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18 NORMAS LEGALES Viernes 17 de diciembre de 2021 El Peruano / encargará de realizar las labores de control posterior externo a la Autoridad Nacional del Agua, correspondiente al período 2021. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1º de la presente Resolución, se atiende con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua, Unidad Ejecutora 001: Autoridad Nacional del Agua, Programa 9001 Acciones Centrales, Actividad: 5000003 Gestión Administrativa, Función: 10 Agropecuaria, División Funcional: 006 Gestión, Grupo Funcional: 0008 Asesoramiento y Apoyo, Meta 010: Conducción del Sistema Administrativo y de Personal, Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados, Genérica de Gasto 2.4:Donaciones y Transferencias, Sub genérica del Gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Especí fi ca de Gasto 2.4.13.11 A otras Unidades del Gobierno Nacional. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Web Institucional (www.gob.pe/ana). Regístrese, comuníquese y publíquese,ROBERTO SALAZAR GONZALES JefeAutoridad Nacional del Agua 2022541-2 Autorizan transferencia financiera a favor del MIDAGRI, destinada a financiar la continuidad de Contratos Administrativos de Servicios - C.A.S. RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0234-2021-ANA San Isidro, 16 de diciembre de 2021VISTOS:El O fi cio Nº 1451-2021-MIDAGRI-SG/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, el Informe Nº 0214-2021-ANA-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Legal Nº 1016-2021-ANA-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; Que, por Resolución Jefatural Nº 206-2020-ANA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua; Que, el numeral 6.5 del artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de gestión fi scal de los recursos humanos del Sector Público, estipula lo siguiente: “6 .5 Autorízase durante el año fi scal 2021 a los Ministerios y a las entidades que pertenezcan a su sector, a realizar transferencias fi nancieras entre el respectivo ministerio y las entidades de su sector o entre estas últimas, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, para garantizar el fi nanciamiento de la continuidad de los Contratos Administrativos de Servicios – C.A.S. que se encontraban vigentes al 10 de marzo de 2021. Dichas Transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de su O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces y se publica en el Diario O fi cial El Peruano ”; Que, a través del O fi cio Nº 1451-2021-MIDAGRI-SG/ OGPP, de fecha 13 de diciembre de 2021, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego solicita se gestione una transferencia fi nanciera a favor del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI por el importe de S/ 371,145.00 (Trescientos setenta y un mil ciento cuarenta y cinco y 00/100 soles), para fi nanciar el dé fi cit de recursos relacionado con el fi nanciamiento de la continuidad de los contratos CAS que se encontraban vigentes al 10 de marzo de 2021, en el marco del numeral 6.5 del artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 044-2021, adjuntando para tal efecto el Informe Nº 649-2021-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES; Que, en dicho marco, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto mani fi esta, mediante documento de Vistos, que resulta pertinente transferir al Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI la suma de S/ 371,145.00 (Trescientos setenta y un mil ciento cuarenta y cinco y 00/100 soles), considerando que su requerimiento cumpliría las condiciones establecidas en el numeral 6.5 del artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 044-2021 y que se cuenta con el saldo disponible para cubrir lo solicitado en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, mediante el Informe Legal de Vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica, luego de la revisión del sustento normativo correspondiente, emitió opinión favorable y remitió el proyecto de acto resolutivo debidamente visado; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua – ANA a favor del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI, hasta por la suma total S/ 371,145.00 (Trescientos setenta y un mil ciento cuarenta y cinco y 00/100 soles), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, a fi n de fi nanciar la continuidad de los Contratos Administrativos de Servicios – C.A.S. que se encontraban vigentes al 10 de marzo de 2021, en el marco de lo establecido en el artículo 6º del Decreto Urgencia Nº 044-2021; Con los vistos de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y, en uso de las facultades conferidas en el literal h) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Objeto Autorizar la transferencia fi nanciera, con cargo al Presupuesto Institucional 2021 del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua – ANA, hasta por la suma de S/ 371,145.00 (Trescientos setenta y un mil ciento cuarenta y cinco y 00/100 soles), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, destinado a fi nanciar la continuidad de los Contratos Administrativos de Servicios – C.A.S. que se encontraban vigentes al 10 de marzo de 2021, en el marco del artículo 6 del Decreto Urgencia Nº 044-2021, según se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución, se atenderá con cargo al presupuesto institucional aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua – ANA, Unidad Ejecutora 001-1299: Autoridad Nacional del Agua – Sede Central, Categoría Presupuestal 9001 “Acciones Centrales”, 3999999 “Sin Producto”, de la Actividad Presupuestaria 5000002 “Conducción y Orientación Superior”, en la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3º.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución al Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, para conocimiento y fi nes.