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38 NORMAS LEGALES Jueves 26 de noviembre de 2020 / El Peruano Artículo 7.- Noti fi car la presente resolución a todas las Unidades y Sub Unidades del Programa Nacional “A Comer Pescado” y a los responsables designados. Regístrese, comuníquese y publíquese.FELIX FABIÁN PUENTE DE LA VEGA CHUMBE Coordinador EjecutivoPrograma Nacional “A Comer Pescado” 1906466-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 012-2020-PRODUCE Mediante O fi cio N° 001412-2020-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema N° 012-2020-PRODUCE, publicada en la edición del día 25 de noviembre de 2020. En el artículo 1:DICE:“Artículo 1.- Designar a la señora ROSA ANA BALCÁZAR SUÁREZ, en el cargo de Viceministra de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción.” DEBE DECIR:“Artículo 1.- Designar a la señora JUANA ROSA ANA BALCÁZAR SUÁREZ, en el cargo de Viceministra de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción.” 1906604-1 RELACIONES EXTERIORES Pasan a la situación de retiro a Embajador en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 134-2020-RE Lima, 25 de noviembre de 2020VISTO:El Informe (OAP) N° 183/2020, de la O fi cina de Administración de Personal de la O fi cina General de Recursos Humanos, de 26 de octubre de 2020; CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del artículo 18 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado defi nitivamente de la situación de actividad al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero; Que, el artículo 44 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobada por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, establece que el pase a la situación de retiro al cumplir los 70 años de edad o 20 años en cualquier categoría, se hará efectivo de o fi cio, mediante Resolución Suprema. La determinación de los 20 años en la categoría se efectuará previo informe de la Ofi cina General de Recursos Humanos; Que, la O fi cina General de Recursos Humanos, mediante el Informe (OAP) N° 183/2020, señala que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Fernando Augusto Sandoval Dávila, cumplirá el 2 de enero de 2021, 70 años de edad, por lo que corresponde su pase a la situación de retiro, según lo dispuesto en la Ley N° 28091; y, De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Fernando Augusto Sandoval Dávila, el 2 de enero de 2021, por cumplir en la citada fecha setenta años de edad. Artículo 2.- Dar las gracias al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Fernando Augusto Sandoval Dávila, por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República ELIZABETH ASTETE RODRÍGUEZ Ministra de Relaciones Exteriores 1906603-1 Pasan a la situación de retiro a Embajadora en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 135-2020-RE Lima, 25 de noviembre de 2020VISTO:El Informe (OAP) N° 184/2020, de la O fi cina de Administración de Personal de la O fi cina General de Recursos Humanos, de 26 de octubre de 2020; CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del artículo 18 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado defi nitivamente de la situación de actividad al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero; Que, el artículo 44 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobada por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, establece que el pase a la situación de retiro al cumplir los 70 años de edad o 20 años en cualquier categoría, se hará efectivo de o fi cio, mediante Resolución Suprema. La determinación de los 20 años en la categoría se efectuará previo informe de la Ofi cina General de Recursos Humanos; Que, la O fi cina General de Recursos Humanos, mediante el Informe (OAP) N° 184/2020, señala que la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Hilda Maritza Puertas Valdivieso de Rodríguez, cumplirá el 29 de enero de 2021, 70 años de edad, por lo que corresponde su pase a la situación de retiro, según lo dispuesto en la Ley N° 28091; y, De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro a la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República