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15 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de agosto de 2021 El Peruano / MINSA y se publica en los portales institucionales de dichas entidades hasta el 24 de febrero de 2022; Que, mediante el O fi cio Nº 3645-2021-SG/MINSA, el MINSA solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Loreto, para fi nanciar la operación y mantenimiento del Hospital Santa Gema de Yurimaguas; adjuntando el Informe Nº 775-2021-OP-OGPPM/MINSA emitido por la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio; asimismo, mediante el O fi cio Nº 1459-2021-OGPPM-OP/MINSA de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, se adjunta el Informe Nº 804-2021-OP-OGPPM/MINSA, de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, conteniendo los respectivos sustentos; así como el Informe Nº 006-2021-RTP-DGOS/MINSA de la Dirección General de Operaciones en Salud, mediante el cual se señala la fecha de entrada en funcionamiento del Hospital Santa Gema de Yurimaguas y valida su Plan de Implementación Multianual – PIM 2021-2023, aprobado por el Gobierno Regional de Loreto, mediante Resolución Gerencial General Regional Nº 219-2021-GRL-GGR; Que, a través del Memorando Nº 1265-2021-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas remite el costo estimado para el fi nanciamiento del contrato del personal bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, para el período agosto a diciembre del 2021, como parte de la operación y mantenimiento del Hospital Santa Gema de Yurimaguas del Gobierno Regional del Departamento de Loreto, solicitado por el MINSA; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 9 858 028,00 (NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES), del MINSA a favor del Gobierno Regional del Departamento de Loreto, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el numeral 34.1 del artículo 34 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 9 858 028,00 (NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES), a favor del Gobierno Regional del Departamento de Loreto, para fi nanciar la operación y mantenimiento del Hospital Santa Gema de Yurimaguas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de SaludUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSACATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias 9 858 028,00 ========== TOTAL EGRESOS 9 858 028,00 ========== A LA: En SolesSECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 453 : Gobierno Regional del Departamento de LoretoUNIDAD EJECUTORA 405 : Hospital Santa Gema de Yurimaguas CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 9 820 028,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 38 000,00 ========== TOTAL EGRESOS 9 858 028,00 ========== Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y habilitado en la Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3 . Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Monitoreo y seguimiento 4.1 El Gobierno Regional del Departamento de Loreto elabora un informe técnico sobre el cumplimiento y avance físico y fi nanciero de la ejecución de los recursos transferidos a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, en el marco de su Plan de Implementación Multianual y alineado a la gradualidad de entrada en operación de los servicios. Este informe se remite al Ministerio de Salud y se publica en los portales institucionales de dicho Ministerio y del Gobierno Regional del Departamento de Loreto, hasta el 24 de febrero de 2022, de conformidad con lo establecido en el numeral 34.1 del artículo 34 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021. 4.2 El Ministerio de Salud es responsable del monitoreo, seguimiento y veri fi cación del cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales son transferidos los recursos, lo que incluye el monitoreo fi nanciero de dichos recursos, debiendo elaborar y publicar en su portal institucional (www.gob.pe/minsa) un informe sobre las citadas acciones. Artículo 5. Sobre la implementación de la programación de turnos y citas 5.1 Dispóngase que la implementación de la programación de turnos y citas del Hospital Santa Gema de Yurimaguas del Gobierno Regional del Departamento de Loreto, se mide a través del indicador al que se hace referencia en el Anexo 1 “Ficha Técnica del Indicador”. La información es registrada en el aplicativo informático que el Ministerio de Salud dispone y que es utilizada para el monitoreo del logro del citado indicador.