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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (26/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Jueves 26 de noviembre de 2020 El Peruano / Diplomático de la República y modi fi catorias; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 130-2003-RE y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro, a su solicitud en forma escrita, al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Gabriel Alejandro Pacheco Crespo, a partir del 1 de enero de 2021. Artículo 2.- Dar las gracias al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Gabriel Alejandro Pacheco Crespo, por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República ELIZABETH ASTETE RODRÍGUEZ Ministra de Relaciones Exteriores 1906603-7 Pasan a la situación de retiro a Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 141-2020-RE Lima, 25 de noviembre de 2020VISTOS:La solicitud de pase a la situación de retiro, presentada por el Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Julio Alberto Ocampo Mascaro, quien solicita su pase a la situación de retiro, a partir del 1 de diciembre de 2020; El Informe (OAP) N° 204/2020, de la O fi cina de Administración de Personal de la O fi cina General de Recursos Humanos, de 5 de noviembre de 2020; CONSIDERANDO:Que, el artículo 18 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado de fi nitivamente de la situación de actividad, entre otras causas, a su solicitud en forma escrita; Que, el pase a la situación de retiro se hará efectivo mediante Resolución Suprema; Que, el Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Julio Ocampo Mascaro no está incurso en lo establecido por el artículo 49 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 130-2003-RE y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro, a su solicitud en forma escrita, al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Julio Alberto Ocampo Mascaro, a partir del 1 de diciembre de 2020. Artículo 2.- Dar las gracias al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Julio Alberto Ocampo Mascaro, por los importantes servicios prestados a la Nación.Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República ELIZABETH ASTETE RODRÍGUEZ Ministra de Relaciones Exteriores 1906603-8 Pasan a la situación de retiro a Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 142-2020-RE Lima, 25 de noviembre de 2020 VISTO:El Informe (OAP) N° 187/2020, de la O fi cina de Administración de Personal de la O fi cina General de Recursos Humanos, de 26 de octubre de 2020; CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del artículo 18 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado defi nitivamente de la situación de actividad al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero; Que, el artículo 44 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobada por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, establece que el pase a la situación de retiro al cumplir los 70 años de edad o 20 años en cualquier categoría, se hará efectivo de o fi cio, mediante Resolución Suprema. La determinación de los 20 años en la categoría se efectuará previo informe de la Ofi cina General de Recursos Humanos; Que, la O fi cina General de Recursos Humanos, mediante el Informe (OAP) N° 187/2020, señala que el Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Carlos Alberto Cueto Carrión, cumplirá el 22 de febrero de 2021, 70 años de edad, por lo que corresponde su pase a la situación de retiro, según lo dispuesto en la Ley N° 28091; y, De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Carlos Alberto Cueto Carrión, el 22 de febrero de 2021, por cumplir en la citada fecha setenta años de edad. Artículo 2.- Dar las gracias al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Carlos Alberto Cueto Carrión, por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República ELIZABETH ASTETE RODRÍGUEZ Ministra de Relaciones Exteriores 1906603-9