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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (07/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 84

84 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de abril de 2021 / El Peruano El Programa de Incentivos VPMM tiene por objeto promover e incentivar el cumplimiento puntual de las obligaciones tributarias de nuestro vecino y contribuyentes de nuestro distrito de Magdalena del Mar. Artículo Segundo.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene por fi nalidad establecer el marco legal y las disposiciones generales que regulan el desarrollo del Programa de Incentivos VPMM. Artículo Tercero.- BENEFICIOS Aprobar el Programa de Incentivos del Vecino Preferente de Magdalena del Mar – VPMM que se encontrará constituido por los siguientes bene fi cios: 1) Tarjeta del Vecino Puntual de Magdalena del Mar – “VPMM CARD”. 2) Sorteo de Bienes Muebles.3) Otros que puedan implementarse en el tiempo que coadyuven al proceso de pago oportuno de las obligaciones tributarias de Magdalena del Mar. Artículo Cuarto.- BENEFICIARIOS Serán bene fi ciarios del “Programa de Incentivos del Vecino Preferente de Magdalena del Mar – VPMM”, los contribuyentes personas naturales, propietarias de casa habitación, que cumplan puntualmente con sus obligaciones tributarias en las fechas de vencimiento establecidas por la Administración Tributaria en su oportunidad, y precisadas en el Decreto de Alcaldía correspondiente, que reglamente el otorgamiento de dichos bene fi cios. Las sucesiones intervendrán en las mismas condiciones de las personas naturales debiendo acreditar la representación correspondiente, de conformidad con las normas pertinentes del Código Civil. Los contribuyentes registrados que se encuentren gozando de los bene fi cios tributarios en atención a su condición de pensionista, adulto mayor u otros, y/o cuenten con algún bene fi cio que los exonera de parte o toda su liquidación de Arbitrios, serán bene fi ciarios en la medida que la exoneración no alcance el 80% de su liquidación por concepto de Arbitrios Municipales o no alcance el 100% de su liquidación por concepto de Impuesto Predial. Artículo Quinto.- DE LA PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE VPMM El acceso a los bene fi cios del Programa de Incentivos del Vecino Preferente de Magdalena del Mar – VPMM, y la condición del vecino puntal se perderá cuando: 5.1 Se incumpla con el pago de las obligaciones tributarias dentro de las fechas establecidas por la Administración Tributaria. 5.2 Se incurra en subvaluación o infracción tributaria.5.3 Se produzca el fallecimiento del titular de la obligación tributaria. El acceso a los bene fi cios del Programa de Incentivos del Vecino Preferente de Magdalena del Mar – VPMM se podrá recuperar siempre que, en el caso del numeral 5.2, el contribuyente subsane los hechos que dieron lugar a la subvaluación o infracción cometida y además cancele íntegramente las deudas y/o las multas que se hubieren generado a raíz de las mismas. Artículo Sexto.- FACULTADES FACÚLTESE al Alcalde del distrito de Magdalena del Mar para que mediante decretos de alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias para la adecuación de la presente Ordenanza. Artículo Séptimo.- DE LA COMISIÓN La organización de los diferentes bene fi cios a otorgarse y evaluación de bene fi ciarios estará a cargo de una sola comisión que estará a conformada de la siguiente manera: - Presidente : Gerente de Desarrollo Humano - Miembro : Gerente de Administración Tributaria y Rentas- Miembro : Gerente de Administración y Finanzas- Miembro : Gerente de Comunicaciones- Miembro : Subgerente de Logística y Control Patrimonial Artículo Octavo.- CUMPLIMIENTO Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Humano, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Comunicaciones, Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, Gerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico, y demás unidades orgánicas que resulten competentes para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Noveno.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA, TRANSITORIA Y FINAL ÚNICA.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico la difusión del texto íntegro del documento aprobado en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (www.munimagdalena.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOMAGNO CHACON GOMEZ Alcalde 1939978-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Ordenanza Municipal que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2021 del distrito de Pachacámac ORDENANZA MUNICIPAL N° 264-2021-MDP/C Pachacámac, 30 de marzo del 2021.EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PACHACÁMAC VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 003-2021 de la Comisión de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, el Informe Nº 024-2021-MDP/GSCS de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Sostenibilidad, el Memorando Nº 163-2021-MDP/GM/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 056-2021-MDP/OAJ de O fi cina de Asesoría Jurídica sobre el proyecto de “Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2021 del Distrito de Pachacámac”, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, consagra que las municipalidades son órganos de gobierno local, y tienen autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Ley N° 27933, se creó el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) que tiene