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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (03/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Jueves 3 de setiembre de 2020 / El Peruano ANEXO 1 ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROMUEVE LAS MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD Y CONTROL PARA PREVENIR EL COVID-19; EN TODO TIPO DE ESTABLECIMIENTO ORIENTADOS A LA REACTIVACIÓN PROGRESIVA DE ACTIVIDADES EN EL DISTRITO DE VENTANILLA Artículo 1.- Finalidad La presente ordenanza tiene por fi nalidad regular las medidas de prevención, control, seguridad y protección sanitarias para ser aplicadas en todo tipo de establecimientos orientados a la reactivación progresiva de actividades en el distrito de Ventanilla, tales como locales comerciales, industriales, de servicios y/o cualquier otra índole; para prevenir y evitar el contagio y propagación del COVID-19 y facultar las acciones de fi scalización y control, a través de su cumplimiento, garantizando un equilibrio entre las observancias de las medidas sanitarias y la reanudación de actividades todo ello en el irrestricto respecto al servicio de atención con higiene, prevención de riesgos y protección de la vida humana y la salud pública en general. Artículo 2.- Medidas de Bioseguridad y Control Se deberán implementar las siguientes medidas de bioseguridad en todo tipo de establecimientos; tales como locales comerciales, industriales, de servicios y/o cualquier otra índole las mismas que serán supervisadas por sus conductores y por personal de la municipalidad para su fi el cumplimiento, siendo estas las siguientes: 2.1. Para el establecimiento: a) Señalizar el distanciamiento para el ingreso al local no menor a un metro (1.00 m) de distancia como mínimo entre personas. b) Disponer el orden y control de las personas al ingreso y salida al local, para ello contar con personal que realizara la entrega de tickets que ordenen el ingreso de los usuarios al establecimiento, de acuerdo a su capacidad de atención diaria o en su defecto otorgar tickets con horarios de ingreso, a través de citas telefónicas, por internet u otro método indirecto disponible. c) Disponer en las instalaciones surtidores con alcohol al 70% o gel desinfectante como mínimo al 60% para el uso de los operadores y público en general. Es recomendable contar con personal que promueva la desinfección de manos de manera aleatoria en el interior de los establecimientos. d) Disponer la desinfección de todas las super fi cies de contacto en el establecimiento diariamente con Hipoclorito de Sodio al 0.1% (20 ml de hipoclorito de sodio al 5% en 1 litro de agua). Podrían usarse de manera alternativa las siguientes: • Solución de alcohol al 70%. Para el caso de alcohol puro recti fi cado al 96%: medir 70 ml de alcohol al 96% y diluir en agua destilada o agua hervida y completar a 100 ml. • Solución de Peróxido de hidrogeno al 0.5%. Para el caso de agua oxigenada al 3%: diluir 17 ml en agua destilada o agua hervida fría y completar a 100 ml. e) Disponer la desinfección de productos manipulables en la provisión y entrega de estos hacia los clientes. f) Disponer la desinfección de las super fi cies inertes en contacto con los alimentos, mediante el uso de un paño humedecido con Hipoclorito de Sodio al 0.1%. g) Implementar la desinfección de los coches, canastillas u otro medio de transporte de alimentos u otros productos de compra, inmediatamente antes y después del uso realizado por el cliente, éste debe aplicarse humedecido con Hipoclorito de Sodio al 0.1%. h) Disponer la desinfección de todo vehículo que transporte bienes o brinde servicios a su ingresa al establecimiento, así como de los transportistas y personal. i) Disponer la desinfección de los vehículos y de los usuarios, asistentes y/o clientes que ingresen al establecimiento. j) Incrementar la limpieza y desinfección de todas las áreas del establecimiento tales como: pisos, paredes, puertas, ventanas, ascensores, timbres, rejas, entradas principales, barandas, pasamanos, picaportes, interruptores de luz, puertas, gavetas, topes de puertas, muebles, estantería, así como todos aquellos elementos con los cuales las personas tienen contacto constante y directo de manera permanente, al menos una vez al día. k) Disponer el control de temperatura corporal con termómetro infrarrojo a todas las personas en general previamente a su ingreso al establecimiento. l) Disponer de un maniluvio y/o un personal que dispensará alcohol al 70% o alcohol gel de al menos 60% al ingreso del local. m) Disponer de pediluvios para la desinfección de calzado. n) Disponer que los servicios higiénicos cuenten con dispensadores de jabón líquido, gel desinfectante, toallas de papel y señalética referente al correcto lavado de manos. o) Disponer el control de aforo máximo permitido, que será del 50% del señalado en el Certi fi cado ITSE, para los establecimientos en general y del aforo al 40% del señalado en el Certi fi cado ITSE para Restaurantes y Servicios A fi nes, excepto bares. p) Colocar banners o a fi ches visibles que promuevan las medias de bioseguridad (limpieza, desinfección y protección personal), así como limpieza y desinfección de super fi cies inertes y vivas (frutas y verduras) q) Garantizar el cumplimiento del distanciamiento social durante el refrigerio o ingesta de alimentos de trabajadores, colaboradores y/o usuarios. r) Reportar a las autoridades de salud correspondientes en caso de trabajadores o colaboradores enfermos para el cumplimiento del protocolo establecido y limitar la propagación del Covid-19, asimismo disponer el cierre del establecimiento para realizar una limpieza y desinfección profunda de todos los ambientes. s) Brindar charlas o capacitaciones a los trabajadores y colaboradores sobre protocolos de higiene, desinfección y aforo. t) Disponer de lugares apartados para el depósito de materiales usados y eliminación selectiva de residuos. u) Por no contar con la Disponibilidad de puntos estratégicos para el acopio de equipos de protección personal usados (EPP), material descartable posiblemente contaminado (guantes, mascarillas u otros), para el manejo adecuado como material contaminado. v) Por no incorporar y/o respetar en áreas de comedores, ascensores, vestidores, cafetines, medios de transporte y otros, deberán mantener la distancia de 1 metro respectivo entre usuarios y se deberá respetar los turnos previamente establecidos. w) Restringir el ingreso de los adultos mayores, niños, mujeres embarazadas y otros miembros de las poblaciones vulnerables a todo tipo de establecimientos, a excepción de la aplicación del artículo 8° del Decreto Supremo N° 116-2020-PCM. 2.2. Para el personal: a) El ingreso del personal que labora en los establecimientos deberá realizarse manteniendo una distancia mínima de un metro (1.00 m) entre cada uno. b) Controlar y registrar la temperatura corporal de todo el personal de manera obligatoria diariamente al inicio y fi nal de sus actividades. Es recomendable contar con un pulsioxímetro además de los termómetros infrarrojos para el control del personal. c) Lavarse las manos y cara con agua y jabón y desinfectarse las manos con alcohol al 70% o alcohol en gel al 60%, antes de iniciar sus labores. El lavado y desinfección de manos debe ser de manera permanente, independientemente de la actividad realizada. d) Hacer uso correcto del equipo de protección personal. e) Realizar a todos los trabajadores el descarte de COVID-19 en forma mensual, que incluya evaluación clínica y prueba de descarte. f) En caso de que en el momento no exista disponibilidad de pruebas de descarte, el empleador deberá presentar una declaración jurada ante la Municipalidad, comprometiéndose a realizarlas mensualmente y/o según la necesidad de atención del establecimiento en merito a las directrices y protocolos emitidos por el Gobierno Nacional.