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23 NORMAS LEGALES Martes 14 de diciembre de 2021 El Peruano / de la capacidad para la generación del conocimiento y mejora continua en la gestión de la contratación pública” y a la Unidad de Recursos Humanos, conforme al Anexo B-5 adjunto a la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Planeamiento y Modernización el seguimiento periódico y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 modi fi cado Versión 3 del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de su anexo en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.gob.pe/osce). Regístrese, comuníquese y publíquese.DIEGO ALEJANDRO MONTES BARRANTES Secretario General (s) 2021144-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aceptan renuncia de Jueza del Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo, actualmente Jueza Especializada provisional del Segundo Juzgado Civil de Canchis-Sicuani, Distrito Judicial de Cusco PRESIDENCIA DEL CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000134-2021-P-CE-PJ Lima, 10 de diciembre del 2021VISTA:La solicitud presentada por la señora Nelly Consuelo Yabar Villagarcía, quien formula renuncia al cargo de Jueza del Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo, actualmente se desempeña como Jueza Especializada provisional del Segundo Juzgado Civil de Canchis-Sicuani, Distrito Judicial de Cusco; con certi fi cación de fi rma ante Notario Público de Cusco. CONSIDERANDO:Primero. Que la señora Nelly Consuelo Yabar Villagarcía formula renuncia al cargo de Jueza del Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo, Distrito Judicial de Cusco, con efectividad al 16 de diciembre del presente año. La recurrente fue nombrada por el Consejo Nacional de la Magistratura mediante Resolución N° 383-2002-CNM, del 19 de julio de 2002. Segundo. Que el cargo de Juez/a termina, entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 107º, numeral 3), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, por otro lado, la aceptación de la renuncia formulada por la recurrente no implica en modo alguno eximirla de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación, y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como Jueza de este Poder del Estado. En consecuencia, la Presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa Nº 066-2011-CE-PJ, de fecha 23 de febrero de 2011.RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, a partir del 16 de diciembre de 2021, la renuncia formulada por la señora Nelly Consuelo Yabar Villagarcía al cargo de Jueza del Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo, actualmente Jueza Especializada provisional del Segundo Juzgado Civil de Canchis-Sicuani, Distrito Judicial de Cusco; y otorgarle las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Establecer que la renuncia de la señora Nelly Consuelo Yabar Villagarcia, en ningún modo signi fi ca exonerarla de cualquier responsabilidad que se determine en ámbito disciplinario o penal, que sea materia de investigación en el Poder Judicial o en otro órgano del Estado. Artículo Tercero.- Comunicar a la Junta Nacional de Justicia que se ha producido una plaza vacante de Juez del Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo, Distrito Judicial de Cusco, para las acciones respectivas. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, Corte Superior de Justicia de Cusco, Gerencia General del Poder Judicial; y la mencionada jueza, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2020902-4 Disponen diversas medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Lima y dictan otras disposiciones CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000412-2021-CE-PJ Lima, 10 de diciembre del 2021VISTO:El O fi cio N° 000690-2021-ST-UETI-CPP-PJ, cursado por el Secretario Técnico de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; conteniendo el Informe N° 000120-2021-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 042-2020-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, entre otras disposiciones, creó órganos jurisdiccionales para la implementación del Código Procesal Penal - Primer Tramo. Segundo. Que, por Resolución Administrativa N° 000106-2021-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se dispusieron medidas administrativas complementarias para la implementación del Código Procesal Penal - Primer Tramo en la Corte Superior de Justicia de Lima. Tercero. Que, la Corte Superior de Justicia de Lima mediante Resolución Administrativa Nº 00326-2021-P-CSJLI-PJ, aprobó el “Plan de Apoyo de Descarga en los Juzgados Penales Liquidadores de la Corte Superior de Justicia de Lima”, señalándose en el referido plan tres actividades: - Actividad 1: Remisión y redistribución de expedientes de los Juzgados Penales Liquidadores hacia los Juzgados Penales Unipersonales de Apoyo. - Actividad 2: Realización de audiencias de presentación de cargos por los Juzgados Penales Unipersonales de Apoyo.