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20 NORMAS LEGALES Jueves 14 de enero de 2021 / El Peruano ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del INDECOPI RESOLUCIÓN Nº 000004-2021-GEG/INDECOPI San Borja, 11 de enero del 2021VISTOS: El Memorándum Nº 000037-2021-GRH/INDECOPI, el Informe Nº 000016-2021-GRH/INDECOPI, el Informe Nº 000004-2021-ARG/INDECOPI y el Informe Nº 000026-2021-GEL/INDECOPI; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 13 de noviembre de 2015, se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE”; Que, con fecha 1 de abril de 2016, se publica en el Diario O fi cial “El Peruano” la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, que aprueba la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 182-2020- PCM, de fecha 27 de julio de 2020, la Presidencia del Consejo de Ministros aprueba el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; Que, el literal f) del numeral 4.3 de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, de fi ne al Cuadro de Asignación Personal (CAP) Provisional como el documento de gestión de naturaleza temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados de la entidad, en base a su estructura orgánica vigente, prevista en su Reglamento de Organización y Funciones; Que, conforme al numeral 5 del Anexo 4 de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento a través del cual se pueden realizar reajustes en los campos de “nº de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasi fi cación”, “situación del cargo” y “cargos de con fi anza”, así como otras acciones de administración que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad; Que, el numeral 1.3 del Anexo 4 de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, establece que las entidades que cuenten con un CAP Provisional podrán ajustar el documento hasta por un máximo del 5% del total de cargos, conforme a los lineamientos establecidos en el numeral 5 del mismo Anexo; Que, el segundo párrafo del numeral 5 del anexo 4 de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, establece que el reordenamiento del CAP Provisional puede ser aprobado mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al Titular de la entidad, previo informe de la O fi cina de Recursos Humanos, con el visto bueno de la O fi cina de Racionalización; Que, conforme a la propuesta de reordenamiento formulada por la Gerencia de Recursos Humanos, contenida en el Informe Nº 000016-2021-GRH/INDECOPI, de los seiscientos setenta y ocho (678) cargos existentes, ciento catorce (114) se encuentran “previstos” y, quinientos sesenta y cuatro (564) “ocupados”, dándose cambios en la situación de sesenta y uno (61), la rotación de nueve (9) y el cambio de denominación de uno (1), en diversas áreas del INDECOPI; Que, a través del Informe Nº 000004-2021-ARG/ INDECOPI, el Área de Racionalización y Gestión Institucional de la Gerencia de Planeamiento y Gestión Institucional, emite opinión técnica viable a la propuesta de reordenamiento de cargos del CAP Provisional; Que, el literal g) del numeral 4.3 de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, señala que el Titular de la entidad, a efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, es la máxima autoridad administrativa; Que, el artículo 49 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1033 y modi fi catorias, establece que la Gerencia General es el máximo órgano ejecutivo y administrativo de la institución; Con el visto bueno de la Gerencia de Recursos Humanos, la Gerencia de Planeamiento y Gestión Institucional y la Gerencia Legal; De conformidad con el numeral 5 del anexo 4 y el literal g del numeral 4.3 de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSEH, y el artículo 49 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del INDECOPI, de conformidad a los anexos que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia de Recursos Humanos, coordinar con las áreas pertinentes la difusión del documento de gestión institucional aprobado, así como su publicación en el Portal de Transparencia Estándar del Estado Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MILAGRITOS PASTOR PAREDES Gerenta General 1919505-1 Designan Asesora de la Gerencia de Promoción y Difusión del INDECOPI RESOLUCIÓN Nº 000006-2021-GEG/INDECOPI San Borja, 12 de enero del 2021VISTOS:El Memorándum Nº 000023-2021-GEG/INDECOPI, el Informe Nº 000022-2021-GRH/INDECOPI y el Informe Nº 000032-2021-GEL/INDECOPI; CONSIDERANDO: Que, el numeral 2 del artículo 4º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, establece que el personal de con fi anza se encuentra en el entorno de quien lo designa o remueve libremente; Que, el literal e) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de