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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (08/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Domingo 8 de agosto de 2021 El Peruano / VISTOS: El O fi cio N° 133 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército; el O fi cio N° 01098-2021-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00819-2021-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio Nº 774-SRI/5 SCh/EME, el Jefe de Relaciones Internacionales de la República Federativa de Brasil hace conocimiento que, de acuerdo al Plan de cursos y prácticas para militares extranjeros en el Ejército Brasilero (PCEMEEB) 2021, existe una (1) vacante para el curso de Geointeligencia para O fi ciales de las Fuerzas Auxiliares, Naciones Amigas (NA) e integrantes del Sistema Brasilero de Inteligencia (SISBIN), a realizarse en la Escuela de Inteligencia del Ejército (ESIMEX), ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, en el periodo comprendido del 9 de agosto al 4 de setiembre de 2021, solicitando la designación de un O fi cial Subalterno del arma de Inteligencia, con conocimiento y dominio avanzado y fl uido del idioma portugués; Que, con Hoja de Recomendación Nº 30887/DPTO EDUC Y DOC, la Comandancia General del Ejército aprobó la designación del Teniente EP Disley Josehp GONZALES HERRERA, para participar en el curso de Geointeligencia para O fi ciales de las Fuerzas Auxiliares, Naciones Amigas (NA) e integrantes del Sistema Brasilero de Inteligencia (SISBIN), a realizarse en la Escuela de Inteligencia del Ejército de Brasil (ESIMEX), ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil; Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, anexada al O fi cio Nº 133 SCGE/N-04, suscrita por el Director de inteligencia del Ejército, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios del citado personal militar, para participar en el curso de Geointeligencia para Ofi ciales de las Fuerzas Auxiliares, Naciones Amigas (NA) e integrantes del Sistema Brasilero de Inteligencia (SISBIN), por cuanto, debido a las necesidades que presentan al contar con un satélite como plataforma espacial, permitirá contar con personal capacitado en este campo para el procesamiento de las diferentes imágenes multiespectrales que son producto de este sensor, para apoyo en la lucha contra el terrorismo, TID, tala ilegal, minería ilegal, control y monitoreo de fronteras, desastres naturales, entre otros, en la cual el Ejército es participe y como inteligencia es una capacidad necesaria; Que, a través del Dictamen Legal Nº 1810-2021/ OAJE, la O fi cina de Asuntos Jurídicos del Ejército opina que es viable autorizar el citado viaje al exterior, por encontrarse enmarcado en la normativa sobre la materia, asimismo, precisa que, con la fi nalidad de garantizar la participación del personal militar designado en el referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término del mismo, sin que éste último irrogue gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión o fi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente; en ese sentido, considerando que el viaje en misión de estudios se realizará a la República Federativa de Brasil, se otorga en adición, el equivalente a un (1) día de viático por concepto de gastos de instalación y traslado; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos, suscrita por el Director de Inteligencia del Ejército, se detallan los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, que se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG;Que, mediante Constancia de Disponibilidad Presupuestal Nº 0192 OPRE/Y, la O fi cina de Presupuesto del Ejército detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución de la presente misión de estudios; asimismo, a través de las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000003857 y N° 0000003858, emitidas por la O fi cina de Presupuesto del Ejército, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje; Que, con el O fi cio N° 133 SCGE/N-04, la Secretaría de la Comandancia General del Ejército solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, al Teniente EP Disley Josehp GONZALES HERRERA, para participar en el curso de Geointeligencia para O fi ciales de las Fuerzas Auxiliares, Naciones Amigas (NA) e integrantes del Sistema Brasilero de Inteligencia (SISBIN), a realizarse en la Escuela de Inteligencia del Ejército de Brasil (ESIMEX), ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 9 de agosto al 4 de setiembre de 2021, así como, autorizar su salida del país el 8 de agosto y su retorno el 5 de setiembre de 2021; Que, a través del O fi cio N° 01098-2021-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 194-2021-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 00819-2021-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente EP Disley Josehp GONZALES HERRERA, para participar en el Curso de Geointeligencia para O fi ciales de las Fuerzas Auxiliares, Naciones Amigas (NA) e integrantes del Sistema Brasilero de Inteligencia (SISBIN), a realizarse en la Escuela de Inteligencia del Ejército de Brasil (ESIMEX), ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Comandancia General del Ejército; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, al Teniente EP Disley Josehp GONZALES HERRERA, identi fi cado con DNI N° 72127043 y CIP N° 123911200, para participar en el curso de Geointeligencia para O fi ciales de las Fuerzas Auxiliares, Naciones Amigas (NA) e integrantes del Sistema Brasilero de Inteligencia (SISBIN), a realizarse en la Escuela de Inteligencia del Ejército de Brasil (ESIMEX), ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 9 de agosto al 4 de setiembre de 2021, así como autorizar su salida del país el 8 de agosto de 2021 y su retorno el 5 de setiembre de 2021. Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima – República Federativa de Brasil – Lima (Clase económica): US$ 1,221.00 x 01 persona (Incluye TUUA) US$ 1,221.00 Viáticos: US$ 370.00 x 01 persona x 28 días US$ 10,360.00 ------------------------ Total a pagar: US$ 11,581.00 Artículo 3.- El Comandante General del Ejército queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin incrementar el tiempo de autorización, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.