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29 NORMAS LEGALES Martes 10 de noviembre de 2020 El Peruano / SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Citibank del Perú S.A. el cierre de agencia ubicada en el distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 02669-2020 Lima, 28 de octubre de 2020LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por Citibank del Perú (en adelante, el Banco) para que se le autorice el cierre de la agencia denominada “Camino Real”; y, CONSIDERANDO:Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de O fi cinas y Uso de Locales Compartidos - Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018 y la Resolución Administrativa Nº 240-2013; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a Citibank del Perú S.A. el cierre de la agencia denominada “Camino Real” ubicada en Avenida Camino Real Nº 465 - O fi cina 504, Distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA TERESA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1901035-1 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a financiar los gastos de la contratación de sociedad de auditoría externa RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 188-2020-P/TC Lima, 20 de octubre de 2020VISTOSEl O fi cio 000334-2020-CG/GAD, de fecha 1 de octubre de 2020, el correo electrónico de la o fi cina de Presupuesto y el Informe 066-2020-OP/TC, de fechas 6 y 8 de octubre de 2020, respectivamente; y, CONSIDERANDOQue el artículo 20 de la Ley N.º 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N.º 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional a realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos de la contratación de las sociedades de auditoría, previa comunicación de dicho organismo; Que mediante la Resolución de Contraloría N.º 369- 2019-CG, de fecha 22 de octubre de 2019, se aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno nacional deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que con el O fi cio N.º 000334-2020-CG/GAD, de fecha 01 de octubre de 2020, el Contralor General de la Republica comunica que, conforme a la legislación invocada, le corresponde al Tribunal Constitucional realizar la transferencia fi nanciera para la contratación de la sociedad auditora que se encargará de efectuar la auditoría fi nanciera gubernamental del período 2020; y que el 100% de la retribución económica, incluido el IGV, asciende a S/ 72,065.00. Asimismo, en dicho documento se precisa que se podrá excepcionalmente efectuar la transferencia del 50% de la referida retribución económica y por el otro 50% se deberá adjuntar una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2021, cuya transferencia debe efectuarse a más tardar en enero del año 2021; Que, mediante el correo electrónico de fecha 06 de octubre de 2020, la O fi cina de Presupuesto informa que en la especi fi ca 24.13.11 cuentan a la fecha con un saldo de S/.39,967.50 (treinta y nueve mil novecientos sesenta y siete con cincuenta céntimos), para realizar la transferencia a la Contraloría General del 50% según el ofi cio de requerimiento de la Contraloría General de la República; Que, asimismo, la O fi cina de Presupuesto, mediante el Informe N.º 066-2020-OP/TC informa que se ha otorgado previsión presupuestal para el ejercicio fi scal 2021 por el monto de S/. 36,032.50 para el pago del 50% de la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la Auditoría Financiera Gubernamental al Tribunal Constitucional, período 2020; Que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N.º 014-2019, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el artículo 41 del Decreto Legislativo N.º 1440, que aprueba el Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Ley N.º 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y su Reglamento Normativo, SE RESUELVE Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Artículo Primero.- Autorizar en vía de regularización con fecha 07 de octubre de 2020, la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2020, del Pliego 024: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, de S/. 36 032.50 (treinta y seis mil treinta y dos con 50/100 soles) a favor de la Contraloría General de la República, destinada a fi nanciar los gastos derivados de la contratación de