TEXTO PAGINA: 21
21 NORMAS LEGALES Jueves 26 de noviembre de 2020 El Peruano / Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil veinte. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas RICARDO DAVID CUENCA PAREJA Ministro de Educación 1906648-5 Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 DECRETO SUPREMO N° 363-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 34.1 del artículo 34 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, hasta por el monto de S/ 1 590 612 327,00 (MIL QUINIENTOS NOVENTA MILLONES SEISCIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 SOLES), para fi nanciar, entre otros, lo dispuesto en los literales a), d) y e) de dicho numeral, referidos al pago de las asignaciones temporales y demás derechos, bene fi cios y conceptos remunerativos correspondientes a los profesores en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; al pago de los derechos y bene fi cios correspondientes de los profesores contratados en el marco del Contrato de Servicio Docente a que se re fi ere la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, y la normatividad complementaria; y, al pago de los derechos y bene fi cios de los auxiliares de educación nombrados y contratados en el marco de la Ley N° 30493, Ley que regula la política remunerativa del Auxiliar de Educación en las instituciones educativas públicas, en el marco de la Ley N° 29944, respectivamente; las que, conforme a lo dispuesto en los numerales 34.2 y 34.4 del citado artículo, se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a propuesta de este último, debiendo publicarse hasta el 26 de noviembre de 2020; para lo cual, en los casos que corresponda, se exonera al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales de lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto de Urgencia N° 014-2019; Que, mediante el O fi cio N° 177-2020-MINEDU/DM, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, a favor de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar el pago de la asignación por tiempo de servicios, el subsidio por luto y sepelio y la compensación por tiempo de servicios a favor de los profesores y auxiliares de educación nombrados en el marco de la Ley N° 29944 y la Ley N° 30493, respectivamente; y, el subsidio por luto y sepelio y la compensación por tiempo de servicios a favor de los profesores y auxiliares de educación contratados en el marco de la Ley N° 30328 y la Ley N° 30493, respectivamente; adjuntando, para ello, el Informe N° 01478-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; así como el O fi cio N° 00462-2020-MINEDU/SPE-OPEP de la citada O fi cina que remite el Informe N° 01596-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP con información complementaria; Que, mediante Memorando N° 1301-2020-EF/53.04, que adjunta el Informe N° 1249-2020-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas señala que el costo de la transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para fi nanciar el pago de los bene fi cios de asignación por tiempo de servicios, subsidio por luto y sepelio y compensación por tiempo de servicios de los profesores y auxiliares de educación nombrados; y, los bene fi cios de subsidio por luto y sepelio y compensación por tiempo de servicios de los profesores y auxiliares de educación contratados, asciende a S/ 26 984 149,00 (VEINTISÉIS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) para un total de 5 911 bene fi ciarios, de acuerdo a lo solicitado por el Ministerio de Educación; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 26 984 149,00 (VEINTISÉIS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, del Ministerio de Educación a favor de los Gobiernos Regionales, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 26 984 149,00 (VEINTISÉIS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar el pago de la asignación por tiempo de servicios, el subsidio por luto y sepelio y la compensación por tiempo de servicios a favor de los profesores y auxiliares de educación nombrados, en el marco de la Ley N° 29944 y la Ley N° 30493, respectivamente; así como el subsidio por luto y sepelio y la compensación por tiempo de servicios a favor de los profesores y auxiliares de educación contratados, en el marco de la Ley N° 30328 y la Ley N° 30493, respectivamente, conforme a lo establecido en los literales a), d) y e) del numeral 34.1 del artículo 34 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de EducaciónUNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para TodosCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5001254 : Transferencia de Recursos para la ejecución de actividadesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 1 519 356,002.4 Donaciones y Transferencias 25 464 793,00 ============ TOTAL EGRESOS 26 984 149,00 ============A LA: En Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales