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30 NORMAS LEGALES Martes 10 de noviembre de 2020 / El Peruano la sociedad de auditoría externa que se encargará de auditar el periodo 2020. FinanciamientoArtículo Segundo.- La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 024: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL especí fi ca de gasto 2.4.1.3.1.1 transferencias a otras Unidades del Gobierno Central. Limitación al uso de los recursosArtículo Tercero.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Monitoreo, seguimiento y cumplimientoArtículo Cuarto.- La Dirección General de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se realiza la presente transferencia fi nanciera. PublicaciónArtículo Quinto.- Disponer que la presente resolución se publique en el portal Institucional del Tribunal Constitucional (https://www.tc.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano . Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANELLA LEDESMA NARVÁEZ Presidenta 1901302-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LINCE Convocan a Elecciones de Delegados de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de Lince para el periodo 2020 - 2021 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 13-2020-MDL Lince, 6 de noviembre de 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTO: El Informe Nº 073-2020-MDL-GDH-OPV- AVCF, de fecha 04 de noviembre de 2020, emitido por el Gestor de Programas Juveniles y Participación Ciudadana; el Informe Nº 048-2020-MDL-GDH, de fecha 04 de noviembre de 2020, de la Gerencia de Desarrollo Humano y el Informe Nº 317-2020-MDL-GAJ, de fecha 06 de noviembre de 2020, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 197º de la Constitución Política del Perú, menciona que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local;Que, el artículo 106º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, de fi ne a la junta de delegados vecinales comunales como el órgano de coordinación integrado por los representantes de las agrupaciones urbanas y rurales que integran el distrito dentro de la provincia, y que están organizadas, principalmente como juntas vecinales; Que, el artículo 111º de la norma precitada señala que, los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal y del ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la Constitución y la respectiva ley de la materia; Que, el numeral 6 del artículo 113º, de la misma norma invocada precisa que el vecino de una jurisdicción municipal puede ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de su distrito y su provincia, mediante el mecanismo de participación, a través de las Juntas Vecinales, comités de vecinos, asociaciones vecinales, organizaciones comunales u otras similares de naturaleza vecinal; Que, en esa línea, el artículo 116º de la citada norma, establece que los concejos municipales, a propuesta del Alcalde, de los regidores o a petición de los vecinos, constituyen juntas vecinales, mediante convocatoria pública a elecciones; Que, la Ordenanza Nº 207-MDL, publicada el 27 de marzo del 2008, que aprueba el reglamento de elecciones de Juntas Vecinales Comunales del Distrito de Lince, señala en su artículo 8º que: “ el Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía, convoca a elecciones de Delegados de las Juntas Vecinales Comunales, designa un Comité Electoral y establece el Cronograma Electoral, antes del vencimiento del mandato de las Juntas Vecinales Comunales ”; Que, mediante Informe Nº 073-2020-MDL-GDH- OPV-AVCF, de fecha 04 de noviembre de 2020, el Gestor de Programas Juveniles y Participación Ciudadana comunica a la Gerencia de Desarrollo Humano, la necesidad de designar al Comité Electoral que se encargue del desarrollo del proceso de elección de la Junta de Delegados Vecinales Comunales del distrito de Lince para el periodo 2020 – 2021 y la elaboración del cronograma; para lo cual eleva la propuesta para su conformación, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 207-MDL; Que, mediante Informe Nº 048-2020-MDL-GDH, de fecha 04 de noviembre de 2020, la Gerencia de Desarrollo Humano, presenta a la Gerencia Municipal, la propuesta de Decreto de Alcaldía, que designa al Comité Electoral que se encargue del desarrollo del proceso de elección de la Junta de Delegados Vecinales Comunales del distrito de Lince para el periodo 2020 – 2021, de conformidad al artículo 8º de la Ordenanza 207-MDL, Ordenanza que aprueba el Reglamento para Elecciones de Juntas Vecinales Comunales del distrito de Lince; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modi fi catorias; DECRETA:Artículo Primero.- Convocar a Elecciones de Delegados de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de Lince para el periodo 2020 – 2021, la cual se llevará a cabo de acuerdo al cronograma que se aprobará oportunamente, conforme a los fundamentos expuestos. Artículo Segundo.- DESIGNAR al Comité Electoral para el proceso de Elecciones de Delegados de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de Lince para el periodo 2020 – 2021, quedando conformado de la siguiente manera: - Salvador Manuel Mendo López Presidente - Violeta Delgado Tejeda Secretaria- María Virginia Castillo Jara Vocal Artículo Tercero.- DISPONER, que se noti fi que el presente Decreto a los integrantes del Comité Electoral.