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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2021 (09/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 64

64 NORMAS LEGALES Sábado 9 de enero de 2021 / El Peruano Artículo Cuarto.- Exigibilidad de los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios administrativos brindados en exclusividad contenido en el TUPA. Dispóngase que los derechos de tramitación a los que se hace referencia el artículo segundo, sean exigibles a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que los rati fi que y de la presente ordenanza. Artículo Quinto.- Adecuación de los procedimientos administrativos a la Ley Nº 28976 Precísese que los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad vinculados con Licencia de Funcionamiento, se encuentran adecuados al Texto Único Ordenando de la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento – Ley Nº 28976, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2017-PCM, al Decreto Legislativo Nº 1497, que modi fi ca la Ley Nº 28976, al Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, así como a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 045-2019-PCM, que aprueba procedimientos administrativos estandarizados de Licencia de Funcionamiento. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16º del Texto Único Ordenando de la Ley Nº 28976, corresponde disponer la publicación en el portal web institucional y en la sede institucional de las estructuras de costos de los procedimientos administrativos de licencias de funcionamiento, así como los planos de zoni fi cación e índice de usos (compatibilidad de usos), esto último con la fi nalidad de facilitar la adecuada formulación de las solicitudes de licencias de funcionamiento. Artículo Sexto.- Adecuación de los procedimientos administrativos a la Ley Nº 29022 Precísese que los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad vinculados con las autorizaciones para instalación de infraestructura de telecomunicaciones se encuentran adecuados a la Ley Nº 29022, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2015-MTC, y modi fi catorias. En cumplimiento de las formalidades previstas en las citadas normas, corresponde disponer la publicación en el portal web institucional o en el Diario O fi cial El Peruano y/o uno de mayor circulación nacional, las estructuras de costos que sustenten la determinación del importe de las tasas que cobren de los procedimientos de telecomunicaciones. Artículo Séptimo.- Disponibilidad de la Información La presente Ordenanza, el Anexo TUPA y el Acuerdo ratifi catorio estarán disponibles en el portal electrónico de Servicio de Administración Tributaria – SAT (www.sat.gob. pe). Artículo Octavo.- Publicidad La presente Ordenanza y el Acuerdo rati fi catorio serán publicados en el Diario O fi cial El Peruano. Asimismo, la presente Ordenanza y el Anexo que contiene los procedimientos y servicios aprobados, serán publicados en el Portal del Diario O fi cial El Peruano y serán difundidos, adicionalmente, a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lurín (www.munilurin.gob.pe). Artículo Noveno.- La presente Ordenanza y las partes que la integran, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que la rati fi que y de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y en los portales electrónicos mencionados en los artículos precedentes. Artículo Décimo.- Facúltese al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Lurín, para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe los formatos y formularios, exigidos como requisitos en la tramitación de los procedimientos administrativos contenidos en el TUPA, los mismos que serán de distribución gratuita o de libre reproducción. Artículo Décimo Primero.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento Estratégico que remita la presente Ordenanza para su trámite de rati fi cación ante la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Décimo Segundo.- Encargar el fi el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza y sus anexos, a todas las unidades orgánicas que integran la Municipalidad de Lurín. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.J. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O ficial El Peruano, sección Normas Legales. 1918557-1 Ordenanza que aprueba procedimientos administrativos vinculados a edificaciones y habilitaciones urbanas ORDENANZA MUNICIPAL Nº 399-2020/ML Lurín, 28 de agosto de 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE LURÍNVISTO:En Sesión Ordinaria del Concejo de la fecha, el Informe Nº 072 A-2020-GPE/ML de la Gerencia de Planeamiento Estratégico, el Informe Nº 184B-2020-GAJ/ML de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 021-2020-GM/ML de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 078-2020-GPE/ML de la Gerencia de Planeamiento Estratégico, referidos a la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 – los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 40.3 del Artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, aprobados para cada entidad; Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, aprueba los Lineamientos Para la Formulación y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que, en el caso de Gobiernos Locales, se aprobará mediante Ordenanza Municipal; Que, los numerales 44.2 y 44.3 del artículo 44º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establecen la forma para la publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que la norma que aprueba el TUPA, se publica en el diario o fi cial El Peruano, en tanto que el TUPA y la disposición legal de aprobación, se publican obligatoriamente en el portal del diario o fi cial El Peruano y adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo portal Institucional; Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – en su artículo 40º establece la