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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (17/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Martes 17 de agosto de 2021 El Peruano / PRODUCE Designan Director de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00255-2021-PRODUCE Lima, 16 de agosto de 2021CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración de la Secretaría General del Ministerio de la Producción; siendo necesario designar a la persona que ejercerá el mismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor EDWIN WILY APAZA APAZA en el cargo de Director de la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración de la Secretaría General del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.YVÁN QUISPE APAZA Ministro de la Producción 1982654-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan Asesora II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 147-2021-TR Lima, 16 de agosto de 2021VISTOS: El Memorando Nº 0885-2021-MTPE/4/12, de la Ofi cina General de Recursos Humanos; y el Informe N° 0725-2021-MTPE/4/8, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a II del Despacho Ministerial (CAP-P Nº 005), Nivel F-5, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, es necesario emitir el acto de administración interna mediante el cual se designe a la profesional que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones de la Secretaría General; de la Ofi cina General de Recursos Humanos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora FANNY ESTHER MONTELLANOS CARBAJAL en el cargo de Asesora II del Despacho Ministerial (CAP-P N° 005), Nivel F-5, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.IBER ANTENOR MARAVÍ OLARTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1982332-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan representantes, titular y alterno, del Ministerio ante la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión en calidad de miembros no permanentes, en relación a la controversia con la empresa Metro de Lima Línea 2 S.A RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 796-2021-MTC/01 Lima, 16 de agosto de 2021 VISTOS: El O fi cio N° 303-2021-EF/32 de la Secretaría Técnica de la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión y el Memorando N° 0663-2021-MTC/02 del Despacho Viceministerial de Transportes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión (en adelante, la Ley N° 28933), se crea el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, disponiendo en su artículo 3 que el ámbito de aplicación del referido sistema comprende las controversias que se deriven únicamente de (i) Acuerdos celebrados entre Entidades Públicas e inversionistas nacionales o extranjeros en los que se con fi era derechos o garantías a estos últimos, tales como contratos de privatización, contratos de concesión, convenios de estabilidad jurídica, licencias de explotación de hidrocarburos, y en general todos aquellos acuerdos que se señalen en el reglamento de la citada Ley que remitan a mecanismos internacionales de solución de controversias; y, (ii) Tratados que contengan disposiciones en materia de inversión, celebrados por el Estado peruano con otros Estados y que establezcan procedimientos de solución de controversias entre los inversionistas de un Estado y el Estado receptor de la inversión; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 28933 dispone que la Comisión Especial está adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas y tiene por objeto la representación del Estado en las Controversias Internacionales de Inversión, tanto en su etapa previa de trato directo, como en la etapa arbitral o de conciliación; Que, el literal f) del numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley N° 28933 establece que la Comisión Especial está conformada por miembros permanentes y no permanentes, comprendiendo entre estos últimos a un representante de cada Entidad Pública involucrada en una controversia; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 28933, las Entidades Públicas señaladas en el numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley citada designan a