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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (10/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Martes 10 de noviembre de 2020 / El Peruano del Ministerio de Salud, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales b) y h) del artículo 5 del acotado Decreto Legislativo, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud, entre otros; Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modi fi cado por los Decretos Supremos Nº 011-2017-SA y Nº 032-2017-SA, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de salud pública en materia de prevención y control de la tuberculosis, entre otras; asimismo, según lo dispuesto en el literal b) del artículo 64 del mencionado Reglamento, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública tiene como función proponer, evaluar y supervisar la implementación de políticas, normas, lineamientos y otros documentos normativos en materia de intervenciones estratégicas de salud pública; Que, por Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, debido a la existencia de la COVID-19 y se dictan medidas de prevención y control para evitar la propagación de dicha enfermedad, habiendo sido prorrogada dicha Emergencia Sanitaria mediante los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA y Nº 027-2020-SA; Que, mediante los documentos del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública propone para su aprobación la Directiva Sanitaria para el cuidado integral de la persona afectada por tuberculosis en el contexto de la pandemia COVID-19, cuya fi nalidad es contribuir a la disminución de la morbilidad y mortalidad por tuberculosis y COVID-19 en el país; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; Con el visado del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, del Director General de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modi fi cado mediante los Decretos Supremos Nº 011- 2017-SA y Nº 032-2017-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Directiva Sanitaria Nº 123 -MINSA/2020/DGIESP “Directiva Sanitaria para el cuidado integral de la persona afectada por tuberculosis en el contexto de la pandemia COVID-19”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Salud.Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 1901557-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS Designan asesor de la Alta Dirección en el Despacho de la SUTRAN RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº D000057-2020-SUTRAN-CD Lima, 9 de noviembre del 2020VISTA: La propuesta de la Superintendenta de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de asesor de la Alta Dirección en el Despacho de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran, por lo que corresponde designar al servidor que ocupe dicho cargo; Que, en atención a la propuesta formulada por la Superintendenta de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran, resulta conveniente designar al señor Edwin Omar Cárdenas Alarcón en dicho cargo; Que, siendo el Consejo Directivo el órgano máximo de la entidad, le corresponde designar y remover a los funcionarios que ocupan los cargos de con fi anza de la Sutran, así como expedir resoluciones en el ámbito de su competencia, conforme lo establecido en los literales d) e i) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado con el Decreto Supremo Nº 006-2015-MTC; De conformidad con la Ley Nº 29380- Ley de creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran y el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado con el Decreto Supremo Nº 006-2015-MTC; y contando con los vistos buenos de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Edwin Omar Cárdenas Alarcón en el cargo de con fi anza de asesor de la Alta Dirección en el Despacho de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran. Artículo 2.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a Superintendencia, Gerencia General, O fi cina de Administración y al señor Edwin Omar Cárdenas Alarcón, para conocimiento y los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional, www.sutran.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA ELIZABETH CAMA MEZA Presidente del Consejo Directivo de SUTRAN ISMAEL SUTTA SOTO Miembro del Consejo Directivo de SUTRAN 1901553-1