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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2020 (24/06/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de junio de 2020 El Peruano / Quinta.- Prorróguese el hasta el 30 de junio del 2020 el vencimiento del segundo trimestre (2da cuota) del Impuesto Predial 2020, establecido por el artículo 2º de la Ordenanza Nº 401/MDSM. Sexta.- Amplíese por única vez y otórguese un descuento del 30% sobre el insoluto de los arbitrios municipales del ejercicio 2020 correspondiente al mes de junio, dispuesto por el artículo 3 de la Ordenanza Nº 406-MDSM, a todos los contribuyentes que cumplan con actualizar sus datos y efectúen el pago de los arbitrios a través de la página web www.munisanmiguel.gob.pe (pago en línea), o excepcionalmente de forma presencial. Séptima.- Para el otorgamiento del 15% de descuento sobre el insoluto de las cuotas mensuales de arbitrios municipales regulado por el numeral 3.2) del artículo 3º de la Ordenanza Nº 404/MDSM, modi fi cada por la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 406/MDSM, no se exigirá no mantener cuotas vencidas del impuesto predial del ejercicio 2020. Octava.- Solo los contribuyentes con cuotas de fraccionamiento vigentes no vencidas, gozarán de un descuento adicional del 10% sobre las cuotas por vencer. Novena.- Para aquellos contribuyentes que hayan realizado el esfuerzo de efectuar el pronto pago del impuesto predial y de los arbitrios municipales 2020 hasta el 29 de febrero del 2020, se les considerará para el ejercicio 2021 de tal forma que obtengan un mejor bene fi cio al consignado este año, en merito a ese gran compromiso por cumplir con las obligaciones tributarias municipales. Décimo.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización a través de la Subgerencia de Registro Tributario y Control de Deuda, Ejecutorias Coactivas, la Subgerencia de Inspección y Control de Sanciones, a la O fi cina de Calidad de Servicios y a la Subgerencia de Tesorería el cumplimiento de la presente Ordenanza, así como a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de su contenido, y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones su implementación en el sistema municipal, y su publicación en la página web institucional (www.munisanmiguel.gob.pe) y a la Secretaria General para su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, publíquese y cúmplase.JUAN JOSE GUEVARA BONILLA Alcalde 1868552-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA Suspenden durante el año fiscal 2020 la ejecución del Cronograma de actividades del Presupuesto Participativo del 2021 DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2020-A/MDSR Santa Rosa, 1 de junio de 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA VISTO Visto el Informe Legal Nº 0051-2020-GAJ/MDSR de la Gerencia de Asesoría Jurídica el Informe Nº 079-2020-GPP/MDSR, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el Memorándum Nº 140-2020-GM/MDSR, de la Gerencia Municipal; el Informe Nº 068-2020-SGTIC/MDSR emitido por la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicación; y, CONSIDERANDO; Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305 “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Que, de acuerdo con el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades (...), los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal. Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 509-2020/ MDSR de fecha 13 de febrero del 2020, la misma que aprueba el reglamento del proceso del presupuesto participativo basado en resultados para el ejercicio fi scal 2021 en el Distrito de Santa Rosa y su cronograma. Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020- SA, publicado el 11 de marzo de 2020, se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, y se dictaron medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19, disponiéndose en su artículo 2º, numeral 2.3, que los Gobiernos Regionales y Locales adoptan las medidas preventivas para evitar la propagación del COVID-19 y coadyuvan al cumplimiento de las normas y disposiciones correspondientes emitidas por el Poder Ejecutivo; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, ampliado temporalmente mediante los Decretos Supremos Nº 051-2020-PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 075-2020-PCM y Nº 083-2020-PCM; y precisado o modi fi cado por los Decretos Supremos Nº 045-2020- PCM, Nº 046-2020-PCM, Nº 051-2020-PCM, Nº 053-2020-PCM, Nº 057-2020-PCM, Nº 058-2020-PCM, Nº 061-2020-PCM, Nº 063-2020-PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 068-2020-PCM, Nº 072-2020-PCM y Nº 083-2020-PCM, Nº094-2020-pcm a partir del lunes 25 de mayo de 2020 hasta el martes 30 de junio de 2020 Que, a su vez, el artículo 4º del Decreto de Urgencia Nº 057-2020, publicado el 19 de mayo de 2020, estableció la suspensión del proceso de presupuesto participativo, disponiendo que durante el año fi scal 2020 se suspenden las actividades del proceso de presupuesto participativo regulado por la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, con el fi n de contribuir a las medidas de aislamiento social en el marco de la emergencia sanitaria nacional, salvo en aquellos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que tengan implementados mecanismos de tecnologías digitales que permitan la participación de la población asegurando la participación inclusiva y representativa de todas las organizaciones y ciudadanos, o en aquellos Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales en las cuales ya se realizó el proceso de presupuesto participativo; Que, en este contexto, de acuerdo con sus funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, aprobado por Ordenanza Nº 446-MDSR, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, propone la suspensión del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fi scal 2021, de conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 057-2020, con el sustento, de que nuestra entidad actualmente no cuenta con implementos tecnológicos digitales para la participación de la población que contemple las funcionalidades relacionadas al proceso de Presupuesto Participativo iniciado, cuyos principios es la participación, transparencia e igualdad. Estando a los dispuesto y en uso de las facultades conferidas en los artículo 20º, inciso 6 y 39º de la Ley 27972- Ley Orgánica de Municipalidades DECRETAArtículo Primero.- SUSPENDER durante el año fi scal 2020, la ejecución del Cronograma de actividades del Presupuesto Participativo del 2021 dispuesto en el Artículo Segundo de la Ordenanza municipal Nº 509-2020/MDSR de fecha 13 de febrero del 2020, que aprobó el reglamento del presupuesto participativo y contenida en ella el cronograma del proceso, para el año fi scal 2021, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto de Urgencia Nº 050-2020.