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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2020 (24/06/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de junio de 2020 / El Peruano técnica (formato B). d) Informe Técnico de la O fi cina de Administración, con el sustento de la determinación de los costos que sustentan los derechos de tramitación. Que, a través del Informe Legal Nº 019-2019-MDSM/OAJ, de fecha 10/10/2019, el Asesor Legal de la Entidad, OPINA: 1) En consecuencia, estando a lo analizado precedentemente, esta O fi cina de Asesoría Jurídica GARANTIZA que el proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), si consigna la base legal de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad por la Municipalidad Distrital de San Miguel; en cumplimiento del 11º de la Resolución de Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros Nº 005-2018-PCM-SGP, de fecha 27.11.2018, en concordancia con el artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado mediante la Ordenanza Municipal Nº 002-2019-MDSM/CM. 2) Antes de remitir, el proyecto del TUPA al Concejo Municipal, para su aprobación, previamente la Gerencia Municipal emite el Informe de CONFORMIDAD, conforme establece el apartado 17.2.3 del numeral 17.2, del artículo 17 de la Resolución de Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros Nº 005-2018-PCM-SGP. Que, mediante Informe Nº 029-2019-MDSM/GEMU, de fecha 14/10/2019, el Gerente Municipal de la Entidad DA LA CONFORMIDAD AL TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL y cumple con trasladar el expediente al concejo municipal para proseguir el trámite de aprobación correspondiente. Que, en el marco de la modernización de la gestión del estado, según Ley Nº 27658 Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, el gobierno nacional ha impulsado nuevas reformas en diversos sectores y niveles del gobierno, se señala que la gestión del estado se sustenta fundamentalmente en la priorización de la labor de desarrollo social en bene fi cio de los sectores menos favorecidos, mejorando, entre otras acciones, la prestación de los servicios públicos; básicamente la gestión por resultados. Que, estando dentro de las atribuciones contenidas en el numeral 8 del Artículo 9o en concordancia con el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 21 de octubre de 2019 por Unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL Artículo 1º.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, de la Municipalidad Distrital de San Miguel, cuyo texto forma parte integrante del anexo en la presente Ordenanza. Artículo 2º.- DISPONER la tramitación respectiva, mediante la O fi cina de Secretaría General el procedimiento de rati fi cación ante la Municipalidad Provincial de San Román, conforme a los plazos que dispone las normas pertinentes vigentes. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario O fi cial El Peruano. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Acceso a la Información Pública y Comunicaciones, la publicación en el Panel de la Municipalidad de San Miguel, respecto al Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, legislación, plazos y costos, coadyuvando a acreditar el cumplimiento de la misma mediante la exhibición y adecuada difusión al público. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Tecnología de Información y Estadística, la publicación de la presente Ordenanza en el portal del estado peruano www.peru.gob.pe y en la página web de la Municipalidad www.munisanmiguel-sanroman.gob.pe Artículo 6º.- DEJAR SIN EFECTO toda norma que contravenga lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EUGENIO YUPA ZELA Alcalde 1868625-2Acogen y adecúan recomendaciones de los órganos administrativos de la Municipalidad Provincial de San Román relativas al TUPA de la Municipalidad Distrital de San Miguel DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2020-MDSM/A San Miguel, 11 de marzo de 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL SAN MIGUEL VISTOS:El Informe Nº 086-2020-MDSM/GPPeI, de fecha 09/03/2020, la Opinión Legal Nº 103-2020-MDSM/OAL, de fecha 10/03/2020; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado mediante Ley Nº 30305, en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece: “Las municipalidades provinciales y distritales son Órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración; Que, conforme al artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el numeral 40.3 del artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, aprobados para cada entidad; Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, aprueba los Lineamientos Para la Formulación y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que, en el caso de Gobiernos Locales, se aprobará mediante Ordenanza Municipal; Que, los numerales 44.2 y 44.3 del artículo 44º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establecen la forma para la publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que la norma que aprueba el TUPA, se publica en el diario oficial El Peruano, en tanto que el TUPA y la disposición legal de aprobación, se publican obligatoriamente en el portal del diario oficial El Peruano y adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo portal Institucional; Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 015- 2019-MDSM/CM, de fecha 21/10/2019, el Concejo Municipal Distrital de San Miguel, ha aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de San Miguel; Que, Mediante la Ordenanza Municipal Nº 047-2020-CPSR-J, de fecha 06/02/2020, el Concejo Provincial de San Román, Ratifica la Ordenanza Municipal Nº 015-2019-MDSM/CM, de fecha 21 de octubre del 2019 “Que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA de la Municipalidad Distrital de San Miguel”, el cual consta de 206 procedimientos; sin embargo en el