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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (11/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Sábado 11 de diciembre de 2021 El Peruano / Tripulación principal: Vuelo de retorno del 2 al 5 de marzo 2022: Comandante FAP RIOS TAVARA JIMMY OSWALDO NSA: O-9664497 DNI: 10863814Mayor FAP RUIZ SAAVEDRA JHONN HARVEY NSA: O-9692499 DNI: 43668370 Subo fi cial de Segunda FAP NAYRA YAHAJUANCA FERNANDO NSA: S-61023009 DNI: 46630982 Tripulación alterna: Mayor FAP LAZO BENAVIDES MARCO ANTONIO NSA: O-9689899 DNI: 43325331 Técnico de Tercera FAP LLAGUENTO PAICO HENRY FRANCISCO NSA: S-60924802 DNI: 41338103 Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto de Recursos Directamente Recaudados (RDR), del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú, del Año Fiscal 2021, de acuerdo a los siguientes conceptos: Tripulación: vuelo de ida (pasajes aéreos de ida: Lima-Bogotá) clase económica US$ 727.09 x 3 personas (incluye importe TUUA) US$ 2,181.27 Viáticos: US$ 370.00 x 3 días x 3 personas US$ 3,330.00 Total a pagar: US$ 5,511.27 Artículo 3.- La participación de la tripulación alterna queda supeditada a la imposibilidad de participación de la tripulación principal y del personal titular. Artículo 4.- El pago por pasajes aéreos de retorno y viáticos que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje al exterior en comisión de servicio, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa – Fuerza Aérea del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin incrementar el tiempo de autorización, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El O fi cial Superior más antiguo comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 7.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL CARRASCO MILLONES Ministro de Defensa 2019981-1 Autorizan viaje de personal militar de la FAP a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1104-2021-DE Lima, 9 de diciembre de 2021 VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 002062-2021-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; y, el Informe Legal N° 01392-2021-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Contrato de Servicio Nº 252-RES- 002-2021-DPC/ACFFAA, suscrito entre la Fuerza Aérea del Perú y la COMPAÑÍA INTEGRATED ENGINEERING SERVICES SAS, se establecen las condiciones para el “Servicio de Inspección de Fases B C Inspección de 4800 horas, pintado general y renovación de interiores de la aeronave FAP Lear Jet 45XR Nº 526, a cargo de la Cía. INTEGRATED ENGINEERING SERVICES SAS, cuya cláusula sexta establece, entre otros, que la entrega de la aeronave objeto del servicio será en el país donde la empresa realizará el servicio, cuyo traslado estará a cargo de la FAP; Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 0242- 2021, el Asesor Legal del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú opina que es viable la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del Comandante FAP Oscar Martín TARAZONA SUAREZ, como titular, y del Capitán Renato Rubén FIGUEROA VASQUEZ, como suplente, para participar en la supervisión y veri fi cación del “Servicio de Inspección de Fases B C Inspección de 4800 horas, pintado general y renovación de interiores de la aeronave FAP Lear Jet 45XR Nº 526”, del 13 al 17 de diciembre del 2021, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, así como autorizar su salida del país el 12 de diciembre de 2021 y su retorno al país el 18 de diciembre de 2021; Que, con O fi cio FAP Nº 000893-2021-DIGLO/FAP, la Dirección General de Logística de la Fuerza Aérea del Perú remite a la Dirección General de Personal de la citada Institución Armada la documentación que sustenta la presente autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar FAP que realizará las referidas actividades, en el lugar y fechas programadas, adjuntando la documentación sustentatoria correspondiente; Que, la Exposición de Motivos, anexada al O fi cio FAP Nº 000893-2021-DIGLO/FAP, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado O fi cial, para participar en la supervisión y veri fi cación del “Servicio de Inspección de Fases B C Inspección de 4800 horas, pintado general y renovación de interiores de la aeronave FAP Lear Jet 45XR Nº 526”, siendo que, permitirá supervisar el cumplimiento de los servicios contratados, manteniendo informado sobre la situación de la aeronave, así como llevar la estadística del avance progresivo de la inspección y dar conformidad al programa de inspección de acuerdo al contrato. Asimismo, al estar presente el personal de mantenimiento durante la inspección, podrá mejorar las prácticas de mantenimiento que realizan nuestros especialistas a la aeronave, además de dar información técnica de los trabajos que se le realizaron durante la inspección; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 0054 DGVC- ME/SIAF-SP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, se autoriza los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos en comisión de servicio en el exterior, que se efectuarán con cargo al Presupuesto de Recursos Directamente Recaudados (RDR) del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, asimismo, conforme a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000001352, emitida por el Jefe de Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, con O fi cio Extra FAP Nº 002062-2021-SECRE/ FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú remite, para aprobación, el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Comandante FAP Oscar Martín TARAZONA SUAREZ, para participar en la supervisión y veri fi cación del “Servicio de Inspección de Fases B C Inspección de 4800 horas, pintado general