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81 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de abril de 2021 El Peruano / Consejo Regional de San Martín para su aprobación sustentado en lo dispuesto en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 y el artículo 20 de la Ley 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Que, mediante Informe Legal Nº 001-2021-GRSM/ ORAL, de fecha 02 de febrero del 2021 la O fi cina Regional de Asesoría Legal, Opina Favorablemente por la emisión de un Acuerdo Regional que apruebe la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría por el importe de S/ 242,895,50 (Doscientos Cuarenta y Dos Mil Ochocientos Noventa y Cinco con 50/100 Soles), debiendo proseguirse con el trámite correspondiente y remitirse al Consejo Regional de San Martín para la emisión del Acuerdo de Consejo. Que, de conformidad con lo establecido con el artículo 39º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, de conformidad con lo establecido con el literal f) del artículo 24º del Reglamento de Consejo Regional “Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional de acuerdo al reglamento”, concordante con el literal n) del artículo 14º del referido reglamento relacionado a los Derechos y Obligaciones de los Consejeros Regionales: “…Asistir a las Sesiones del Consejo Regional y de las comisiones a las que pertenecen con derecho a voz y voto a través de videoconferencia utilizando las tecnologías de información y comunicación (TIC) u otro medio idóneo para la realización de la mismas…”. Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria desarrollada vía virtual en las instalaciones del Auditorio de la Dirección Regional de Agricultura utilizando las tecnologías de la información, llevado a cabo el día 10 de febrero de 2021, aprobó por MAYORÍA el siguiente: ACUERDO REGIONAL:Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría por el importe de S/ 242,895,50 (Doscientos Cuarenta y Dos Mil Ochocientos Noventa y Cinco con 50/100 Soles), debiendo afectar dicha transferencia a la siguiente estructura de gasto. Unidad Ejecutora : 001 - SEDE CENTRAL Fuente de Financiamiento : RECURSOS ORDINARIOSCategoría Presupuestal : 9001 - ACCIONES CENTRALESActividad : 5000003 - GESTION ADMINISTRATIVAEspeci fi ca de gasto : 24.13.11 - A Otras Unidades del Gobierno Nacional 242,895.50 TOTAL 242,895.50Artículo Segundo.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de San Martin realizar los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial el Peruano. Artículo Tercero.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.FIDELITO SALAS VÁSQUEZ Consejero DelegadoConsejo Regional 1940607-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LURÍN Prorrogan la vigencia de la Ordenanza N° 415-2021/ML que establece Beneficios Tributarios por Pronto Pago del 2021, descuentos en Arbitrios Municipales e Intereses Moratorios en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2021-ALC/MDL Lurín, 26 de marzo de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN: VISTO: El Informe Nº 0383-2021-SGRR-GR/ML de la Sub Gerencia de Registro y Recaudación, el Memorándum Nº 361-2021-GR/ML de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 097-2021-GAJ/ML de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º, modi fi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, reconoce a las Municipalidades como órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto de nuestra Carta Magna, que guarda concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; Que, el artículo 29º del Código Tributario, dispone que el plazo para el pago de la deuda tributaria puede ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, con fecha 04 de febrero de 2021, se publicó en el diario o fi cial “El Peruano” la Ordenanza Municipal Nº 415-2021/ML – Ordenanza que establece Bene fi cios Tributarios por Pronto Pago del 2021, descuentos en Arbitrios Municipales e Intereses Moratorios en el distrito de Lurín; Que, en el artículo cuarto de la referida Ordenanza Municipal, se establece como plazo de vigencia para poder acogerse a los bene fi cios tributarios, hasta el 26 de febrero de 2021; Que, en la primera disposición fi nal de la precitada Ordenanza, se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones que fueran necesarias para lograr su adecuada aplicación, incluyendo la prórroga de la misma; Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 002-2021- ALC/ML, publicado en el diario O fi cial “El Peruano” con fecha 26 de febrero de 2021, se prorrogó hasta el 31 de marzo del año en curso la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 415-2021/ML; Que, mediante Informe Nº 0383-2021-SGRR-GR/ ML de fecha 19 de marzo de 2021, la Sub Gerencia de Registro y Recaudación señala que atendiendo a los pedidos de la población se debe ampliar la vigencia de la Ordenanza Municipal de bene fi cios tributarios; Que, con Memorándum Nº 361-2021-GR/ML de fecha 22 de marzo de 2021, la Gerencia de Rentas, haciendo suyo lo peticionado por la Sub Gerencia de Registro y Recaudación, remite los actuados a la Gerencia de Asesoría Jurídica para la emisión de opinión legal; Que, a través del Informe Nº 097-2021-GAJ/ML de fecha 23 de marzo de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite Opinión Legal Favorable con la fi nalidad de prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 415-2021/ML – Ordenanza que establece Bene fi cios Tributarios por Pronto Pago del 2021, descuentos en Arbitrios Municipales e Intereses Moratorios en el distrito de Lurín;