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12 NORMAS LEGALES Jueves 14 de enero de 2021 / El Peruano vida, siendo uno de los factores que interactúan para el logro de la referida calidad educativa la formación inicial y permanente que garantiza idoneidad de los docentes y autoridades educativas; Que, a través de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Publica de sus Docentes, se regula la creación, licenciamiento, régimen académico, gestión, supervisión y fi scalización de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos y privados; así como el desarrollo de la carrera pública docente de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos; Que, la Décima Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley Nº 30512, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-MINEDU, modi fi cada por el Decreto Supremo Nº 008-2018-MINEDU; establece, entre otros aspectos, que los Institutos de Educación Superior Pedagógicos deben solicitar su licenciamiento hasta el 30 de junio de 2021 para su adecuación como Escuelas de Educación Superior Pedagógica; asimismo, señala que la adecuación es el conjunto de acciones que el Instituto de Educación Superior Pedagógico desarrolla para su tránsito a Escuela de Educación Superior Pedagógica cumpliendo con las condiciones básicas de calidad establecidas en la Ley Nº 30512, su Reglamento y las normas que dicte el Ministerio de Educación para tal efecto; Que, el numeral 41.1 del artículo 41 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza al Ministerio de Educación a efectuar modi fi caciones presupuestales en el nivel institucional a favor de los gobiernos regionales, para el fi nanciamiento de las intervenciones y acciones pedagógicas a su cargo, conforme a lo señalado, entre otros, en el literal m) Fortalecimiento de las acciones del Programa Presupuestal 107: Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación superior no universitaria, así como la implementación del Plan de Mejoras para la Gestión Institucional e Infraestructura de las Instituciones de Educación Superior Pedagógica; asimismo, el numeral 41.4 del precitado artículo 41 establece que el Ministerio de Educación aprueba, según corresponda, las disposiciones que resulten necesarias para la aplicación de las intervenciones y acciones pedagógicas a que se re fi ere el numeral 41.1, en un plazo que no exceda de los cuarenta (40) días calendario contados a partir de la vigencia de la citada Ley; Que, adicionalmente, el “Plan Estratégico Sectorial Multianual, PESEM 2016-2023 del Sector Educación”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 287-2016-MINEDU, de fi ne como Objetivo Estratégico Sectorial 3: “Incrementar las competencias docentes para el efectivo desarrollo de los procesos de enseñanza – aprendizaje”, a través de la Acción Estratégica OES3-A3 “Mejorar la calidad de los programas de formación inicial docente para asegurar el egreso de docentes idóneos para la enseñanza de sus estudiantes”; asimismo, el “Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación, período 2019-2023”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 737-2018-MINEDU, de fi ne como Objetivo Estratégico Institucional 04: “Fortalecer el desarrollo profesional docente”, dentro del cual se de fi ne la Acción Estratégica Institucional 6: “Servicio de formación inicial docente de calidad en las Escuelas e Institutos Pedagógicos”; Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, mediante el O fi cio Nº 01120-2020-MINEDU/ VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 01509-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, complementado con el Informe Nº00002-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, elaborados por la Dirección de Formación Inicial Docente, a través de los cuales se sustenta la necesidad de aprobar el “Plan de Mejoras para la Gestión Institucional e Infraestructura de las Instituciones de Educación Superior Pedagógica para el año 2021”, cuyo objetivo general es contribuir con la implementación del Modelo de Servicio Educativo para las instituciones de formación docente y de las condiciones básicas de calidad, a fi n de coadyuvar a garantizar la calidad de la formación inicial docente;Que, de la revisión realizada a los documentos contenidos en el expediente, se advierte que el referido Plan cuenta con la opinión del Programa Nacional de Infraestructura Educativa, de la Unidad de Programación e Inversiones y de la Dirección General de Gestión Descentralizada; Que, mediante Informe Nº 01711-2020-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emite opinión favorable respecto a la aprobación del referido Plan; Que, asimismo, con Informe Nº 00029-2021-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta las opiniones técnicas emitidas, opina que la aprobación del “Plan de Mejoras para la Gestión Institucional e Infraestructura de las Instituciones de Educación Superior Pedagógica para el año 2021”, resulta legalmente viable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el “Plan de Mejoras para la Gestión Institucional e Infraestructura de las Instituciones de Educación Superior Pedagógica para el año 2021”, el mismo que, como anexo, forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO DAVID CUENCA PAREJA Ministro de Educación 1919575-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0030-2021-IN Lima, 13 de enero de 2021VISTOS, el O fi cio Nº 21-2021-SUBCOMGEN PNP/ DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe Nº 00054-2021/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 047-2020- JUS de fecha 6 de marzo de 2020, el Estado peruano accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Albert Cristian Chipana Ramos, formulada por la Sala Penal Liquidadora Permanente de San Juan de Lurigancho de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, declarada procedente por la Sala Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito de violación sexual de