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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (07/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Martes 7 de diciembre de 2021 El Peruano / extintas. Segunda. Registro para documentos distintos a los previstos en el aplicativo En el caso del registro de una persona trabajadora o empleadora del hogar con documentos distintos a los previstos en el aplicativo, la persona empleadora del hogar debe ponerse en contacto a través del correo electrónico de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales Laborales, detallado en la interface del aplicativo. Los documentos distintos a los previstos son: - En el caso de documentos emitidos en el país, el carné de identidad emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, carné de solicitante de refugio, u otros. - En el caso de documentos emitidos fuera del país, tales como pasaporte o cualquier documento de identidad, adicionalmente se requiere indicar el país emisor del documento. La Dirección de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales Laborales realiza un proceso de validación de datos del documento con la entidad emisora del mismo. De ser un documento válido, procede a ingresarlo a sus registros manuales. Tercera. Documentos para el registro de la relación laboral y modi fi cación de registro del aplicativo Para el registro de la relación laboral y modi fi cación del registro a las que se hace mención en la Primera Disposición Complementaria Final de la presente Resolución Ministerial, se deben presentar los siguientes documentos: - Para el registro del contrato del hogar en el aplicativo, se debe adjuntar en archivo PDF, el contrato del trabajo fi rmado por ambas partes. - Cuando se deseen realizar modi fi caciones al contrato, se tiene que adjuntar en archivo PDF, la adenda fi rmada por ambas partes, la cual debe contener las modi fi caciones realizadas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera. Registros realizados previos a la puesta en funcionamiento del aplicativo del registro del trabajo del hogar en el marco de la Ley Nº 31047, Ley de trabajadoras y trabajadores del hogar Los registros de contratos de trabajo del hogar realizados de forma previa a la puesta en funcionamiento del aplicativo del registro del trabajo del hogar en el marco de la Ley Nº 31047, Ley de trabajadoras y trabajadores del hogar, pueden ser visualizados en el nuevo aplicativo del Registro del Trabajo del Hogar. Segunda. Registros realizados previos a la publicación de la presente Resolución Ministerial Los registros del trabajo del hogar realizados de forma previa a la publicación de la presente Resolución Ministerial a partir de la puesta en funcionamiento del aplicativo de registro del trabajo del hogar en el marco de la Ley Nº 31047, Ley de trabajadoras y trabajadores del hogar, se consideran válidos para todo efecto legal. Tercera. Transferencia de información entre la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Aprobada la presente Resolución Ministerial, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, trans fi ere la información de los registros efectuados en el registro del empleador de trabajadores del hogar, trabajadores del hogar y derechohabientes. Por su parte, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo remite la información de los registros efectuados a partir de la puesta en funcionamiento del aplicativo del Registro del Trabajo del Hogar, en el marco de la Ley Nº 31047, Ley de trabajadoras y trabajadores del hogar. Regístrese, comuníquese y publíquese.BETSSY BETZABET CHAVEZ CHINO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 2019169-1 Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400CONTACTO COMERCIAL 996 410 162 915 248 092 ventapublicidad@editoraperu.com.pe Publica en nuestra versión móvil andina.pe Conecta con los usuarios e impulsa el mensaje de tu marca . Redes Sociales: