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8 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de junio de 2020 / El Peruano por un periodo adicional de diez (10) años del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote 31-C; ii) el compromiso de ejecución del Programa Adicional Exploratorio; y iii) la sustitución de AGUAYTÍA ENERGY, LLC y PERÚ ENERGY HOLDINGS, LLC por ORAZUL ENERGY PERU S.A., como garante corporativo en el citado Contrato. Artículo 2°.- Autorización para suscribir la modi ficación del Contrato Autorízase a PERUPETRO S.A. a suscribir con la empresa AGUAYTÍA ENERGY DEL PERÚ S.R.L. la Adenda de modi ficación del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote 31-C, que se aprueba en el artículo 1 del presente Decreto Supremo. Artículo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por la Ministra de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de junio del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas SUSANA VILCA ACHATA Ministra de Energía y Minas 1867603-2 INTERIOR Dan por concluida designación de Subprefecto Distrital de Santiago de Pupuja, Provincia Azángaro, Región Puno RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 046-2020-IN-VOI-DGIN Lima, 7 de junio de 2020VISTO: El Informe N° 000170-2020/IN/VOI/DGIN/DAP de fecha 07 de junio de 2020, de la Dirección de Autoridades Políticas de la Dirección General de Gobierno Interior, y; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1266, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, determina el ámbito de competencia, las funciones y estructura orgánica del Ministerio del Interior, el cual, en el numeral 13) del inciso 5.2 del artículo 5 establece como una de las funciones especí fi cas del Ministerio del Interior, otorgar garantías personales e inherentes al orden público; así como dirigir y supervisar las funciones de las autoridades políticas designadas, con alcance nacional; Que, el artículo 117 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, establece que la Dirección General de Gobierno Interior es el órgano encargado de dirigir y supervisar el accionar de las autoridades políticas designadas; Que, en el literal b) del artículo 118 del precitado Reglamento, se establece como una de las funciones de la Dirección General de Gobierno Interior, dirigir, designar, remover, aceptar la renuncia y encargar el puesto como las funciones a los Subprefectos Provinciales y Subprefectos Distritales, garantizando la presencia del Estado en el territorio nacional; Que, a través del informe de visto, la Dirección de Autoridades Políticas propone a la Dirección General de Gobierno Interior, la remoción de la Autoridad Política Distrital de Santiago de Pupuja, Provincia Azángaro, Región Puno; de conformidad a lo establecido en el literal g) del artículo 121 del precitado Reglamento;De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modi fi catorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; y, el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación en el cargo de Subprefecto Distrital de Santiago de Pupuja, Provincia Azángaro, Región Puno, al señor JORGE HUMBERTO CAHUINA MAMANI. Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, a la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio del Interior y a la O fi cina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.CIRO ALEJANDRO ZAVALETA LÓPEZ Director GeneralDirección General de Gobierno Interior 1867597-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Conceden la gracia presidencial de conmutación de la pena a internas e internos de diversos establecimientos penitenciarios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 147-2020-JUS Lima, 9 de junio de 2020VISTO, el Informe N° 00022-2020-JUS/CGP-PE, del 05 de junio de 2020, con recomendación favorable de la Comisión de Gracias Presidenciales; CONSIDERANDO: Que, las señoras: 1) Cacya Huayhua, Marisol Roxana; 2) Gonza Lunarejo, Maria Del Pilar; 3) Rosales Vivas, Fresia Geraldine; 4) Salinas Pinedo, Milagros Del Rosario; y, 5) Talaverano Velasquez, Jacqueline Milagros; son internas recluidas en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres Chorrillos; Que, los incisos 8) y 21) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú facultan al Presidente de la República a dictar resoluciones, conceder indultos, conmutar penas y ejercer el derecho de gracia; Que, la conmutación de la pena es la potestad del Presidente de la República para reducir la pena privativa de libertad impuesta a un quantum menor; Que, dicha gracia presidencial implica la renuncia parcial al ejercicio del poder punitivo del Estado respecto de los condenados, reduciendo prudencialmente la pena privativa de libertad impuesta en un proceso penal; Que, asimismo, conforme el artículo 44 de la Constitución Política del Perú, son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud ha cali ficado al brote del COVID-19 como una pandemia al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, publicado en el Diario O ficial El Peruano el 11 de marzo de 2020, el Estado declara la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, y se