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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (10/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 2

2 NORMAS LEGALES Martes 10 de agosto de 2021 El Peruano / Res. Nº 0478-2021/SEL-INDECOPI.- Declaran barreras burocráticas ilegales determinadas exigencias contenidas en el servicio prestado en exclusividad denominado “Duplicado de Tarjeta de Identificación Vehicular” del TUPA de la SUNARP, aprobado mediante D.S. Nº 008-2004-JUS y en el art. 131 de la Res. Nº 039-2013-SUNARP/SN 25 Res. Nº 0479-2021/SEL-INDECOPI.- Declaran barreras burocráticas ilegales determinados cobros indicados en los Procedimientos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12, incorporados al TUPA de la Municipalidad Provincial de Puno mediante la Ordenanza Municipal Nº 002-2019-CMPP/A 26 Res. Nº 0480-2021/SEL-INDECOPI.- Declaran barrera burocrática ilegal la exigencia establecida para toda empresa autorizada para prestar el servicio de taxi de contar con un sistema de telecomunicación, c ontenida en el art. 15 del Reglamento del Servicio de Taxi en la provincia de Huanc ayo, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 006-2014-MPH/A 27 Res. Nº 0491-2021/SEL-INDECOPI.- Declaran barreras burocráticas ilegales diversos requisitos y condiciones impuestos por la Municipalidad Distrital de Desaguadero en los procedimientos 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33 y 34 de su Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado por Ordenanza Nº 05-2016-MDD/CM 27 ORGANISMOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Res. Nº 0777-2021-JNE.- Declaran concluido el proceso de Elecciones Generales 2021, convocado mediante Decreto Supremo N.º 122-2020-PCM 29OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES R.J. Nº 000308-2021-JN/ONPE.- Aprueban el modelo definitivo de la cédula de sufragio para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2021 30 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE UCAYALI D.A. Nº 006-2021-MPU-ALC.- Aprueban adecuación del Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA de la Municipalidad Provincial de Ucayali 34 D.A. Nº 007-2021-MPU-ALC.- Aprueban actualización de diez (10) Procedimientos Administrativos y de un (01) Servicio Prestado en Exclusividad de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones - ITSE 35 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 31335 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY DE PERFECCIONAMIENTO DE LA ASOCIATIVIDAD DE LOS PRODUCTORES AGRARIOS EN COOPERATIVAS AGRARIAS TÍTULO I RÉGIMEN GENERAL CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto de la Ley La presente ley tiene por objeto desarrollar el marco normativo que permita el fortalecimiento organizacional, fomento y promoción de las cooperativas agrarias de usuarios y de sus organismos de integración, dotándolas a su vez de un régimen tributario que responda a su naturaleza y al tipo de actos que desarrollan con sus socios. Artículo 2. De fi nición de cooperativa agraria de usuarios La cooperativa agraria de usuarios es una sociedad de personas que realizan actividad agrícola y/o forestal y/o ganadera, detallada en el anexo de la presente ley, que se han unido de forma voluntaria mediante una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada que cumple con los principios cooperativos. Artículo 3. Objeto de la cooperativa agraria de usuarios La cooperativa agraria de usuarios se constituye con el objeto de brindar servicios relacionados con la actividad agrícola y/o forestal y/o ganadera que sus socios realizan, practicando con ellos actos cooperativos. Entre los servicios que puede brindar la cooperativa a sus socios se encuentran el abastecimiento de productos y servicios, comercialización, procesamiento, transformación, servicios productivos y postproductivos en general, servicios de valor agregado, fi nanciamiento y asesoría técnica, así como cualquier otro servicio conexo o complementario que coadyuve a la realización de su objeto. Estos servicios pueden ser excepcionalmente prestados a terceros, en cuyo caso cali fi can como actos de comercio. De manera enunciativa, el reglamento podrá establecer una lista de las actividades de transformación, sin que ello implique una delimitación de sus alcances dentro del proceso de producción. Artículo 4. Actos cooperativos Son actos cooperativos los realizados entre las cooperativas agrarias de usuarios y sus socios en cumplimiento de su objeto social. Los actos cooperativos reúnen las siguientes características básicas: a) Constituyen actos internos (cooperativa agraria de usuarios - socios), ausentes de lucro. b) No son actos de comercio.c) Tienen la naturaleza de un mandato con representación cuando la cooperativa agraria de usuarios realiza alguna operación en el mercado con el objeto de obtener los bienes o servicios que sus socios requieren o para colocar los bienes o servicios de sus socios en el mercado. En estos casos, la cooperativa agraria ejerce la representación de los socios en el mercado.