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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (03/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 91

91 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de febrero de 2021 El Peruano / técnica del expediente administrativo de la propuesta de planeamiento integral solicitado por la Empresa Grama Verde Inversiones S.A.C. representado por el administrado de los predios inscritos en las partidas: P03137396, P17073347, P0307514, P03077507, P17068422, P17073467, P03077584, haciendo un área total de 126,383.234 m2 (12.6383 Has) ubicadas en el sector casa Blanca, distrito de Cerro Azul, Provincia de Cañete, de actual USO AGRÍCOLA a Residencial de Densidad Baja – RDB-R1; Que, mediante Informe Legal Nº 658-2020-GAJ- MPC, de fecha 20 de noviembre de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre la propuesta de planeamiento señala que, resultaría procedente y factible, elevar al Pleno del Concejo para deliberar y determinar la aprobación de la propuesta de Planeamiento Integral y Asignación de Zoni fi cación, para el predio de propiedad de Grama Verde Inversiones S.A.C., inscrito en las Partidas Nº P03137396, P17073347, P03077514, P03077507, P17068422, P17073467, P03077584, Escritura Pública – Kardex Nº26383 y Escritura Pública Kardex Nº 25860, haciendo un área total de 126,383.234m2 (12.6383Hás.), todos ubicados en el Sector Casa Blanca, distrito de Cerro Azul, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, de actual Uso Agrícola a Residencial de Densidad Baja – RDB-R1, tomando en consideración los detalles descritos en los Informes Nº 247-JVAH-SGOP-2020 e Informe Nº 1689-2020-FIAG-GODUR-MPC; así como se remita previamente, los actuados a la Comisión de Obras de esta Institución Municipal, para que emita el dictamen correspondiente, luego de ello se remita al Pleno del Concejo para su deliberación y determinación; y fi nalmente precisan que el Planeamiento Integral tiene un horizonte de largo plazo a diez (10) años; sin embargo, la vigencia del PI concluye cuando se aprueba el PI o el PDU o el EU que lo actualiza, de conformidad con lo previsto por el artículo 62 del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA; Que, mediante Informe Nº 134-2020-GM-MPC, de fecha 23 de noviembre de 2020, remitido por la Gerencia Municipal, dirigido al Despacho de Alcaldía, y en el cual señala que de acuerdo a los Informes emitidos por la Sub Gerencia de Obras Privadas y la Gerencia de Asesoría Jurídica en el cual opinan sobre la procedencia del planeamiento integral, señalando que previamente se hagan de conocimiento a la Comisión respectiva y se eleve al Pleno del Concejo Municipal;Que, mediante Dictamen Nº 09-2020-CODUR-MPC, de fecha 07 de diciembre de 2020, y con recepción el 10 diciembre de 2020, la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, sobre la aprobación de la propuesta de Planeamiento Integral y Asignación de Zoni fi cación, señala que de la evaluación y revisión del Expediente Nº 11832-2017, y habiéndose cumplido los requisitos y procedimientos señalados en el Artículo 61 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA, por UNANIMIDAD recomienda: “Que es PROCEDENTE que el Pleno de Concejo Provincial previo debate pueda y APROBAR LA PROPUESTA DE PLANEAMIENTO Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN DE DENSIDAD BAJA – RDB -R1, DE PROPIEDAD DE LA Empresa Grama Verde Inversiones S.A.C, inscrito en las partidas Nº P03137396, P17073347, P03077514, P03077507, P17068422, P17073467, P03077584, con Escritura Pública Kardex Nº26383 y Escritura Pública Kardex Nº 25860, haciendo un área total de 126,383.234m2 (12.6383Hás), las cuales son colindantes, con el Sector Casa Blanca, Distrito de Cerro Azul, Provincia de Cañete y Departamento de Lima”; Que, por tales consideraciones y al amparo de lo dispuesto en el numeral 8) y 9) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972, contando con el voto MAYORITARIO; del Pleno de Concejo; se aprobó la siguiente Ordenanza; ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE PLANEAMIENTO INTEGRAL CON FINES DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN Y VIAS PRIMARIAS Artículo 1º.- APROBAR la modi fi cación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Cerro Azul, a través del procedimiento de Planeamiento Integral con fi nes de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zoni fi cación solicitado de propiedad de GRAMA VERDE INVERSIONES S.A.C., inscrito en las partidas Nº P03137396, P17073347, P03077514, P03077507, P17068422, P17073467, P03077584, Escritura Pública – Kardex Nº26383 y Escritura Pública Kardex Nº 25860, haciendo un área total de 126,383.234m2 (12.6383Hás.), todos ubicados en el Sector Casa Blanca, distrito de Cerro Azul, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, de actual USO AGRICOLA a RESIDENCIAL DE DENSIDAD BAJA – RDB-R1, cuyos parámetros normativos son los que se indican a continuación: CUADRO DE PARÁMETROS URBANÍSTICOS - RESIDENCIAL DE DENSIDAD BAJA - RDB ZONIFICACIÓN RESIDENCIAL DE DENSIDAD BAJA RDB R1USO PERMITIDODENSIDAD NETALOTE MÍNIMO EN (M) FRENTE MÍNIMO EN (M)ALTURA DE EDIFICACIÓNÁREA LIBRERETIRO FRONTALESTACIONAMIENTO UNIFAMILIAR 1 VIV 450.00 m2 15.00 3 PISOS 30% 3.00 ml1 CADA 100 M2/ÁREA CONSTRUIDA MULTIFAMILIAR 500 HAB/HA 450.00 m2 15.00 3 PISOS 30% 3.00 ml. 2 CADA 3 VIVIENDAS Artículo 2º.- PRECISAR que los Planos de Propuesta del Planeamiento Integral y Asignación de Zoni fi cación son los siguientes: Plano de Propuesta Vial (Lámina PV-01), Plano de Secciones Viales Existentes (Lámina SV-01), Plano de Secciones Viales Propuestas (Lámina SV-02) y Plano de Propuesta de Zoni fi cación ( Lámina PZ-01) y la Memoria Descriptiva Justi fi cativa del Proyecto de Planeamiento Integral, debidamente fi rmado por el Ing. Hugo Heinrich Ortiz Ríos, con Reg. CIP Nº 98608, forman parte de la zoni fi cación aprobada en el artículo 1 de la presente ordenanza. Artículo 3º.- DISPONER que la Municipalidad Provincial de Cañete, incorpore el Plano de Propuesta de Planeamiento Integral y Asignación de Zoni fi cación los planos mencionados al Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Cerro Azul, aprobada en el Artículo 1º, a partir de la entrada en vigor de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- PRECISAR que el Planeamiento Integral (PI) tiene un horizonte de largo plazo a diez (10) años; sin embargo, la vigencia del PI concluye cuando se aprueba el PI o el PDU o el EU que lo actualiza, de conformidad con lo previsto por el Artículo 62º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, así como, notifi car al administrado y a las áreas correspondientes, para su conocimiento y fi nes pertinentes; además, a la Sub Gerencia de Racionalización, Estadística e Informática de esta Corporación Municipal la publicación de la misma en el portal de la entidad: www.municanete.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SEGUNDO CONSTANTINO DIAZ DE LA CRUZ Alcalde Provincial 1924443-1