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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (22/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Jueves 22 de octubre de 2020 / El Peruano la parte resolutiva de la Ordenanza Municipal Nº 007-2020-MPGSC del 14 de setiembre de 2020 en cuanto a la derogación de la Ordenanza Nº 002-2012-MPGSCO, cuando sólo corresponde la derogación del literal a) del artículo primero de la misma. Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972 y estando a los fundamentos antes expuestos en uso de las facultades conferidas por los numerales 3 y 8 del artículo 9 de la Ley antes mencionada y contando con el voto UNÁNIME de los señores regidores asistentes a la sesión de concejo del 14 de setiembre de 2020, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas se aprueba la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE CORRIGE EL ERROR MATERIAL DEL ARTÍCULO SEGUNDO DE LA PARTE RESOLUTIVA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2020-MPGSC Artículo Primero.- CORREGIR, el error material contenido en el artículo segundo de la parte resolutiva de la Ordenanza Municipal No. 007-2020-MPGSC del 14 de setiembre de 2020, conforme lo siguiente: DICE:Artículo Segundo. - DEROGAR la Ordenanza Nº 02-2012, la Ordenanza Nº 05-2012, Ordenanza Nº 001-2019 y Ordenanza Nº 011-2019-MPGSCO; así como cualquier otro dispositivo que se oponga a la presente ordenanza. DEBE DECIR:Artículo Segundo.- DEROGAR el literal a) del artículo primero de la Ordenanza Nº 002-2012, la Ordenanza Nº 05-2012 y Ordenanza Nº 011-2019-MPGSCO; así como cualquier otro dispositivo que se oponga a la presente ordenanza. Artículo Segundo.- PRECISAR, que los demás extremos de la Ordenanza Municipal Nº 007-2020-MPGSC, quedan subsistentes. Artículo Tercero.- NOTIFIQUESE la presente a todas las dependencias. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. LUIS ALBERTO CONCHA QUISPITUPAC Alcalde 1895401-1 COMUNICADO REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE LOS TUPA Y SUS RESPECTIV AS NORMAS APROBATORIAS EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO Y EN SU PORTAL WEB DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA De acuerdo con lo dispuesto por los Decretos Legislativos Nºs. 1272 y 1452, se comunica a los organismos públicos que las solicitudes de publicación de las normas que aprueban el TUPA o su modi fi cación, así como de sus Anexos (TUPA) en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Web, se efectuarán en modo virtual como sigue: 1. El funcionario con fi rma registrada ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: normaslegales@editoraperu.com.pe 2. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O fi cio fi rmado y dirigido al Gerente de Publicaciones O fi ciales, solicitando la publicación de las normas que se indican. b) La norma aprobatoria del TUPA o su modi fi cación, debidamente refrendada, así como su respectivo archivo Word. c) El Anexo (TUPA), el cual se recibe exclusivamente en archivo electrónico, mas no en versión escaneada. El o fi cio y dispositivo legal deberán enviarse escaneados y fi rmados digitalmente. Si no se cuenta con fi rma digital, deberán consignarse sello y fi rma manual del funcionario autorizado. 3. En el mencionado o fi cio se solicitará de manera expresa lo siguiente: a) La publicación de la norma que aprueba el TUPA o su modi fi cación, en el Diario O fi cial El Peruano. b) La publicación de la norma que aprueba el TUPA o su modi fi cación, así como su respectivo Anexo (TUPA), en el Portal Web del Diario O fi cial El Peruano. Esta publicación en la web es de carácter gratuita, tal como se dispone en el Art. 38.3 de la Ley Nº 27444. 4. El contenido de todo archivo electrónico que se entregue para su publicación será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE. De esta manera, cada entidad pública es responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega a EDITORA PERU para su publicación. 5. El archivo electrónico del TUPA (anexo) deberá cumplir con el siguiente formato: a) Deberá presentarse en un único archivo electrónico de Microsoft Word. En el caso de Microsoft Excel, toda la información se remitirá en una sola hoja de trabajo. b) El tamaño del documento en hoja A4 al 100%.c) El tipo de letra debe ser Arial.d) El tamaño de letra debe ser no menor a 6 puntos.e) El interlineado sencillo.f) Los márgenes de 1.50 cm. en la parte superior, inferior, derecha e izquierda.g) El archivo no debe contener encabezado ni pie de página.h) Todas las hojas deberán indicar en la parte superior el organismo emisor y la norma que aprueba el TUPA. El archivo electrónico de la norma aprobatoria del TUPA o su modi fi cación, deberá presentarse en formato Word, conteniendo en la parte correspondiente, la siguiente información: - Nombre de la institución. - Tipo y número de la norma.- Fecha de emisión.- Nombre y cargo de la autoridad que fi rma dicho documento. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES