos para los sistemas de monitoreo de glucosa en sangre para autodiagnóstico en el manejo de la diabetes mellitus. 1ª Edición NTP-ISO 10001:2020 Gestión de la calidad. Satisfacción del cliente. Directrices para los códigos de conducta de las organizaciones. 2 a Edición Reemplaza a la NTP-ISO 10001:2009 NTP-ISO 10004:2020 Gestión de la calidad. Satisfacción del cliente. Directrices para el seguimiento y la medición. 2 a Edición Reemplaza a la NTP-ISO 10004:2014 NTP-ISO 10007:2020 Gestión de la calidad. Directrices para la gestión de la con fi guración. 3a Edición Reemplaza a la NTP-ISO 10007:2004 (revisada el 2014) Artículo 2 .- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP-CODEX STAN 166:2014 NORMA PARA BARRITAS, PORCIONES Y FILETES DE PESCADO EMPANIZADOS O REBOZADOS CONGELADOS RÁPIDAMENTE. 1ª Edición NTP 011.010:2002 MANGO. Mango fresco. Requisitos. 2 a Edición NTP 151.405:2014 SACHA INCHI. Buenas prácticas post cosecha. 1a Edición NTP 151.405:2014/COR 1 2014 CORRIGENDUM 1. SACHA INCHI. Buenas prácticas post cosecha. 1a Edición NTP 319.324 2011 PLAGUICIDAS. Espontaneidad de la dispersión. 1a Edición NTP 319.356:2016 PLAGUICIDAS. Determinación de residuos de plaguicidas mediante GC-MS y/o LC-MS/MS con extracción con acetonitrilo y método de limpieza dispersiva SPE- QuEChERS. 1ª Edición NTP 321.035:2003 PETRÓLEO Y DERIVADOS. Método (revisada el 2014) de prueba normalizado para la determinación de densidad, densidad relativa (gravedad especí fi ca), o gravedad API de petróleo crudo y productos de petróleo líquidos por el método del densímetro. 2 a Edición NTP 321.136:2015 PETRÓLEO Y DERIVADOS. Ligantes asfálticos clasi fi cados por su desempeño. Especi fi caciones. 2a Edición NTP-ISO 4074:2014 CONDONES DE LÁTEX DE CAUCHO NATURAL. Requisitos y métodos de ensayo. 1ª EdiciónNTP-ISO 10001:2009 GESTIÓN DE LA CALIDAD. Satisfacción del cliente. Directrices para los códigos de conducta de las organizaciones. 1 a Edición NTP-ISO 10004:2014 Gestión de la calidad. Satisfacción del cliente. Directrices para el seguimiento y la medición. 1 a Edición NTP-ISO 10007:2004 SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA (revisada el 2014) CALIDAD. Lineamientos para la gestión de la con fi guración. 2a Edición Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL ROSARIO URÍA TORO DirectoraDirección de Normalización 1867488-1 Aprueban los servicios de Gestión de Capacidades y de Difusión de Información que no están sujetos al pago de tarifas, orientados a la reactivación productiva de las MIPYME a través de los CITE públicos, órganos desconcentrados del ITP INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 66-2020-ITP/DE Lima, 9 de junio de 2020. VISTOS:El Informe N° 010-2020-ITP/DEDFO-pperez del 9 de junio de 2020, emitido por la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica; el Informe N° 117-2020-ITP/OPPM del 9 de junio de 2020, emitido por la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 229-2020-ITP/OAJ del 9 de junio de 2020, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el artículo 2, los literales c) y d) del artículo 16 y el artículo 17 del Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451, el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) promueve el consumo de recursos hidrobiológicos, productos agroindustriales y otros productos industriales de competencia del sector producción; y, cuando fuera necesario, la comercialización y distribución de los mismos, contando entre sus recursos directamente recaudados los que se generen de estas actividades; Que, el numeral 44.2 del artículo 44 y el artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, dispone que los ingresos propios provenientes del desarrollo de las actividades que realiza el ITP, así como de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica (CITE), constituyen tasas o tarifas, según correspondan, las cuales serán determinadas en cada caso, en el marco de la legislación vigente; Que, de conformidad con el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1228 y el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones del ITP, los CITE púbicos del Sector Producción son órganos desconcentrados del ITP encargados de contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de las actividades de capacitación y asistencia técnica, asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica, investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actoras/es estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda;