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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (02/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Jueves 2 de diciembre de 2021 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014-2021-MSB-A San Borja, 26 de noviembre de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTO, el Informe N° 040-2021-MSB-OPV de la Ofi cina de Participación Vecinal de fecha 06 de julio de 2021, el Informe N° 056-2021-MSB-OPV de la O fi cina de Participación Vecinal de fecha 21 de setiembre de 2021, el Informe N° 107-2021-MSB-GM-OPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización de fecha 18 de noviembre de 2021, el Memorándum N° 1968-2021-MSB-GM-OPE de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica de fecha 18 de noviembre de 2021, el Informe N° 509-2021-MSB-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de fecha 25 de noviembre de 2021, el Memorándum N° 1043-2021-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 25 de noviembre de 2021; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de la autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, a través de la Ordenanza N° 2363-2021-MML de fecha 17 de junio de 2021, publicada en el diario o fi cial el Peruano con fecha 20 de junio de 2021, se modi fi ca la Ordenanza N° 1762-2013-MML, que establece procedimientos para el reconocimiento y registro municipal de organizaciones sociales para la participación vecinal en Lima Metropolitana; destacándose que la referida norma es de aplicación para todos los distritos de Lima Metropolitana, encontrándose referida entre otros aspectos a, la instauración de la “Plataforma Virtual RUOS” como plataforma electrónica que contiene la información de los libros y de los asientos principal y secundario del Registro Único de Organizaciones Sociales, la inexigibilidad de documentación autenticada y la creación de las “Organizaciones de Juventudes”; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 015-2019-MSB de fecha 27 de agosto de 2019, se aprobó la modi fi cación por adecuación del Texto Único de Procedimiento Administrativos – TUPA, aprobado por Ordenanza N° 609-MSB; adecuándose, entre otros, los Procedimientos Administrativos N° 1 - Registro y Reconocimiento de Organizaciones Sociales, N° 2 - Modi fi cación de datos de Organizaciones Sociales (Renovación de Junta Directiva, Cambio de Estatuto, entre otros), N° 3 - Registro e Inscripción de las Organizaciones Sociales para el CCLD de la Municipalidad de San Borja), y N° 4 - Registro e Inscripción de candidatos para el Proceso de Elecciones de Juntas Vecinales Comunales del distrito de San Borja; y el Servicio Prestado en Exclusividad N° 1 - Emisión de credencial del Órgano Directivo de Organizaciones Sociales, a cargo de la O fi cina de Participación Vecinal; Que, con Informe N° 040-2021-MSB-OPV de fecha 06 de julio de 2021, la O fi cina de Participación Vecinal informa la necesidad de adecuar los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de San Borja, correspondiente al procedimiento de registro y reconocimiento de organizaciones sociales, y al procedimiento de modi fi cación de datos de las organizaciones sociales, a cargo de la O fi cina de Participación Vecinal; ello en el marco de las disposiciones establecidas en la Ordenanza N° 2363-2021-MML, que modi fi ca la Ordenanza N° 1762- 2013-MML, la cual establece procedimientos para el reconocimiento y registro municipal de organizaciones sociales para la participación vecinal en Lima Metropolitana; Que, mediante Informe N° 056-2021-MSB-OPV de fecha 21 de setiembre de 2021, la O fi cina de Participación Vecinal precisa que, la Ordenanza N° 2363-2021-MML que modi fi ca la Ordenanza N° 1762-2013-MML, no solo disminuye y simpli fi ca los requisitos establecidos para el registro de las organizaciones sociales, sino que incorpora en su Décimo Tercera Disposición Complementaria Final, la de fi nición sobre las organizaciones de juventudes, los órganos encargados del registro en el Libro de Registro de Organizaciones de Juventudes y sus requisitos, cuyo alcance es de carácter obligatorio para las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima; por lo que, señala la necesidad de adecuar el TUPA de la Municipalidad de San Borja aprobado mediante Ordenanza N° 609-MSB, considerándose el registro de organizaciones juveniles en el Procedimiento denominado “Registro y Reconocimiento de Organizaciones Sociales” a cargo de la O fi cina de Participación Vecinal, a través del Decreto de Alcaldía pertinente; Que, con Informe N° 107-2021-MSB-GM-OPE- UPR de fecha 18 de noviembre de 2021, la Unidad de Planeamiento y Racionalización señala que, la propuesta de modi fi cación mediante la adecuación de la base legal y los requisitos de los procedimientos administrativos de registro y reconocimiento de organizaciones sociales y modi fi cación de datos de organizaciones sociales, tiene consistencia normativa para que la modi fi cación sea aprobada mediante Decreto de Alcaldía, siendo que una vez aprobada, la misma se convertirá en parte integrante del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de San Borja, aprobado mediante Ordenanza N° 609-MSB; en atención a ello, a través del Memorándum N° 1968-2021-MSB-GM-OPE de fecha 18 de noviembre de 2021, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica solicita a la O fi cina de Asesoría Jurídica la opinión legal correspondiente, y recomienda continuar con el trámite para la aprobación del Decreto de Alcaldía que apruebe la modi fi cación del TUPA de la Municipalidad de San Borja; Que, a través del Informe N° 509-2021-MSB-OAJ de fecha 25 de noviembre de 2021, la O fi cina de Asesoría Jurídica establece el sustento legal correspondiente y opina que resulta legalmente procedente la emisión del Decreto de Alcaldía a través del cual, se modi fi que el Cuadro del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado mediante Ordenanza N° 609-MSB, adecuado mediante Decreto de Alcaldía N° 015-2019-MSB-A, respecto de los Procedimientos Administrativos N° 1 y N° 2 a cargo de la O fi cina de Participación Vecinal, conforme al Anexo TUPA acompañado, de conformidad al numeral 6) del artículo 20º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; del mismo modo, recomienda dejar sin efecto los Procedimientos N° 1 y N° 2 a cargo de la O fi cina de Participación Vecinal establecidos en el Decreto de Alcaldía N° 015-2019-MSB-A; Que, con Memorándum N° 1043-2021-MSB-GM de fecha 25 de noviembre de 2021, la Gerencia Municipal solicita la emisión del acto administrativo requerido a fi n de continuar con el trámite correspondiente; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el visto bueno de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la O fi cina de Participación Vecinal, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y la Gerencia Municipal: DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el cuadro del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado mediante Ordenanza N° 609-MSB y adecuado mediante Decreto de Alcaldía N° 015-2019-MSB-A, respecto de los Procedimientos Administrativos N° 1 y N° 2 a cargo de la Ofi cina de Participación Vecinal, conforme al Anexo que es parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO los Procedimientos N° 1 y N° 2 a cargo de la O fi cina de Participación Vecinal establecidos en el Decreto de Alcaldía N° 015-2019-MSB-A.