Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2020 (30/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

Firmado Digitalmente por: EMPRESA PERUANA DE SERVICIOS EDITORIALES S.A. - EDITORA PERU Fecha: 30/10/2020 20:31:45

Gerente de Publicaciones Oficiales : Ricardo Montero Reyes

"AÑO DE LA UNIVERSALIZACIÓN DE LA SALUD"

NORMAS LEGALES
Año XXXVII - Nº 15705
VIERNES 30 DE OCTUBRE DE 2020

1

EDICIÓN EXTRAORDINARIA
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 335-2020-EF.- Amplían plazo para el otorgamiento de la Garantía del Gobierno Nacional a los créditos del Programa "REACTIVA PERÚ" 1 RELACIONES EXTERIORES R.S. N° 126-2020-RE.- Cancelan el Exequátur que reconoce a Cónsul General de Bolivia en Lima 2

ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Res. N° 192-2020-OS/CD.- Aprueban publicación para comentarios del "Procedimiento y Cronograma para la adecuación de los agentes de la cadena de comercialización de GLP a las obligaciones normativas de comercialización y seguridad establecidas en el Decreto Supremo N° 0092020-EM" y el proyecto de resolución de Consejo Directivo que lo aprueba 3

PODER EJECUTIVO

ECONOMIA Y FINANZAS
Amplían plazo para el otorgamiento de la Garantía del Gobierno Nacional a los créditos del Programa "REACTIVA PERÚ"
DECRETO SUPREMO Nº 335-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1455, Decreto Legislativo que crea el Programa "REACTIVA PERÚ" para asegurar la continuidad en la cadena de pagos ante el impacto del COVID-19, y sus modificatorias, se aprueban medidas para promover el financiamiento de la reposición de los fondos de capital de trabajo de las empresas que enfrentan pagos y obligaciones de corto plazo con sus trabajadores y proveedores de bienes y servicios; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1455, autoriza el otorgamiento de la Garantía del Gobierno Nacional hasta por la suma de S/ 30 000 000 000,00 (treinta mil millones y 00/100 soles), disponiendo en el numeral 2.2 del artículo 2, que la garantía antes indicada cubre los créditos en

moneda nacional que sean colocados por las Empresas del Sistema Financiero, a partir de la vigencia del Reglamento Operativo del citado Programa hasta el 30 de junio de 2020; plazo que puede ser ampliado mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas; Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1485, se amplió el monto máximo autorizado para el otorgamiento de la Garantía del Gobierno Nacional a los créditos del Programa "REACTIVA PERÚ", hasta por la suma de S/ 30 000 000 000,00 (treinta mil millones y 00/100 soles) adicionales a los inicialmente autorizados mediante el Decreto Legislativo Nº 1455; Que, mediante los Decretos Supremos Nº 1542020-EF y Nº 287-2020-EF, se amplía el plazo para el otorgamiento de la Garantía del Gobierno Nacional a los créditos del Programa "REACTIVA PERÚ", hasta el 30 de setiembre y 31 de octubre de 2020, respectivamente; Que, en el marco del Programa "REACTIVA PERÚ", actualmente existen montos subastados en proceso de ser presentados ante la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. ­ COFIDE para el otorgamiento de las garantías, y a efectos de asegurar el mayor número de créditos con Garantía del Gobierno Nacional, en especial de la micro y pequeña empresa, resulta necesario ampliar el plazo para el otorgamiento de la Garantía del Gobierno Nacional a los créditos del Programa "REACTIVA PERÚ", previsto en el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1455; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1455, Decreto Legislativo que crea el Programa "REACTIVA PERÚ" para asegurar la continuidad en la cadena de pagos ante el impacto del COVID-19, y sus modificatorias;

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