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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (02/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Jueves 2 de diciembre de 2021 El Peruano / ANTECEDENTES: I. Los O fi cios Nº 001137 y 001263-2021-ADM- CSNJPE-PJ, de fecha 29 de octubre y 30 de noviembre de 2021, cursados por el administrador de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada –en adelante CSN–, en relación a la propuesta sobre la estructura organizacional de la Secretaría de Sala y de la Mesa de Partes Única en los Órganos Jurisdiccionales del Código de Procedimientos Penales de 1940 de esta CSN. II. Mediante Resolución Administrativa Nº 000098-2021-P-CSNJPE-PJ, se designó al señor abogado Jesús Hernán Ramos Lara como encargado de la Mesa de Partes de las Salas Penales Superiores Nacionales Transitorias Especializadas en Crimen Organizado(ahora Salas Penales Superiores Nacionales Liquidadoras Transitorias), a partir del 13 de abril de 2021. III. Por Resolución Administrativa Nº 000033-2021-P-CSNJPE-PJ, se designó al abogado Juan Ernesto Chávez Del Pino como encargado de la Secretaría de Mesa de Partes de las Salas Penales Superiores Nacionales Transitorias y Juzgado Penal Supraprovincial Transitorio del Sistema Especializado en Delitos de Crimen Organizado (ahora Salas Penales Superiores Nacionales Liquidadores Transitorias y Juzgado Penal Supraprovincial Liquidador Transitorio), a partir del 2 de febrero de 2021. IV. A través de la Resolución Administrativa Nº 000031-2021-P-CSNJPE-PJ, se designó la abogada Carmen Gladys Montesinos Ayala como secretaria de actas encargada de las Salas Penales Superiores Nacionales Transitorias Especializadas en Crimen Organizado (ahora Salas Penales Superiores Nacionales Liquidadoras Transitorias), a partir del 01 de febrero de 2021. V. Mediante Resolución Administrativa Nº 000116-2021-CE-PJ, de fecha 22 de abril de 2021, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial se dispuso principalmente la entrada en vigencia del CPP en todos los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior Nacional, la misma que estaría alineada con la fecha programada para el Distrito Judicial de Lima, y la reubicación de órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima a esta CSN, entre otros, esta resolución marca la ofi cialización del proceso de liquidación de los casos del CdPP en la CSN. VI. Mediante Resolución Administrativa Nº 000112-2020-P-CSNJPE-PJ se rati fi có para el año 2021 al servidor Johan Wiler Espinoza Sabrera como encargado de la Mesa de Partes del Juzgado Penal Supraprovincial Transitorio Especializado en Delitos de Crimen Organizado (ahora Juzgado Penal Supraprovincial Liquidador Transitorio). FUNDAMENTOS:1. Base normativa: el artículo 257 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, estipula que: “Las Salas (…) de las Cortes Superiores, tienen su respectivo Secretario de Sala”, estableciendo sus obligaciones, así como las atribuciones de los secretarios de Salas Penales en los artículo 259 y 260 del citado cuerpo normativo, respectivamente. 2. Sobre las Salas Penales que conocen procesos tramitados conforme al Código de Procedimientos Penales de 1940 en la CSN: la Resolución Administrativa Nº 000299-2021-CE-PJ, de fecha 17 de septiembre de 2021, dispuso diversas medidas administrativas en la CSN entre las que se encuentran las siguientes: “h) Renombrar la 2° Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios como 4° Sala Penal de Apelaciones Nacional. Precisando que tal medida no afectará el cierre de turno; así como la adición de funciones para conocer los procesos tramitados conforme al Código de Procedimientos Penales de 1940, dispuesto en los artículos tercero y cuarto de la Resolución Administrativa N° 000226-2021-CE-PJ. i) Renombrar la 3° Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Crimen Organizado, reubicada mediante Resolución Administrativa N° 000116-2021-CE-PJ, como 5° Sala Penal de Apelaciones Nacional, que en adición de funciones conocerá los procesos tramitados conforme al Código de Procedimientos Penales de 1940 en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada. j) Disponer el cierre de turno de las 4° y 5° Salas Penales de Apelaciones Nacionales para el conocimiento de los procesos penales tramitados con el Código Procesal Penal de 2004; dicha medida deberá permanecer, en tanto el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial disponga lo contrario; para tal efecto, la Presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada informará al Órgano de Gobierno a través de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, cuando los mencionados órganos jurisdiccionales alcancen el equilibrio de carga procesal. (…)w) Renombrar las 1°, 2°, 3° y 4° Salas Penales Superiores Nacionales Transitorias Especializadas en Crimen Organizado, como 1°, 2°, 3° y 4° Salas Penales Superiores Nacionales Liquidadoras Transitorias.” (Énfasis nuestro) 3. Al respecto, se advierte que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso el renombramiento y la conversión de órganos jurisdiccionales de esta CSN, como consecuencia de ello, se tienen actualmente 6 Salas Penales, que conocen los procesos tramitados conforme al Código de Procedimientos Penales de 1940, esto es: - CÓDIGO PROCESAL PENAL 2004 (turno cerrado) - CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES 1940 (en adición de funciones) 4° y 5° Salas Penales de Apelaciones Nacionales 1 - CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES 1940 1°, 2°, 3° y 4° Salas Penales Superiores Nacionales Liquidadoras Transitorias 4. En este contexto, el administrador de la CSN, a través de los O fi cios Nº 001137 y 001263-2021-ADM- CSNJPE-PJ, presenta la propuesta sobre estructura organizacional de la Secretaría de Sala y de la Mesa de Partes Única en los Órganos Jurisdiccionales del Código de Procedimientos Penales de 1940 planteada por la responsable administrativo de los Órganos Jurisdiccionales del CdPP 1940, requerida y diseñada por esta Presidencia como propuesta inicial genérica, proponiendo la desactivación de la Secretaría de Actas y Secretaría de Mesa de Partes; asimismo, la creación de dos Secretarías de Sala, estableciendo la distribución de las Salas a las que atendería y el personal encargado por cada una; así como la creación una Mesa de Partes Única, cuya designación del encargado (a) estará a cargo de la Administración de la CSN. 5. En tal sentido, con la fi nalidad de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en bene fi cio del país, que garantice el óptimo desarrollo de la función jurisdiccional de las Salas Penales que conocen los procesos tramitados conforme al Código de Procedimientos Penales de 1940 en consonancia con el marco normativo previsto en el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 6. Es importante precisar el contexto actual en la Corte Superior Nacional, donde se ha implementado una o fi cina de Coordinación Administrativa similar a la existente en el Código Procesal Penal de 2004, igualmente, se han implementado las Relatorias correspondientes para cada Sala Superior Liquidadora (excepto una, que atiende a dos salas) estos procesos responden a una idea principal que en esencia reinserta a las salas liquidadoras en la funcionalidad prevista en el Código de Procedimientos Penales y sus respectivas modi fi caciones, la ley orgánica acotada. En ese marco normativo, no existe la necesidad actual de mantener una Jefatura de las Mesa de Partes y las dependencias a fi nes, las mismas que deben depender funcionalmente de la Secretaría de Sala. 7. En consecuencia, corresponde a esta Presidencia desactivar la Secretaría de Actas, la Secretaría de Mesa de Partes y las Mesas de Partes de las Salas y del