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33 NORMAS LEGALES Domingo 26 de diciembre de 2021 El Peruano / Que, el artículo 1 de la Ley Nº 28352 creó el Pliego Presupuestario de la Autoridad Portuaria Nacional; Que, de conformidad con el artículo 25 de la Ley del Sistema Portuario Nacional, Ley Nº 27943, en concordancia con el artículo 109 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, el Directorio es el órgano máximo de la APN y tiene a su cargo su administración; Que, con sujeción a las normas que rigen el funcionamiento y organización de la APN, el Directorio de la Institución es órgano que ostenta la Titularidad del Pliego 214: Autoridad Portuaria Nacional, pues es el órgano que tiene el mayor nivel jerárquico de la institución y se ocupa de su gestión presupuestaria; Que, según el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la APN aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC, el Presidente del Directorio ejerce la representación o fi cial de la APN y suscribe en representación del Directorio las resoluciones que se emitan, sin perjuicio de las delegaciones que se acuerden; Que, el numeral 6 de la norma señalada en el considerando anterior establece que son atribuciones y funciones del Presidente del Directorio, entre otras, ejercer las facultades especiales que el Directorio le delegue; asimismo, el numeral 20 del artículo 7 del mismo Reglamento señala que el Directorio de la APN puede delegar el ejercicio de sus funciones en el Presidente del Directorio o en el Gerente General; Que, mediante las Resoluciones de Acuerdo de Directorio Nº 031-2008-APN/DIR, Nº 024-2012-APN/DIR, Nº 003-2013-APN/DIR, Nº 009-2013-APN/DIR, N° 031-2013- APN/DIR, N° 001-2014-APN/DIR, N° 061-2014-APN/DIR, Nº 006-2016-APN/DIR, N° 098-2017-APN/DIR y N° 087-2018-APN/DIR, Resolución de Presidencia de Directorio N° 019- 2019-APN-PD y Resolución de Acuerdo de Directorio N° 078-2020-APN-DIR (cuya vigencia fi naliza el próximo 31 de diciembre de 2021), se delegaron facultades del Titular del Pliego en diversos órganos de la APN (Presidencia del Directorio, la Gerencia General y la OGA) para la adopción de actos de gestión interna, a efectos de dotar de mayor celeridad a los trámites administrativos; Que, mediante el Memorando N° 193-2021-APN- GG del 25 de noviembre de 2021, la Gerencia General dispuso a las distintas unidades orgánicas de la entidad que se encuentren interesadas en gestionar la delegación de alguna facultad que por competencia se encuentra asignada al Directorio, solicitarlo a la Gerencia General a través del informe que sustente dicha solicitud; Que, a través de los documentos de Vistos, la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos, la O fi cina General de Administración, la Secretaría de Directorio, y la O fi cina de Tecnologías de la Información, emiten opinión a efectos de delegar facultades del Directorio de la APN, en la Presidencia del Directorio, la Gerencia General y la O fi cina General de Administración, para el año 2022; Que, mediante Informe Legal Nº 272-2021-APN-UAJ del 03 de diciembre de 2021, la Unidad de Asesoría Jurídica señala que, de conformidad con la normativa vigente, resulta legalmente viable que el Directorio delegue facultades en la Presidencia del Directorio, la Gerencia General y la O fi cina General de Administración, para el próximo año 2022; Que, en virtud a lo establecido en los artículos 76 y 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la delegación de facultades no tiene un carácter inde fi nido en el tiempo, motivo por el cual resulta necesario volver a delegar dichas funciones en los órganos antes mencionados; Que, por otro lado, el Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, señala en el artículo 47 inc. 47.2) que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, en la Sesión N° 580 de fecha 07 de diciembre de 2021, el Directorio de la institución aprobó la presente delegación de funciones, encargando a su Presidente la suscripción de la resolución correspondiente; De conformidad con lo señalado en la Ley N° 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2004-MTC y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APN, aprobado por el Decreto Supremo N° 034-2004-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Delegar el ejercicio de las siguientes funciones correspondientes al Titular del Pliego, desde el 01 de enero al 31 de diciembre de 2022: En la Presidencia del Directorio:• Aprobar, mediante la resolución correspondiente, la incorporación en el Presupuesto Institucional de mayores fondos públicos de los recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, que resulten de la aplicación del Decreto de Urgencia Nº 047-2009, para su posterior transferencia al fondo Social que corresponda. • Aprobar, mediante la resolución correspondiente, la desagregación de recursos de transferencias de partidas o créditos suplementarios autorizados por norma legal expresa. • Aprobar e iniciar las gestiones ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones de las propuestas de proyectos de decreto supremo para incorporación de recursos al presupuesto de la APN, provenientes de procesos de concesión en el marco de lo dispuesto por la Ley de Equilibrio Financiero del Sector Púbico para el año fi scal que corresponda. • Aprobar los Estados Financieros de la Autoridad Portuaria Nacional, correspondientes al 1º Trimestre (a marzo), 1º Semestre (a junio) y 3º Trimestre (a septiembre) de cada ejercicio, con cargo a informar al Directorio sobre el cumplimiento en cada oportunidad de la remisión a la Dirección General de Contabilidad Pública del MEF. En la Gerencia General:• Aprobar el Plan Anual de Contrataciones de la APN y modi fi caciones. • Aprobación de Contrataciones Directas conforme a los literales: e), g), j) k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27° de la Ley de Contrataciones del Estado. • Designar a los Comités de Selección para los procedimientos de selección. • Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales y reducciones de bienes y servicios y ejecución de obras. • Resolver los recursos de apelación referidos a los procedimientos de selección cuya cuantía sea igual o menor a cincuenta (50) UIT. • Aprobar las Bases de procedimientos de selección de Concursos Públicos y Licitaciones Públicas. • Aprobar los Expedientes de Contratación de Concursos Públicos y Licitaciones Públicas. • Aprobar la cancelación de procedimientos de selección de Licitaciones Públicas o Concursos Públicos. • Aprobar los Procesos de Estandarización de bienes o servicios. • Suscribir contratos, adendas y contratos complementarios de procedimientos de selección de Concursos Públicos y Licitaciones Públicas. Esta facultad incluye también la suscripción de minutas y escrituras públicas que provengan de dichos procedimientos de selección. • Aprobar los Expedientes de Contratación y los Documentos de Procedimientos, en aquellos casos en los que se presente la imposibilidad que la O fi cina General de Administración – OGA pueda ejercer las atribuciones delegadas. • Aprobar el Plan anual de Trabajo Archivístico – PATA, el Programa de Control de Documentos Archivísticos - PCDA, Conservación de los archivos o fi ciales de la APN al sistema de microarchivos, Cronograma Anual de Transferencia de Documentos, Comité Evaluador