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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (11/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Sábado 11 de diciembre de 2021 El Peruano / Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la ampliación de permanencia en el exterior, en misión de estudios, del Teniente Segundo Eduardo Francesco COCHELLA DÍAZ, identi fi cado con CIP N° 01015990 y DNI N° 46694535, para que participe en el Curso Curriculum 590, Ingeniería de Sistemas Electrónicos, MASL P177712, en la Escuela Naval de Postgrado, ubicada en la ciudad de Monterrey, Estado de California en Estados Unidos de América, del 22 de diciembre de 2021 al 25 de marzo de 2022, así como, autorizar su retorno al país el 26 de marzo de 2022; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021, de acuerdo a los siguientes conceptos: Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 5,346.90 /31 x 10 días (diciembre) US$ 1,724.81 -------------------- Total a pagar: US$ 1,724.81 Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El pago por gastos de traslado y pasajes aéreos de retorno que origine el cumplimiento de la presente autorización de ampliación de permanencia en el exterior, en misión de estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducido, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 6.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 7.- El O fi cial Subalterno designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El mencionado personal naval continuará revistando en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la misión de estudios. Artículo 9.- El citado O fi cial Subalterno está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la ley de la materia. Artículo 10.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN MANUEL CARRASCO MILLONES Ministro de Defensa 2019984-1 Autorizan viaje de personal militar de la FAP a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1097-2021-DE Lima, 7 de diciembre de 2021VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 002011-2021-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio Nº 01935-2021-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01365-2021-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, el Servicio de Mantenimiento (SEMAN) de la Fuerza Aérea del Perú se encuentra certi fi cado por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC-PERÚ), la Dirección General de Aeronáutica Civil (CMAE Nº E-418-CHILE), la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (DINACIA-URUGUAY), la Agencia Nacional de Aviación Civil de Brasil (RBAC145) y otras autoridades aeronáuticas como la Administración de Aviación Federal de los Estados Unidos de América (FAA) SPU238K, para la realización de trabajos de mantenimiento en aeronaves, motores, materiales compuestos, trenes de aterrizaje, pruebas no destructivas (NDT), entre otros servicios no especializados; Que, mediante Carta AR-TR08-21, el Presidente & CEO de la Compañía AEROSPACE ROTABLES INC, hace extensiva la invitación al Comandante del Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aérea del Perú (SEMAN – FAP), para que realicen una visita a las instalaciones de la citada Compañía, a realizarse en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, para tratar temas de marketing, proyección y planeamiento de los trabajos de reparación y overhaul de trenes de aterrizaje, aplicables a las aeronaves B737, B767, B757 que se realizan en SEMAN-PERU; Que, a través del Informe Legal NC -35-SMAJ-Nº 042, la Ofi cina de Asesoría Legal del Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aérea del Perú emite opinión favorable a la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal del Servicio de Mantenimiento de la FAP, del 13 al 16 de diciembre de 2021; Que, con O fi cio FAP Nº 000842-2021-DIGLO/FAP, la Dirección General de Logística de la Fuerza Aérea del Perú solicita a la Dirección General de Personal de la citada Institución Armada, se inicien los trámites conducentes a la aprobación de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Comandante FAP Pavel VERA MUÑIZ y del Mayor FAP Gilmer Dennis BARBOZA VIZCONDE, para que participen en la visita comercial a la Compañía AEROSPACE ROTABLES INC,