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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2020 (22/05/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Viernes 22 de mayo de 2020 El Peruano / de bio seguridad en las mototaxis, debiendo tomar la temperatura al inicio y al fi nal de la jornada de trabajo a cada conductor, por lo que deben llevar el registro correspondiente. Previo al inicio de las operaciones y envío de programación, deben presentar las declaraciones juradas de los conductores de no pertenecer a los grupos de riesgo y de que conocen los protocolos de bio seguridad que previenen el contagio y propagación del COVID-19. Artículo 15º.- PROCEDIMIENTO DE DESCENSO DE LOS PASAJEROS, mientras se encuentre en vigencia la presente Ordenanza, se autoriza que los conductores de vehículos menores, en los paraderos o embarques que cuenten con espacio su fi ciente, detengan sus vehículos en forma oblicua a la acera, siempre y cuando trasladen pasajeros en el lado izquierdo del vehículo, a fi n de facilitar el ascenso y descenso de los pasajeros. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y MODIFICATORIAS 1º.- INCORPÓRESE; en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Ordenanza Nº 481-MDA, las siguientes infracciones: INFRACCIONES A LA PERSONA JURIDICA AUTORIZADA Código Cali fi cación Descripción de la Infracción InfractorMulta UIT VigenteMedida ProvisionalMedida ComplementariaReincidencia A-27 Muy GravePor permitir que 3 o más unidades presten servicio fuera de su programaciónPersona Jurídica5%Suspensión de Permiso de Operación por Quince (15) días calendarios.Suspensión de Permiso de Operación por Treinta (30) días calendarios. INFRACCIONES AL PROPIETARIO Y AL CONDUCTOR AUTORIZADO Código Cali fi cación Descripción de la Infracción InfractorMulta UIT VigenteMedida ProvisionalMedida ComplementariaReincidencia B-48 Muy GravePor prestar el servicio fuera de la programación en tiempo de Emergencia SanitariaPropietario y/o Conductor5%Internamiento del Vehículo en el DOVM ó en los Depósitos Provisionales que se designen. Retiro de fi nitivo e Inhabilitación del Vehículo y del Conductor B-49 Muy GravePor prestar servicio sin utilizar mascarillas de protecciónPropietario y/o Conductor5%Internamiento del Vehículo en el DOVM ó en los Depósitos Provisionales25% de Multa y 15 días de internamiento del vehículo B-50 Muy GravePor prestar el Servicio sin contar con Alcohol en gel o líquido para el uso del pasajero y/o conductorPropietario y/o Conductor5%Internamiento del Vehículo en el DOVM ó en los Depósitos Provisionales25% de Multa y 15 días de internamiento del vehículo B-51 Muy GravePor prestar el servicio transportando más de un pasajero, sin contar con una división que prevenga el riesgo de contagio o contaminación Propietario y/o Conductor5%Internamiento del Vehículo en el DOVM ó en los Depósitos Provisionales25% de Multa y 15 días de internamiento del vehículo B-52 Muy GravePor prestar el servicio sin que el vehículo cuente con una separación física completa entre el conductor y el pasajeroPropietario y/o Conductor5%Internamiento del Vehículo en el DOVM ó en los Depósitos Provisionales25% de Multa y 15 días de internamiento del vehículo B-53 Muy GravePor prestar el Servicio incumpliendo la distancia prevista por el Aislamiento Social Decretado por el Gobierno Propietario y/o Conductor5%Internamiento del Vehículo en el DOVM ó en los Depósitos Provisionales25% de Multa y 15 días de internamiento del vehículo B-54 Muy Grave Por estacionar y ocupar el espacio público con el vehículo menor en la vía pública fuera del horario de trabajo y fuera del paradero autorizado.Propietario y/o Conductor5%Internamiento del Vehículo en el DOVM ó en los Depósitos Provisionales25% de Multa y 15 días de internamiento del vehículo B-55 GravePor no publicar en la parte interior del vehículo los protocolos de bio seguridad que deben tomar los conductores y pasajeros.Propietario y/o Conductor5%Internamiento del Vehículo en el DOVM ó en los Depósitos Provisionales25% de Multa y 15 días de internamiento del vehículo 2º.- SANCIÓN A LAS PERSONAS JURÍDICAS.- En caso la persona jurídica no cumpla con remitir oportunamente los padrones con las fechas en las cuales prestarán servicios sus unidades, no estarán autorizadas a prestar servicio. Asimismo, las personas jurídicas cuya fl ota se encuentre sancionada en un 50%, serán sancionadas con la suspensión de su permiso de operación por sesenta (60) días calendarios. 3º.- INCORPÓRESE; en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones, la siguiente infracción: Código Cali fi caciónDescripción de la InfracciónInfractorMulta UIT vigenteMedida ProvisionalMedida ComplementariaReincidencia C-5 Muy gravePor no tener autorización y/o prestar servicio en estado de emergencia sanitaria sin estar adecuados con medidas sanitarias preventivas Propietario y/o conductor50%Internamiento del vehículo en el DOVM o en los depósitos provisionalesInhabilitación permanente al propietario y/o conductor no pudiendo incluirse en ninguna empresa autorizada posteriormente