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68 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de abril de 2021 / El Peruano los que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural: - Convenio Prepago de Consultas en Línea Vía Internet y Suministro de Certi fi caciones. - Convenio Post Pago de Consultas en Línea Vía Internet y Suministro de Certi fi caciones. - Convenio de Consultas en Línea Vía Línea Dedicada.- Convenio de Web Service de Datos.- Convenio de Web Service Biométrico Facial.- Convenio de Web Service Biométrico Dactilar- Convenio de Veri fi cación Biométrica de la Identidad de las Personas. - Convenio de Veri fi cación Biométrica con Consulta Integrada. - Adenda al Convenio Prepago de Consultas en Línea Vía Internet y Suministro de Certi fi caciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 1945620-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre, del Gobierno Regional de Madre de Dios ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2020-RMDD/CR POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día viernes 11 de diciembre del 2020, en su sede institucional, aprobó la siguiente Ordenanza Regional: CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”. Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) contiene los procedimientos que requieren los administrados para cubrir sus necesidades e intereses amparados legalmente, fi ja los requisitos para cada uno de ellos, cali fi cándolos como de evaluación previa o de aprobación automática, precisando el monto y la forma de pago, la autoridad competente para resolver e indicando los recursos que podrán interponerse. Asimismo, en sus artículos 43 y 44, señala el contenido del TUPA, la forma de aprobación y de difusión, precisando en el numeral 44.1, de su artículo 44, que en los gobiernos regionales debe aprobarse mediante Ordenanza Regional.Que, la elaboración y aprobación del TUPA, se rige actualmente en el ámbito administrativo público, por la Resolución de Secretaría de Gestión Pública (R.S.G.P.) Nº 005-2018-PCM-SGP, “Aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA”. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 008-2019- RMDD/CR, se crea la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Madre de Dios, de modo simultáneo a la modi fi cación parcial del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Madre de Dios. Que, luego de levantar las observaciones al proyecto inicial, la Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática presenta la propuesta de Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre, con O fi cio de remisión del Informe Técnico Nº 017-2020-GOREMAD-GRFFS-PyP/GNS. Que, el proyecto de TUPA 2020 de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre, cuenta con 105 procedimientos administrativos, distribuidos en las siguientes áreas: Trámite documentario: 04; Catastro: 03; Comunidades Nativas: 12; Predios Privados: 16; Estadística e Informática: 01; Fauna: 20; Industria: 14; Maderables: 12; No Maderables: 10; PAS: 01; Plantaciones forestales: 01, -para sistemas agroforestales: 05 y –para plantaciones forestales: 05 procedimientos. Asimismo contiene: Proyecto de Ordenanza Regional, Informes Técnicos, el Formato B, el Resumen de Costos y las Tablas ASME –VM, que puntualizan las actividades y recursos, debidamente visados por los órganos responsables. Que, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática, ha dado su conformidad a la propuesta, señalando en su Informe Técnico Nº 014-2020-GOREMAD/GRPPyAT/SGDIEI, que aquella se ha elaborado según los criterios técnico-legales vigentes y los lineamientos prescritos por la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 05-2018-PCM-SGP. Que, asimismo, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Madre de Dios, ha emitido su opinión legal de conformidad con la propuesta, mediante Informe Legal Nº 791-2020-GOREMAD/ORAJ, concluyendo que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobarla, mediante Ordenanza Regional, conforme lo previene el artículo 38 concordante con el artículo 15 a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; por lo que, recomienda remitir los actuados con tal propósito. Que, la Comisión Agraria, Medioambiente, Amazonía y Comunidades Nativas del Consejo Regional de Madre de Dios, en su Dictamen Nº 004-2020-GOREMAD-CR/CAMAAYCC, considera que la propuesta en mención, cumple con los lineamientos para la elaboración y aprobación vigentes, tiene concordancia con las disposiciones pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS y demás normas legales vigentes, señalando que no irrogará gastos adicionales al Fisco, pues se enmarca dentro de sus previsiones, que tampoco incidirá en perjuicio del medio ambiente ni contraviene norma alguna del ordenamiento jurídico nacional; por lo que, recomienda su aprobación mediante Ordenanza Regional. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de sus facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; por mayoría, HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:Artículo Primero.- APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre, del Gobierno Regional de Madre de Dios, que consta de ciento cinco (105) Procedimientos Administrativos, cuyos Antecedentes y Anexos forman parte de la presente norma regional. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, toda disposición que contravenga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional, del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente.