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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (22/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Jueves 22 de octubre de 2020 El Peruano / Relaciones Exteriores, Agregaduría del Perú en Italia, OCN INTERPOL - Roma y OCN INTERPOL - Ámsterdam, para lograr la viabilidad de la extradición antes de la fecha límite para su ejecución, habiendo designado al Teniente de la Policía Nacional del Perú Erick Melquiades Castillo Guzmán y a la Subo fi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Vilma Hermelinda Paredes Añape, para que viajen en comisión de servicios a la ciudad de Ámsterdam del Reino de los Países Bajos, a fi n de recibir, custodiar y trasladar a nuestro país, al ciudadano peruano Héctor Filimón Yrribarren Ávalos; Que, en el citado O fi cio, se precisa que se ha autorizado de manera excepcional al Comandante de la Policía Nacional del Perú Enrique Arturo Gamboa Zapata y a la Subo fi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Edy Flor Valverde Espinoza, que se encuentran en misión diplomática en la República Italiana, para que viajen desde la ciudad de Roma de la República Italiana, y trasladen al extraditable desde la ciudad Roma hacia la ciudad de Ámsterdam del Reino de los Países Bajos; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 100-2020-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 19 de octubre de 2020, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Teniente de la Policía Nacional del Perú Erick Melquiades Castillo Guzmán y de la Subo fi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Vilma Hermelinda Paredes Añape, servidores de la O fi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, del 22 al 28 de octubre de 2020, a la ciudad de Ámsterdam del Reino de los Países Bajos, para que ejecuten la extradición activa del ciudadano peruano Héctor Filimón Yrribarren Ávalos, y de manera excepcional, se autorice el viaje en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Enrique Arturo Gamboa Zapata y de la Subo fi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Edy Flor Valverde Espinoza, servidores de la Agregaduría Policial de la Embajada del Perú en la República Italiana, del 27 al 28 de octubre de 2020, desde la ciudad de Roma de la República Italiana a la ciudad de Ámsterdam del Reino de los Países Bajos, para que trasladen al mencionado extraditable y lo entreguen en la ciudad de Ámsterdam al personal comisionado de la O fi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, haciendo en ese acto el relevo de custodia; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2017-IN, establece en su artículo 13 que “La Oficina Central Nacional INTERPOL - Lima de la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes: (…) 7) Ejecutar las extradiciones activas y pasivas de ciudadanos nacionales o extranjeros, requeridos por la autoridad judicial nacional o extranjera y que se encuentren en territorio nacional o internacional, vía los canales y procedimientos diplomáticos correspondientes, en el marco de la legislación vigente y los Tratados de Extradición de los cuales el Perú es parte (…)”; Que, en ese sentido, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de viáticos del citado personal policial, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, y los gastos por pasajes aéreos (ida y vuelta) serán asumidos por el Poder Judicial, conforme se precisa en la Hoja de Estudio y Opinión N° 100-2020-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”; Que, el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, en su artículo 11 establece que “11.1. Durante el Año Fiscal 2020, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias (…)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Teniente de la Policía Nacional del Perú Erick Melquiades Castillo Guzmán y de la Subo fi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Vilma Hermelinda Paredes Añape, servidores de la O fi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, del 22 al 28 de octubre de 2020, a la ciudad de Ámsterdam del Reino de los Países Bajos, y del Comandante de la Policía Nacional del Perú Enrique Arturo Gamboa Zapata y de la Subo fi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Edy Flor Valverde Espinoza, servidores de la Agregaduría Policial de la Embajada del Perú en la República Italiana, del 27 al 28 de octubre de 2020, desde la ciudad de Roma de la República Italiana a la ciudad de Ámsterdam del Reino de los Países Bajos, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: