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5 NORMAS LEGALES Viernes 30 de abril de 2021 El Peruano / Las Zonas Estratégicas de Intervención (ZEI) se actualizan periódicamente, mediante Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, a propuesta de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA), en base a los criterios que esta entidad establezca para la adscripción y exclusión de distritos que conforman las Zonas Estratégicas de Intervención (ZEI). Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de abril del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Ministra de Defensa JOSÉ MANUEL ANTONIO ELICE NAVARRO Ministro del Interior 1948733-1 Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en los distritos de Chulucanas, La Matanza y Morropón de la provincia de Morropón, en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas de la provincia de Piura y en los distritos de Canchaque, San Miguel de El Faique y Huancabamba de la provincia de Huancabamba, del departamento de Piura, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales DECRETO SUPREMO Nº 087-2021-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 041-2021- PCM, publicado en la Edición Extraordinaria del Diario Ofi cial El Peruano del 5 de marzo de 2021, se declaró el Estado de Emergencia en varios distritos de las provincias de Morropón, Piura, Huancabamba, Talara y Sullana, del departamento de Piura, que se encuentran detallados en el Anexo del citado decreto supremo; por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan; Que, conforme a lo establecido en el artículo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, y en los artículos 6 y 15 de la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres - SINAGERD”, aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; el Gobierno Regional presenta al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia, la que no deberá exceder de sesenta (60) días calendario, adjuntando los informes técnicos que fundamenten su solicitud, así como las medidas de carácter presupuestal necesarias; Que, mediante el O fi cio N° 110-2021/GRP-100000, de fecha 16 de abril de 2021, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Piura solicita al INDECI, la prórroga del Estado de Emergencia en los distritos de Chulucanas, La Matanza y Morropón de la provincia de Morropón, en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas de la provincia de Piura y en los distritos de Canchaque, San Miguel de El Faique y Huancabamba de la provincia de Huancabamba, del departamento de Piura, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales; Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 8 y 17 de la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres - SINAGERD”, aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM, el INDECI emite opinión técnica respecto a la procedencia de la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia y remite el expediente a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante el O fi cio Nº 1695-2021-INDECI/5.0, de fecha 23 de abril de 2021, el Jefe del INDECI remite el Informe Técnico N° 00057-2021-INDECI/11.0 de fecha 23 de abril de 2021, emitido por el Director de Respuesta de la indicada entidad, sobre la procedencia de la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia, teniendo en consideración el sustento contenido en: (i) el Informe N° 26-2021/GRP-100043, de fecha 14 de abril de 2021, de la O fi cina Regional de Seguridad y Defensa Nacional del Gobierno Regional del Piura; (ii) el Informe Técnico Nº 00195-2021-INDECI/14.0/HAEB, de fecha 21 de abril de 2021, de la Dirección de Rehabilitación del INDECI; y, (iii) el Informe de Emergencia Nº 522-20/4/2021/COEN-INDECI/17:20 Horas (Informe Nº 20), emitido por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN) administrado por el INDECI; Que, en el Informe Técnico N° 00057-2021-INDECI/11.0, la Dirección de Respuesta del INDECI señala que dada la magnitud de la situación identificada en varios distritos de las provincias de Morropón, Piura y Huancabamba, del departamento de Piura, por impacto de daños a consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales; y, habiéndose identificado que existen acciones pendientes de culminar, principalmente en lo relacionado a la implementación de soluciones habitacionales, rehabilitación de vías de comunicación y abastecimiento de agua potable, entre otros; se hace necesario continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias, de rehabilitación que correspondan; Que, asimismo, el mencionado informe técnico señala que, para las acciones a desarrollarse durante la prórroga del Estado de Emergencia solicitada, el Gobierno Regional de Piura y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del INDECI y la participación del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda, continuarán con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias, de rehabilitación que correspondan. Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentados en los estudios técnicos de las entidades competentes; Que, adicionalmente, el citado informe técnico señala que la capacidad técnica, operativa y fi nanciera del Gobierno Regional de Piura, continúa sobrepasada; por lo que, se hace necesario continuar con la intervención técnica y operativa de las entidades del Gobierno Nacional involucradas, respecto a las acciones pendientes de ejecutar. Por dicha razón, la Dirección de Respuesta del INDECI opina que es procedente la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia declarado mediante el Decreto Supremo Nº 041-2021-PCM, en los distritos de Chulucanas, La Matanza y Morropón de la provincia de Morropón, en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas de la provincia de Piura y en los distritos de Canchaque, San Miguel de El Faique y Huancabamba de la provincia de Huancabamba, del departamento de Piura, por el plazo de sesenta (60) días calendario, teniendo en consideración la naturaleza de las acciones pendientes de ejecutar y la complejidad de solución, lo que permitirá continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias, de rehabilitación que