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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (10/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Sábado 10 de abril de 2021 / El Peruano Que, según O fi cio 077-2021-GRH/GR, de fecha 20 de enero de 2021, el Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco, solicita al Consejo Regional la Autorización de la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de la Sociedad de Auditoría, para lo cual adjunta la opinión técnica y legal favorable (Informe N° 023-2021-GRH/GRPPAT e Informe Legal N° 000095-2021-GRH-GGR/ORAJ); Que, mediante Dictamen N° 002-2021-GRH-CR/ COPPATyAL, de fecha 29 de enero de 2021, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, Dictamina favorablemente respecto a la Autorización de Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, para la contratación de la Sociedad de Auditoría; Que, habiéndose tratado en la Sesión Extraordinaria de Consejo Regional, de fecha 29 de enero de 2021, el Dictamen N° 002-2021-GRH-CR/COPPATyAL, el máximo Órgano Colegiado acuerda Autorizar la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, para la contratación de la Sociedad de Auditoría; Que, el inciso o) del artículo 21° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que, “El Presidente Regional tiene las siguientes atribuciones: (…) ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional”. Asimismo, en el artículo 39° de la acotada Ley, señala que: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros”; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco, con el voto MAYORITARIO de sus miembros y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta. ACUERDA: Artículo Primero: AUTORIZAR, la Transferencia Financiera para la Contratación de la Sociedad de Auditoría a favor de la Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001 Sede Huánuco, por el monto de S/ 283,950.00 (Doscientos ochenta y tres mil novecientos cincuenta con 00/100 soles), que se efectuará con cargo a la estructura funcional programática 9001.3999999.50000 06.03.006.0012.00001, en el Grupo Genérico de Gastos 2.3. “Bienes y Servicios”, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinados a fi nanciar los gastos que se deriven para la Contratación de la Sociedad de Auditoría para el periodo auditado 2020, conforme a lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modi fi catorias. Artículo Segundo: TRANSCRIBIR, el presente Acuerdo de Consejo Regional a Gobernación Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Órgano de Control Institucional, interesados, y demás Órganos Estructurados del Gobierno Regional Huánuco. Artículo Tercero: ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la O fi cina de Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VALENTÍN SALAZAR HUERTA Consejero DelegadoConsejo Regional 1941944-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Conforman la “Mesa de Trabajo para las Personas Adultas Mayores-METRAPAM” de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 328-2021/ MDC Cieneguilla, 24 de marzo del 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA; VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo Nº 05, de fecha de 24 de Marzo del 2021; con el Informe Nº 026-2021-MDC/GDS, de fecha 12 de febrero del 2021, de la Gerencia de Desarrollo Social; el Informe Nº 033-2021-MDC/GAJ, de fecha 23 de febrero del 2021, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO:Que de conformidad con lo estipulado en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº28607, las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia. Que de conformidad con lo estipulado en el inciso 8. Del artículo 9º de la Ley 27972, Ley General de Municipalidades, el Consejo Municipal tiene como atribución aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efectos los acuerdos, así como: aprobar normas que garanticen una efectividad de participación vecinal; inciso14 del mismo artículo. Que mediante la Ley Nº30490, Ley de las personas adultas mayores, Artículo 1º, estable un marco normativo que garantiza el ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores, a fi n de mejorar su calidad de vida y se propicie su plena integración al desarrollo social, económico, político y cultural del país. Que, el Artículo 23º de la Ley Nº30490, dispone que el gobierno nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales conformen espacios para abordar las temáticas de las personas adultas mayores, pudiendo constituir para tal fi n comisiones multisectoriales, consejos regionales y mesas de trabajo, respectivamente, integrada por representantes del Estado. Que el Artículo 46 del Reglamento de la Ley Nº30490, establece la creación de espacios en los tres niveles de gobierno para abordar la temática de las personas adultas mayores; correspondiendo a los gobiernos locales distritales lo estipulado en el inciso 46.3, cuyo párrafo es b) Mesa Distrital.- conformada por los representantes de las Instituciones Públicas y Privadas de su jurisdicción en la temática de las personas adultas mayores, así como los representantes de Organizaciones de Personas adultas mayores debidamente acreditadas, registradas y debidamente elegidas en su jurisdicción local. Que, mediante Informe Nº026-2021-MDS/GDS, de fecha de 12 de febrero del 2021, de la Gerencia de Desarrollo Social, al amparo de la Ley Nº30490, Ley de las Personas adultas mayores y su Reglamento promulgada por Decreto Supremo Nº007-2018-MIMP, solicita conformar la “MESA DE TRABAJO PARA LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES-METRAPAM” de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, para tal efecto la mencionada Gerencia propone la conformación con la siguiente institución públicas: