Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (29/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 94

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Domingo 29 de agosto de 2021 El Peruano / Artículo 12º.- DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN BÁSICA En las zonas habilitadas para brindar el servicio de estacionamiento vehicular temporal, se colocará en lugar visible, la siguiente información: a) El número de la Ordenanza de la Municipalidad que regula la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal y el número del Acuerdo del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que la rati fi ca. b) El monto de la tasa aprobada vigente, por cada treinta (30) minutos o fracción. c) El tiempo de tolerancia y tiempo de estacionamiento mínimo. d) El horario de cobro para el uso de los estacionamientos. e) El número de espacios habilitados en la zona.f) El signi fi cado del color de las zonas señalizadas. Artículo 13º.- TRANSPARENCIA EN EL COBRO DE LA TASA Los boletos o comprobantes de pago de la tasa deben consignar los datos relevantes señalados en el artículo precedente, así como el nombre del concesionario, de ser el caso. Únicamente se podrá hacer cobro de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en las áreas señaladas en el Anexo 1. Artículo 14º.- ESTRUCTURA DE COSTOS, DETERMINACIÓN DE TASA Y ESTIMACIÓN DE INGRESOS Aprobar la estructura de costos, determinación de tasa y la estimación de ingresos por el servicio de estacionamiento vehicular temporal en el distrito; que se detallan en los Anexos 2 y 3, los que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 15º.- OBLIGACIONES CONEXAS Cuando por el uso o aprovechamiento de los espacios habilitados se produzcan daños o destrucción del pavimento, letreros, tranqueras o de los elementos de señalización ubicados en la vía pública, el conductor estará obligado al pago de los gastos de reconstrucción, reparación o reposición del bien. Es responsable solidario de dicha obligación, el propietario del vehículo que haya ocasionado los referidos daños. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación conjunta con el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que la rati fi que, en el Diario O fi cial El Peruano. Adicionalmente, se publicará en el portal institucional de la Municipalidad de San Isidro (www.munisanisidro.gob.pe) así como en el portal institucional del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.sat.gob.pe). Segunda.- Deróguese la Ordenanza Nº 537-MSI, de fecha 28 de abril de 2021, que aprobó la tasa de estacionamiento vehicular temporal en el Distrito de San Isidro, y toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Seguridad Vial, a través de la Subgerencia de Tránsito y Movilidad Urbana, la administración y control de la prestación del servicio de estacionamiento vehicular temporal, y el cumplimiento de la presente Ordenanza. Cuarta.- La Municipalidad podrá prestar directamente el servicio de estacionamiento vehicular temporal o a través de cualquiera de las modalidades permitidas por Ley. Quinta.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones técnicas y reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.Dado en San Isidro, a los 23 días del mes de junio de 2021. AUGUSTO CÁCERES VIÑAS Alcalde Anexo Nº 01 - Ordenanza Nº 542-MSI Cantidad de espacios públicos físicos para el estacionamiento vehicular temporal según cuadra y numeración en el distrito de San Isidro VÍATIPO DE VÍACUADRA UBICACIÓN LADO FORMA ESPACIOS Av. República de Panamá Arterial29 Separador Lateral Este Impar Perpendicular 27 30 Separador Lateral Este Impar Perpendicular 59 31 Separador Lateral Este Impar Perpendicular 16 32 Separador Lateral Este Impar Perpendicular 5833 Separador Lateral Este Impar Perpendicular 3334 Separador Lateral Este Impar Perpendicular 3135 Separador Lateral Este Impar Perpendicular 6936 Separador Lateral Este Impar Perpendicular 54 Av. Del Parque Sur Colectora 1Berma Lateral Impar Paralelo 20 Separador Lateral Sur Impar Diagonal 60º 12 Núcleo Central Impar Diagonal 60º 18 Av. Paseo de la República Expresa 30 Berma Lateral Par Perpendicular 12 Av. Javier Prado Este Expresa2 Separador Lateral Sur Par Diagonal 60º 16 3 Separador Lateral Sur Par Diagonal 60º 17 Ca. Manuel BañonLocal 2Berma Lateral Par Paralelo 3 Local Berma Lateral Impar Paralelo 9 Av. Camino Real Colectora1 Berma Lateral Impar Paralelo 7 12 Berma Lateral Impar Perpendicular 11 Av. Jorge Basadre Grohmann Local1 Berma Lateral Par Paralelo 8 2 Berma Lateral Impar Paralelo 4