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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (22/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Jueves 22 de octubre de 2020 El Peruano / que aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funciones – ROF, y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Ate, norma municipal, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 31 de Enero del 2019; Que, mediante Informe Nº 104-2020-MDA/GPE- SGMI, la Sub Gerencia de Modernización Institucional señala que se ha procedido a realizar la adecuación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, conforme a las disposiciones señaladas en el Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM, remitiendo el Anexo que forma parte de la propuesta de adecuación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, del procedimiento de “Acceso a la Información Pública, creada u obtenida por la Entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control” y la propuesta del formato requerido para su atención, solicitando opinión legal y la prosecución del trámite correspondiente; Que, mediante Memorándum Nº 1516-2020-MDA/ GPE, la Gerencia de Plani fi cación Estratégica opina favorablemente sobre la adecuación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, al Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM, remitiendo el Informe Nº 104-2020-MDA/GPE-SGMI, por lo que recomienda la aprobación del proyecto de Decreto de Alcaldía promovido por la Sub Gerencia de Modernización Institucional, haciéndolo suyo en todos sus extremos, elevando los actuados y remitiéndolo para su revisión y opinión legal; Que, mediante Informe Nº 811-202019-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente adecuar el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, aprobado mediante Ordenanza Nº 403-MDA y modi fi catorias, conforme a las disposiciones y lineamientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM, que aprueba los Procedimientos Administrativos Estandarizados de Acceso a la Información Publica creada u obtenida por la Entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control, la misma que deberá ser aprobado mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Proveído Nº 465-2020-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL NUMERAL 6) DEL ARTÍCULO 20º, Y ARTÍCULO 42º DE LA LEY Nº 27972 - LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES. SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR; la adecuación del Procedimiento Administrativo de Acceso a la Información que produzca o posea la Entidad del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Ate, aprobados mediante Ordenanza Nº 403-MDA, rati fi cado por Acuerdo de Concejo Nº 255 de la Municipalidad Metropolitana de Lima y modi fi catorias, al Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM, que aprobó el Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Publica creada u obtenida por la Entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control, conforme al Anexo I y el formulario para la atención según el Anexo II, que forman parte integrante del presente Decreto de Alcaldía; en merito a los considerandos antes expuestos. Artículo Segundo.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Tercero.- ENCARGAR; a la Gerencia de Tecnologías de la Información, la publicación del presente Decreto de Alcaldía y el íntegro de los anexos adjuntos en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), y a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano, conforme a lo dispuesto en el Artículo 44º, numeral 44.3 del TUO de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.Artículo Cuarto.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Secretaría General, Sub Gerencia de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 1895190-2 MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA Ordenanza que regula el fraccionamiento y/o exoneración total o parcial del pago por derecho de entierro en el Cementerio Municipal ORDENANZA Nº 008-2020/MDPN Punta Negra, 25 de setiembre del 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITAL DE PUNTA NEGRA POR CUANTO:El Concejo Municipal de Punta Negra, en Sesión Extraordinaria Nº 017 de Concejo de la fecha, y; VISTOS:Informe Nº 0071-2020-GDESC/MDPN, de fecha 23 de Julio del 2020, emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios Comunales; Memorandum Nº 206-2020-GM/MDPN, de fecha 29 de Julio del 2020, emitido por la Gerencia Municipal; Informe Nº 064-2020-SGyAJ/MDPN, de fecha 03 de Agosto del 2020, emitido por la Secretaría General y Asesoría Jurídica; Memorandum Nº 215-2020-GM/MDPN, de fecha 03 de Agosto del 2020, emitido por la Gerencia Municipal; Informe Nº 062-2020-GDS/MDPN, de fecha 17 de Agosto del 2020, emitido por la Gerencia de Desarrollo Social; Memorandum Nº 246-2020-GM/MDPN, de fecha 19 de Agosto del 2020, emitido por la Gerencia Municipal; Informe Nº 091-2020-GDESC/MDPN, de fecha 11 de Setiembre del 2020, emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios Comunales y Memorandum Nº 307-2020-GM/MDPN, de fecha 15 de Setiembre del 2020, emitido por la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo estipulado en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Conforme el artículo 3, del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, indica que “La Municipalidad Distrital de Punta negra es un órgano de Gobierno promotor del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y con plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes, goza de autonomía política, economía y administrativa en los asuntos de su competencia. Conforme a Constitución Política del Perú, ejerce actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”. Que, conforme al artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.