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67 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de abril de 2021 El Peruano / documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASARCE CÓRDOVA SANJINEZ SALAZARRODRÍGUEZ VÉLEZVargas Huamán Secretaria General 1 Segundo párrafo del numeral 4, parte considerativa de la Resolución N° 539-2013-JNE. 2 Aprobada mediante Resolución N° 0412-2020-JNE, publicada el 30 de octubre de 2020, en el diario o fi cial El Peruano . 3 Aprobado mediante la Resolución N° 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario o fi cial El Peruano . 1945408-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Aprueban nuevos formatos de los Convenios de Suministro de Información aprobados mediante la R.J. Nº 33-2018/JNAC/RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000077-2021/JNAC/RENIEC Lima, 20 de Abril de 2021VISTOS: El Informe N° 000014-2021/GG/OC/RENIEC (25MAR2021) y la Hoja de Elevación N° 000096-2021/GG/OC/RENIEC (17ABR2021), de la O fi cina de Convenios de la Gerencia General; el Memorando N° 000175-2021/GG/RENIEC (07ABR2021), de la Gerencia General; el Informe Nº 000474-2021/GAJ/SGAJA/RENIEC (14ABR2021), de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación Nº 000268-2021/GAJ/RENIEC (15ABR2021), de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 26497 se creó el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil RENIEC, con arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil, entre otras; Que con la Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado, se busca cautelar y fortalecer los sistemas administrativos con acciones y actividades de control previo, simultáneo y posterior; en concordancia con la Resolución de Contraloría N° 320-2006-CG, que aprueba las Normas de Control Interno cuyo objetivo principal es propiciar el fortalecimiento de los sistemas de control interno y mejorar la gestión pública y la Resolución de Contraloría N° 146-2019-CG, que aprueba la Directiva Nº 006-2019-CG-INTEG “Implementación del Sistema de Control Interno en las entidades del Estado”, sin perjuicio de la legislación que emitan los distintos niveles de gobierno, así como las normas que dicten los órganos rectores de los sistemas administrativos; Que las diversas áreas del RENIEC, en su constante compromiso de mejoramiento vienen revisando su normativa a efectos de solicitar la aprobación de nuevos documentos normativos o en otros casos, se dejen sin efecto, con la fi nalidad de mejorar u optimizar las labores de cada una de ellas; Que a través del artículo 87° y subsiguientes del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, se detalla y se regula lo relacionado con la colaboración entre entidades, señalando que esta obedece a un criterio de colaboración, sin que ello signifique la renuncia a la competencia funcional de las entidades con las que se va a acordar y ejecutar en dicha colaboración; asimismo, se dispone la posibilidad de que cualquier entidad de la administración pública pueda suscribir convenios con entidades privadas siempre que con ello se cumpla su finalidad y no se vulneren normas de orden público; Que mediante el vigente Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 73-2016/JNAC/RENIEC de fecha 31MAY2016 y modi fi catorias, así como también, la Directiva DI-440- GG/OC/RENIEC “Lineamientos para los Convenios de Suministro de Información y de Cooperación Interinstitucional suscritos por el RENIEC”, se dispone que la Ofi cina de Convenios del RENIEC es la Unidad Orgánica de apoyo de la Gerencia General, encargada de plani fi car, organizar, dirigir, coordinar, supervisar así como, revisar, califi car, tramitar todo tipo de acuerdos y convenios, entre ellos convenios de cooperación, convenios de servicios (suministro de información) con organismos públicos o privados, nacionales o internacionales en asuntos de competencia del RENIEC; Que con los documentos de vistos la O fi cina de Convenios de la Gerencia General, informa y sustenta la necesidad de actualizar los formatos de los Convenios de Suministro de Información aprobados mediante la Resolución Jefatural Nº 33-2018/JNAC/RENIEC (19MAR2018), los cuales se detallan a continuación: - Convenio Prepago de Consultas en Línea Vía Internet y Suministro de Certi fi caciones. - Convenio Post Pago de Consultas en Línea Vía Internet y Suministro de Certi fi caciones. - Convenio de Consultas en Línea Vía Línea Dedicada.- Convenio de Web Service de Datos.- Convenio de Web Service Biométrico Facial.- Convenio de Web Service Biométrico Dactilar- Convenio de Veri fi cación Biométrica de la Identidad de las Personas. - Convenio de Veri fi cación Biométrica con Consulta Integrada. - Adenda al Convenio Prepago de Consultas en Línea Vía Internet y Suministro de Certi fi caciones. Estando a lo opinado favorablemente por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; el Reglamento de Organización y Funciones y la estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 73-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y sus modi fi catorias, y de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS – Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 33-2018/JNAC/RENIEC (19MAR2018), que dejó sin efecto el artículo 12° de la Resolución Jefatural N° 258-2001-JEF/RENIEC (20JUL2001) y por la cual se aprobó los nuevos formatos de Convenios de Suministro de Información, quedando subsistentes las demás disposiciones regulatorias y modi fi catorias. Artículo Segundo.- Aprobar los nuevos formatos de convenios de suministro de información que se detallan,