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66 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de junio de 2020 / El Peruano Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimento del presente Decreto, a la Gerencia Municipal y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Artículo Tercero.- DIPONSER que el presente Decreto sea publicado en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ALAN CARRASCO BOBADILLA Alcalde 1868665-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Designan responsable de brindar información que demanden los administrados de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 253-2020-MDB/AL Bellavista, 16 de junio del 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el numeral 5 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú, toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido; Que, mediante la Ley Nº 27806 se aprobó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con la fi nalidad de promover la transparencia de los actos de Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información contenido en el numeral 5 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú; Que, mediante el Decreto Supremo N° 043-2003- PCM se aprobó el Texto Único Ordenando de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública-TUO. Que, mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, se aprobó el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3° del Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, concordado con el artículo 3º, incisos b) y c) y el artículo 4° del Reglamento, señala que el Estado adoptará medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública y tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad; así como la obligatoriedad de designar a los funcionarios responsables de entregar la información y elaborar el Portal de Transparencia; Que, con Resolución de Alcaldía N° 164-2020-MDB de fecha 24 de abril del 2020, se encargó al señor Javier Roberto Lombardi Tapia, como Secretario General de la Municipalidad Distrital de Bellavista; EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LOS NUMERALES 6 Y 17 DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY N° 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR con e fi cacia anticipada a partir del 25 de abril del 2020 al señor JAVIER ROBERTO LOMBARDI TAPIA, Secretario General de la Municipalidad Distrital de Bellavista, como el funcionario responsable de brindar información que demanden los administrados, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la unidad de personal el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.DANIEL JUAN MALPARTIDA FILIO Alcalde 1868641-2 Designan responsable del Libro de Reclamaciones de la Municipalidad Distrital de Bellavista RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 255-2020-MDB/AL Bellavista, 16 de junio de 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, en tal virtud, están facultadas para aprobar su organización interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad y plani fi car el desarrollo de su jurisdicción entre otros aspectos. Que, el Artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los sistemas administrativos del Estado, que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Que, mediante el Decreto Supremo N° 042-2011- PCM, se estableció que las entidades de la administración pública señaladas en los numerales del 1 al 7 del Artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 27444, deben contar con un Libro de Reclamaciones en el cual los usuarios podrán formular sus reclamos. Que, el Artículo 5° del Decreto Supremo N° 042- 2011-PCM, establece que, mediante resolución del titular de la entidad, se designará al responsable del Libro de Reclamaciones; correspondiendo informar a sus respectivos Órganos de Control Institucional sobre el cumplimiento del presente Decreto Supremo. Que, mediante Resolución de Alcaldía N°164-2020- MDB/AL, de fecha 24 de Abril del 2020, se designa como Gerente de Secretaría General al Abogado ROBERTO JAVIER LOMBARDI TAPIA, razón por la cual resulta necesario designar al funcionario responsable del Libro de Reclamaciones de la Municipalidad de Bellavista, en cumplimiento de la normatividad antes señalada. ESTANDO A LO EXPUESTO Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 17) DEL ARTICULO 20º DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR con e fi cacia anticipada a partir del 25 de abril del 2020 al abogado JAVIER ROBERTO LOMBARDI TAPIA responsable del Libro de Reclamaciones de la Municipalidad Distrital de Bellavista. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional. Regìstrese, comunìquese y cumplase. DANIEL JUAN MALPARTIDA FILIO Alcalde 1868641-1