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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (02/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Jueves 2 de diciembre de 2021 El Peruano / de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 11 de Artículo 9 de la mencionada Ley, señala que son atribuciones del Concejo Municipal el autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario. Dicha atribución se ejerce en concordancia con lo dispuesto en la Ley N° 27619 Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 389 de 18 de noviembre de 2021, se autorizó, entre otros, el viaje a la ciudad de París – Francia, del Alcalde Metropolitano de Lima del 04 al 07 de diciembre de 2021, para que en representación de la Municipalidad Metropolitana de Lima asista a la Audiencia de Pruebas del proceso Arbitral seguido por la Municipalidad Metropolitana de Lima contra Limex (antes Línea Amarilla S.A.C.); Que, la Procuraduría Pública Municipal a través del Informe Con fi dencial N° 002-2021-MML-PPM de 22 de noviembre de 2021, da cuenta que el Tribunal ha dispuesto una modi fi cación en el orden de presentación de las partes, corriendo un día la programación prevista hasta la fecha en que se solicitó y se aprobó el viaje del señor Alcalde. En ese sentido, informa que es de importancia la participación del Alcalde Municipal los días 06 y 07 de diciembre de 2021, debiendo retornar a Perú el día 08 de diciembre de 2021, por lo que solicita se amplíe la autorización de viaje hasta el 08 de diciembre de 2021, lo cual no implica cambio alguno en la asignación de viáticos; Que, atendiendo a lo antes expuesto, la Gerencia de Asuntos Jurídicos mediante Memorando N° D000715-MML-GAJ de 23 de noviembre de 2021, considera viable que el Concejo Metropolitano mediante acuerdo de concejo, amplíe la autorización de viaje del Alcalde Metropolitano de Lima hasta el 08 de diciembre de 2021, sin costo para el Estado; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los Artículos 9 y 41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ:Artículo 1.- Ampliar la autorización de viaje del señor Jorge Vicente Martín Muñoz Wells, Alcalde Metropolitano de Lima del 04 al 08 de diciembre de 2021, a que re fi ere el Acuerdo de Concejo N° 389 de 18 de noviembre de 2021, para que en representación de la Municipalidad Metropolitana de Lima asista a la Audiencia de Pruebas del proceso Arbitral seguido por la Municipalidad Metropolitana de Lima contra Limex (antes Línea Amarilla S.A.C.), quedando subsistentes los demás extremos del citado Acuerdo de Concejo. Artículo 2.- Disponer que la Gerencia de Administración a través de la Subgerencia de Logística Corporativa y la Gerencia de Finanzas, realicen las acciones pertinentes para la ejecución del presente Acuerdo. Artículo 3.- Encargar al Teniente Alcalde, señor Miguel Eugenio Romero Sotelo, el despacho de la Alcaldía durante la ausencia del titular de la entidad, por las consideraciones contenidas en el presente Acuerdo. Artículo 4.- Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, la publicación del presente acuerdo en el Portal Institucional www.munlima.gob.pe. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 2017425-2MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana - PADSC del distrito de San Bartolo-2022 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 316-2021/MDSB San Bartolo, 11 de noviembre de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BARTOLO VISTO:El Acuerdo de Concejo Nº 065-2021/MDSB y demás documentos que sustentan el presente, y; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú concordado con el Artículo II del Título preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 2056- 2019-IN de fecha 20 de diciembre de 2009, se aprueba entre otras, la Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC, que regula los lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana. Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; contando con el voto por UNANIMIDAD de los señores regidores se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA –PADSC DEL DISTRITO DE SAN BARTOLO-2022 Artículo Primero.- APROBAR ORDENANZA PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA-PADSC DEL DISTRITO DE SAN BARTOLO-2022, validado por medio del informe técnico Nº 047-2021-MML-GSGC-STCSC-OCM y aprobado previamente por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC, cuyo anexo forma parte integrante de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia. Artículo Segundo.- ENCARGAR EL CUMPLIMIENTO DE LA PRESENTE ORDENANZA a la GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD, en su condición de responsable de la Secretaría Técnica del CODISEC-SAN BARTOLO, además de informar trimestralmente al Pleno del Concejo Municipal de San Bartolo sobre la implementación y cumplimiento de las actividades programadas en el presente plan. Artículo Tercero.- ENCARGAR al SECRETARIO GENERAL la distribución y/o noti fi cación de la presente al interesado, y a las instancias correspondientes, así como, a la SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN, el cumplimiento de la publicación del texto íntegro del mismo en el Portal Web de la entidad: www.munisanbartolo.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RUFINO ENCISO RIOS Alcalde 2016869-1